Fundamento destacado: 11. Conforme a lo expuesto, este colegiado considera que, para efectos de inscribir la renuncia de un poder otorgado por una persona natural en el Registro de Mandatos y Poderes, deberá presentarse al registro la escritura pública otorgada por el renunciante. Asimismo, debe acreditarse ante el Registro el cumplimiento de lo normado en el artículo 154 del Código Civil; esto es, adicionalmente que en la escritura pública de renuncia de poder conste la voluntad de la renuncia, deberá adjuntarse la carta notarial emitida por el representante u otra comunicación indubitable cursada al representado formulando la renuncia respectiva, de la que se evidencie el transcurso del plazo de 30 días más el término de la distancia, sin haber sido reemplazado, salvo que esta comunicación se encuentre inserta en la escritura pública correspondiente.
SUMILLA : RENUNCIA DE PODER OTORGADO POR PERSONA NATURAL
Para efectos de inscribir la renuncia de poder otorgado por una persona natural en el Registro de Mandatos y Poderes, deberá presentarse ante el registro escritura pública y acreditarse el cumplimiento de lo normado en el artículo 154 del Código Civil; esto es, adicionalmente al parte notarial de la escritura pública de renuncia de poder, deberá adjuntarse la carta notarial emitida por el representante u otra comunicación indubitable cursada al representado formulando la renuncia respectiva, de la que se evidencie el transcurso del plazo de 30 días más el término de la distancia, sin haber sido reemplazado, salvo que esta comunicación se encuentre inserta en la escritura pública correspondiente.
TRIBUNAL REGISTRAL
RESOLUCIÓN N°.2064 -2019-SUNARP-TR-L
Lima, 14 de Agosto del 2019
APELANTE : CARLA ALESANDRA PÉREZ MATUTE
TÍTULO : N°816436 del 5/4/2019.
RECURSO : H.T.D. MIRAF. N° 443 del 21/5/2019.
REGISTRO : Registro de Mandatos y Poderes de Lima.
ACTO (s) : Renuncia de poder.
I. ACTO CUYA INSCRIPCIÓN SE SOLICITA Y DOCUMENTACIÓN PRESENTADA
Mediante el presente título se solicita la inscripción de la renuncia de poder formulada por José Valiente Guerrero, en su calidad de apoderado de Armandina Castillo Añorga, Héctor Elías Egúsquiza Rocha y Pedro Egúsquiza Castillo, según el poder inscrito en la partida electrónica N° 12789892 del Registro de Mandatos y Poderes de Lima.
A tal efecto se presenta la siguiente documentación:
-Solicitud de José Valiente Guerrero con firma certificada notarial del 4/4/2019, notario Fermín Antonio Rosales Sepúlveda.
-Tres Cartas notariales del 12/11/2018 diligenciadas el 13/11/2019 por el mismo notario a cada uno de los tres poderdantes.

II. DECISIÓN IMPUGNADA
El Registrador Público del Registro de Mandatos y Poderes de Lima Liliana Bernuy Guerrero denegó la inscripción formulando la siguiente tacha sustantiva:
De conformidad con el principio de titulación auténtica contenido en el artículo 2010 del Código Civil y desarrollado en el Artículo III del Título Preliminar del Reglamento General de los Registros Públicos, la inscripción se hace en virtud de título que conste en instrumento público, salvo disposición contraria.
Mediante el presente título se solicita la inscripción de la renuncia del apoderado José Valiente Guerrero, para lo cual se adjunta comunicación dirigida a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y las cartas notariales debidamente diligenciadas a los respectivos poderdantes, los cuales no constituyen documentos suficientes para dar mérito a la extensión del asiento registra! de renuncia, ya que este deberá constar en escritura pública, donde además deberá acreditarse el cumplimiento de lo normado en el artículo 154 del Código Civil.
Asimismo, la inscripción de la renuncia en el registro de Mandatos y Poderes es un acto que requiere la presentación de parte electrónico con firma digital, SID conforme a lo dispuesto por la Resolución N°179-2015- SUNARP-SN y Décimo Tercera Disposición Transitoria y Final del Decreto Legislativo N° 1049.
[Continúa…]


![Peculado por apropiación: Cárcel para policías que simulaban abastecer sus vehículos con ocho galones diarios cuando, en realidad, desviaban el uso del combustible para fines particulares [Casacion 2766-2024, Arequipa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-GENERICO-AUTOS-POLICIA_2-218x150.jpg)
![Acusado fue detenido por la fuerza en Perú y embarcado en un buque para sacarlo del país: Las irregularidades en que una persona es puesta bajo custodia (secuestro forzoso) no impiden que sea juzgada una vez que está dentro de la jurisdicción del tribunal competente, porque el debido proceso se satisface con una acusación regular y un juicio conforme a ley (Estados Unidos) [Ker vs. Illinois, pp. 5, 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La libertad contractual se limita excesivamente al prohibirse de manera desproporcionada que los hermanos de un congresista contraten con el Estado, sin que se acredite que este ejerza influencia alguna en los procesos de contratación [Exp. 02545-2023-PA/TC, ff. jj. 57-61]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-5-218x150.jpg)
![Vía control de convencionalidad extinguen dominio de cuatro inmuebles que estaban a nombre de personas vinculadas al caso Artemio [Exp. 00018-2023-0-5401-JR-ED-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-justicia-juez-jueza-defensa-civil-penal-juicio-LPDerecho-218x150.jpg)
![El delito de prevaricato se comete sea que se vulnere una norma sustantiva o se quebrante una norma procesal, siempre que el enunciado normativo sea expreso y claro [Apelación 264-2024, Selva central, f. j. 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)













![Suplencia: ¿es posible terminar el vínculo laboral de una trabajadora embarazada porque titular de la plaza retornó a su puesto? [Exp.-03837-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/embarazo-embarazada-gestante-gestacion-LPDerecho-218x150.png)

![Tercerización laboral: TC ratifica constitucionalidad [Exp. 01902-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)
![[Corte IDH] Tres exigencias que los Estados deben cumplir en las investigaciones con perspectiva de género en casos de violencia contra la mujer: (i) identificar conductas que causaron la muerte, (ii) investigar posibles connotaciones discriminatorias (contexto de muerte, antecedentes de violencia, modus operandi, etc) e (iii) hipótesis que contemplen el género como posibles móviles [García Andrade y otros vs. México, ff. jj. 143-147]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)
![Aunque no se hayan alcanzado los votos requeridos para declarar la inconstitucionalidad de una norma, los jueces del PJ pueden aplicar el control judicial constitucional, si se evidencia -para el caso específico- que dicha norma resulta arbitraria o desproporcionada [Exp. 03478-2023-PA/TC, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-3-218x150.jpg)
![Curso gratuito «Control constitucional y derechos fundamentales» [Inicio: 10 ENE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/BANNER-DE-CONTROL-CONSTITUCIONAL-218x150.jpg)
![Indecopi: Elaborar tesis para un tercero implica fin ilícito del acto jurídico [Res. Final 2121-2025/PS3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Modifican el cronograma de las elecciones de autoridades de municipalidades de centros poblados 2026 [Res. 000001-2026-GG/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/oficina-nacional-procesos-electorales-onpe-LPDerecho-218x150.jpg)
![Gobierno modifica reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas [DS 001-2026-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-218x150.jpg)


![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)







![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Indecopi: Elaborar tesis para un tercero implica fin ilícito del acto jurídico [Res. Final 2121-2025/PS3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-324x160.jpg)

![La libertad contractual se limita excesivamente al prohibirse de manera desproporcionada que los hermanos de un congresista contraten con el Estado, sin que se acredite que este ejerza influencia alguna en los procesos de contratación [Exp. 02545-2023-PA/TC, ff. jj. 57-61]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-5-100x70.jpg)



![Indecopi: Elaborar tesis para un tercero implica fin ilícito del acto jurídico [Res. Final 2121-2025/PS3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-100x70.jpg)