Servir actualiza lineamientos para excepciones al tope de servidores de confianza [Resolución 000018-2025-Servir-PE]

Publicado en el diario oficial El Peruano el 23 de enero de 2025

Mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva 000018-2025-Servir-PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) formalizó la aprobación de una versión actualizada de los Lineamientos 001-2023-Servir-GDSRH.

Esta actualización introduce modificaciones clave en los criterios y procedimientos para evaluar excepciones al límite de servidores de confianza en las entidades públicas, permitiendo una mayor precisión en su implementación. Según Servir, los cambios no afectan evaluaciones previas y buscan mejorar la aplicación de las normas establecidas por la Ley 31419 y su reglamento.

El acuerdo fue adoptado por el Consejo Directivo de Servir tras un proceso técnico y legal que incluyó informes de diversas gerencias y asesorías jurídicas. La normativa actualizada establece límites y excepciones al porcentaje máximo de cargos de confianza, con el objetivo de garantizar una gestión pública idónea y enmarcada en los principios del servicio civil. La resolución y los nuevos lineamientos han sido publicados en la sede digital de Servir y en la Plataforma Digital Única del Estado.

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Formalizan acuerdo mediante el cual se aprueba la modificación y la versión actualizada de los Lineamientos N° 001-2023-SERVIR-GDSRH “Lineamientos que desarrollan los criterios y el procedimiento aplicable para la evaluación de excepciones al tope de servidores de confianza”

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000018-2025-SERVIR-PE

Lima, 20 de enero de 2025

VISTOS: Los Informes Técnicos Nos. 000313-2024-SERVIR-GDSRH y 000315-2024-SERVIR-GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; el Memorando N° 000636-2024-SERVIR-GDGP y el Informe Técnico N° 0114-2024-SERVIR-GDGP-SD de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública; el Informe Técnico N° 001558-2024-SERVIR-GPGSC de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil; el Memorando N° 000366-2024-SERVIR-GG de la Gerencia General; el Informe Legal N° 000507-2024-SERVIR-GG-OAJ y Hojas Informativas Nos. 000166-2024-SERVIR-GG-OAJ y 000169-2024-SERVIR-GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023 se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH), como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno, con competencia a nivel nacional y sobre todas las entidades de la administración pública;

Que, conforme al artículo 2 de la acotada norma legal, el SAGRH establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del servicio civil; y, comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos;

Que, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, establece los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción;

Que, el artículo 6 de la Ley N° 31419, dispone que el número de servidores de confianza en ningún caso es mayor al cinco por ciento (5%) del total de cargos o puestos previstos por la entidad pública en su cuadro para asignación de personal o cuadro de puestos de la entidad, según corresponda; con un mínimo de dos (2) y un máximo de cincuenta (50) servidores de confianza, correspondiendo al titular de la entidad pública la determinación de la ubicación de los servidores de confianza;

Que, el numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de la Ley N° 31419, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, establece que la entidad pública puede solicitar excepción únicamente al tope de cincuenta (50) servidores/as de confianza, siempre que no exceda el tope máximo del cinco por ciento (5%) de cargos o puestos de la entidad, precisando que corresponde a SERVIR evaluar las solicitudes de excepción respecto a la cantidad de cargos o puestos de la entidad y, en base a ello, determina los puestos a ser exceptuados; asimismo, el artículo 32 de la citada norma reglamentaria dispone que SERVIR aprueba las referidas solicitudes de excepción, a través de una Resolución de Presidencia Ejecutiva;

Que, en el marco de las normas referidas, mediante en artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000214-2023-SERVIR-PE, se formalizó el acuerdo del Consejo Directivo de SERVIR, por medio del cual se aprueban los Lineamientos N° 001-2023-SERVIR-GDSRH “Lineamientos que desarrollan los criterios y el procedimiento aplicable para la evaluación de excepciones al tope de servidores de confianza”, en adelante los Lineamientos;

Que, a través de los Informes Técnicos Nos. 000313-2024-SERVIR-GDSRH y 000315-2024-SERVIR-GDSRH, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos informa que, en el marco de la aplicación de los Lineamientos, se ha identificado la necesidad de efectuar ajustes a dicho documento normativo, a fin de mejorar la implementación de las evaluaciones de excepciones que realiza SERVIR; en esa línea sustenta y propone la modificación de algunos numerales de los Lineamientos, precisando a su vez, haber verificado que los cambios propuestos no inciden en las evaluaciones previamente realizadas por SERVIR; en ese sentido, adjunta a su propuesta un proyecto de versión actualizada de los citados Lineamientos, que incluye el texto integrado de las modificaciones propuestas;

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Que, mediante Memorando N° 000636-2024-SERVIR-GDGP, que adjunta el Informe Técnico N° 000114-2024-SERVIR-GDGP-SD, la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública brinda conformidad a la propuesta referida; asimismo, mediante Informe Técnico N° 001558-2024-SERVIR-GPGSC, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil recomienda continuar con el trámite correspondiente de aprobación de la misma;

Que, a través del Informe Legal N° 000507-2024-SERVIR-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que el proyecto de modificación de los Lineamientos N° 001-2023-SERVIR-GDSRH “Lineamientos que desarrolla los criterios y el procedimiento aplicable para la evaluación de excepciones al tope de servidores de confianza” propuesto por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos presenta consistencia legal con la Ley N° 31419 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, indicando que corresponde al Consejo Directivo de SERVIR su evaluación y aprobación;

Que, con Memorando N° 000366-2024-SERVIR-GG, el Gerente General, en calidad de Secretario del Consejo Directivo de SERVIR, comunica que en la Sesión N° 016-2024-CD dicho Consejo aprobó la modificación de los Lineamientos N° 001-2023-SERVIR-GDSRH “Lineamientos que desarrollan los criterios y el procedimiento aplicable para la evaluación de excepciones al tope de servidores de confianza”, en los términos propuestos por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos de SERVIR;

Que, mediante Hoja Informativa N° 000166-2024-SERVIR-GG-OAJ, complementada con la Hoja Informativa N° 000169-2024-SERVIR-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que es legalmente viable emitir el acto resolutivo que formaliza el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo y aprueba la versión actualizada de los Lineamientos N° 001-2023-SERVIR-GDSRH “Lineamientos que desarrollan los criterios y el procedimiento aplicable para la evaluación de excepciones al tope de servidores de confianza”;

Con el visado de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, y modificatorias; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, y, el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2008-PCM, y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, adoptado en Sesión N° 016-2024-CD, mediante el cual se aprueba la modificación del inciso ii. del literal b) del numeral 7.1; el literal a. del subnumeral 7.2.2 del numeral 7.2; y el subnumeral 7.3.10 del numeral 7.3 de los Lineamientos N° 001-2023-SERVIR-GDSRH “Lineamientos que desarrollan los criterios y el procedimiento aplicable para la evaluación de excepciones al tope de servidores de confianza”, cuya aprobación se formalizó mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000214-2023-SERVIR-PE que, como “Anexo 1” forma parte integrante de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva.

Artículo 2.- Formalizar el Acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, adoptado en la sesión N° 016-2024-CD, mediante el cual se aprueba la versión actualizada de los Lineamientos N° 001-2023-SERVIR-GDSRH “Lineamientos que desarrollan los criterios y el procedimiento aplicable para la evaluación de excepciones al tope de servidores de confianza”, que incluye las modificaciones aprobadas en el artículo 1 de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva que, como “Anexo 2” forma parte integrante de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva y Anexos en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR (www.gob.pe/servir), así como en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GUILLERMO STEVE VALDIVIESO PAYVA
Presidente Ejecutivo
Consejo Directivo

Descargue la resolución aquí

Descargue anexo 1 aquí

Descargue el anexo 2 aquí

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