Estimados colegas, compartimos el link de descarga en PDF del trabajo académico para optar el título de segunda especialidad en Derecho Procesal, de Carmen Rosa Sudario Justiniano, publicado en el 2023 en el Repositorio de Tesis de la PUCP.
Ahora bien, para que se hagan una idea de lo que va, compartimos el resumen. Al final del post podrán descargarla completa.
RESUMEN
En el año 2019 me incorporé al Ministerio Público como Asistente del Sistema Fiscal, específicamente en la sede de la provincia de Huamalíes-Huánuco a cargo de delitos comunes. Dos años más tarde, es decir en el año 2021, fui rotada a la Fiscalía Provincial Penal de Amarilis-Huánuco, con competencia en delitos que comprende el artículo 122-B. Durante mi estancia allí, fui testigo de la frecuencia con la que se recibían denuncias de personas que, pese a contar a estar protegidas, pues contando con medidas de protección a su favor por haber sido víctimas de agresión antes, fueron agredidas nuevamente por la persona denunciada. En la mayoría de casos se trató de actos cometidos en contra de mujeres por su condición de tal o contra un integrante del grupo familiar. Cuando estos hechos eran evaluados por el Ministerio Público, percibí que no se tenía claro sobre cual tipo penal debía aplicarse, pues en principio la conducta denunciada aparentemente, calzaba dentro de dos delitos: el artículo 122°-B, numeral 6 que sanciona los actos de violencia contra la mujer con infracción de órdenes dictadas por un juez a favor de una agraviada y el artículo 368° del Código Penal, tercer párrafo que regula la desobediencia de las medidas de protección derivadas de un hechos que configuran violencia familiar.
En ese sentido, el fiscal a cargo del caso debía decidir qué tipo correspondía aplicar, pues, se encontraba frente a una sola conducta que causaba una agresión e infracción de orden de protección dispuestas previamente a favor de la agraviada.
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