Congresista propone reducir plazos para que policías presenten sus descargos en procedimientos disciplinarios
FÓRMULA LEGAL
LEY QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 63, 65 Y 66 DE LA LEY N° 30714, LEY QUE REGULA EL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ PARA OPTIMIZAR LA CELERIDAD DE LA SEPARACIÓN DEFINITIVA DE EFECTIVOS POLICIALES QUE COMETAN INFRACCIONES MUY GRAVES
Artículo 1.- Objeto de la Ley
La presente Ley tiene por objeto modificar los artículos 63, 65 y 66 de la Ley N° 30714, Ley que regula el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú para optimizar la celeridad de la separación definitiva de efectivos policiales que cometan infracciones muy graves.
Artículo 2.- Modificación del artículo 63 de la Ley N° 30714 Modifíquese el artículo 63 de la Ley N° 30714, Ley que regula el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú, en los siguientes términos:
“Artículo 63.- Inicio del procedimiento para infracciones graves y muy graves
(….)
1) La Con la notificación de la resolución de inicio del procedimiento administrativo-disciplinario por infracciones graves o muy graves, emitida por el órgano de investigación correspondiente para que el investigado tome conocimiento y ejerza su derecho a la defensa formulando sus descargos en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles de recibida válidamente la notificación.
(….)
Artículo 3.- Modificación del artículo 65 de la Ley N° 30714
Modifíquese el artículo 65 de la Ley N° 30714, Ley que regula el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú, en los siguientes términos:
“Artículo 65.- Etapas del procedimiento para infracciones graves
(….)
1) Etapa de investigación Para las infracciones graves el plazo será de diez (10) días hábiles. Al término de la fase de investigación se emitirá el informe administrativo disciplinario, debiendo contener lo siguiente:
(….)
Artículo 4.- Modificación del artículo 66 de la Ley N° 30714 Modifíquese el artículo 66 de la Ley N° 30714, Ley que regula el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú, en los siguientes términos:
“Artículo 66.- Procedimiento para infracciones muy graves
(….)
1) Etapa de investigación Para las infracciones muy graves el plazo ordinario será de veinte (20) días hábiles. En casos complejos de infracciones muy graves, el plazo de investigación será de treinta (30) días hábiles.
(….)
[Continúa …]




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