La bancada de Renovación Popular presentó, este 18 de junio, una moción mediante la cual solicita que el Congreso exhorte a la Junta Nacional de Justicia (JNJ) a destituir a los magistrados integrantes de la Junta de Fiscales Supremos por presunta infracción a la Constitución y desacato funcional.
La moción, sustentada en el artículo 68 del Reglamento del Congreso, señala que los fiscales supremos Delia Espinoza, Pablo Sánchez, Zoraida Ávalos y Juan Carlos Villena habrían desconocido una resolución firme de la JNJ que restituyó en el cargo a la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides.
En documento se sostiene que los fiscales supremos, al desconocer una resolución firme dictada por la JNJ dentro de su competencia disciplinaria, incurrieron en actos que configuran desacato funcional. No obstante, en el caso de la fiscal Espinoza, se señala también una presunta usurpación de funciones:
La señora Delia Espinoza ha incurrido además en presunta usurpación de funciones, al negarse a entregar el cargo de fiscal de la Nación a la Dra. Liz Patricia Benavides Vargas, y asumir atribuciones reservadas a dicho cargo sin mandato legítimo.
Asimismo, se argumenta que los demás fiscales supremos han convalidado estos actos al no ejecutar la orden de reposición dictada por la JNJ, lo que constituye una interferencia en el ejercicio de competencias de otro órgano constitucional autónomo.
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La moción señala que la facultad de aplicar sanciones disciplinarias y disponer la reposición de fiscales supremos corresponde únicamente a la JNJ. En esa línea, advierten que los miembros de la Junta de Fiscales Supremos carecen de competencia para revisar o desconocer resoluciones firmes emitidas por dicho órgano. «Esta potestad no es compartida ni puede ser revisada o suspendida por los miembros de la Junta de Fiscales Supremos», menciona el documento.
En ese contexto, sostienen que, al desconocer la Resolución 231-2025-JNJ, que «declara la nulidad de oficio de la destitución de la exfiscal de la Nación Patricia Benavides ordenando su reposición inmediata», los fiscales supremos habrían actuado «como si tuvieran la facultad de revocar o dejar sin efecto la decisión de la JNJ».
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En consecuencia, se propone que el Congreso exhorte al Pleno de la JNJ a evaluar y disponer la destitución inmediata de los fiscales supremos mencionados. En el caso de la fiscal Delia Espinoza, se plantea además que se considere su eventual responsabilidad penal por usurpación de funciones y desobediencia a la autoridad:
La moción fue suscrita por los congresistas Alejandro Muñante, Jorge Zeballos, Miguel Ciccia, Norma Yarrow, María Córdova, Diego Bazán, Ricardo Medina, Noelia Herrera, Patricia Chirinos y Jackeline Jáuregui, todos integrantes de la bancada de Renovación Popular. De ser admitida a debate, corresponderá al Pleno del Congreso pronunciarse sobre su aprobación.
Moción de Orden del Día N 17783
MOCION DE ORDEN DEL DIA
La Bancada del Grupo Parlamentario Renovación Popular de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento del Congreso, presentan la siguiente Moción de Orden del Día:
CONSIDERANDO:
1. Que el Ministerio Publico, como órgano autónomo del Estado, esta regulado por los artículos 158 y siguientes de la Constitución, los cuales establecen que los fiscales ejercen función constitucional con arreglo a los principios de legalidad, autonomía e independencia.
2. No obstante, esta autonomía, los fiscales supremos que integran la Junta de Fiscales Supremos (Delia Espinoza, Pablo Sánchez, Zoraida Avalos y Juan Carlos Villena) han incurrido en actos que constituyen infracción a la Constitución, desobedeciendo abiertamente una resolución firme de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), emitida dentro del marco de sus competencias disciplinarias, lo cual configura un desacato funcional e institucional.
3. La señora Delia Espinoza ha incurrido además en presunta usurpación de funciones, al negarse a entregar el cargo de Fiscal de la Nación a la Dra. Liz Patricia Benavides Vargas, pretender asumir y ejercer atribuciones reservadas al Fiscal de la Nación, como convocar y presidir la Junta de Fiscales Supremos sin mandate legitimo, contraviniendo flagrantemente lo dispuesto por la Junta Nacional de Justicia.
[Continua…]
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