El Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Lima, el 3 de marzo de 2017, dictó una interesante sentencia en el marco del proceso inmediato seguido contra Glenn Israel Gómez Pérez, por el delito de robo agravado en grado de tentativa, cometido en agravio del menor Marco Arturo Cutimbo Samaniego. Así, en la sentencia se discute asuntos relativos a las circunstancias agravantes del delito de robo «en agravio de menor de edad» y «a mano armada».
Los hechos: la sustracción de un celular con uso de violencia a un menor de edad
El 27 de enero de 2017, a las tres de la tarde aproximadamente, Glenn Israel Gómez Pérez, provisto de una llave multiusos, abordó a Marco Arturo Cutimbo Samaniego, mientras este transitaba por el cruce de la calle Cauricachi con Precursores (San Miguel), le cogió por la espalda y lo amenazó con la expresión «pásame tu celular o te meto esto»; situación en la que el interceptado le entregó su celular de marca LG, luego de lo cual Gómez Pérez se echó a la fuga. Acto seguido la víctima solicitó apoyo al personal policial de la Comisaría de Maranga, institución que envió al SO3 PNP Hernán Raymundo Toro Tafur, a investigar el hecho, quien a bordo de un vehículo policial procedió con la búsqueda del procesado. Finalmente Gómez Pérez fue intervenido en la calle Cauricachi, mientras se desplazaba a bordo de un skate, y, entre sus pertenencias, se encontró el celular sustraído. El agraviado reconoció al intervenido como el autor de la sustracción.
Temas de debate
No obstante el reconocimiento del apoderamiento ilegitimo por parte del acusado mediante amenaza, la defensa cuestionó las agravantes invocadas por la representante del Ministerio Público (robo a mano armada y en agravio de menor de edad), aduciendo que se trataría de un robo simple y no agravado. En ese sentido los interesantes puntos de discusión que se plantearon en el caso son los siguientes:
- Determinar si la llave multiusos utilizada en el hecho, tiene entidad suficiente para ser considerada como la agravante «a mano armada», prevista en el inciso 3 del primer párrafo del artículo 189 del Código Penal.
- Determinar si el acusado incurrió en «error de tipo», de manera que no pudo prever la edad del menor agraviado y por lo tanto no concurriría la circunstancia agravante específica en agravio de menor de edad previsto en el inciso 7 del primer párrafo del artículo 189 del Código Penal?
Datos de la sentencia
Juzgado Colegiado de Flagrancia-NCPP
EXPEDIENTE: 246-2016-1-1826-JR-PE-04
JUEZAS: DOLY ROXANA HERRERA LÓPEZ, FLORES GALLEGOS, DELIA GRACIELA BUENO, FLORES LISDEY MAGALY
ESPECIALISTA: DIONICIO RUIZ KINKELY ROCIO
MINIST. PUBLICO: OCTAVA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL DE LIMA
IMPUTADO: GLENN ISRAEL GOMEZ PÉREZ
DELITO: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA
AGRAVIADO: MARCO ARTURO CUTIMBO SAMANIEGO
Bonus: características de la llave multiusos
Se trata de una llave multiusos de metal color azul de seis centímetros y medio de largo y de un centímetro y medio de ancho aproximadamente. Tiene cinco compartimentos, entre ellos se encuentran un desarmador pequeño con punta en forma de estrella, cuatro cuchillas pequeñas de tres centímetros de largo aproximadamente; y del otro extremo tiene cinco cuchillas de cinco centímetros aproximadamente. Una de estas es recta y tiene forma de cuchillo pequeño. Las demás tienen las características de una sierra y una tijera pequeña, todas las cuchillas tienen punta.
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