¿Rafael López Aliaga puede responder penalmente si trenes provocan accidente?

El tren de Lima–Chosica que Rafael López Aliaga adquirió en calidad de alcalde iniciaría operaciones con vagones en aparente mal estado, según lo reportado por diferentes medios de comunicación. Algunos tienen más de 40 años y presentan óxido, tornillos sueltos, cadenas corroídas y hasta telarañas. Así son descritos por la prensa. Hoy permanecen en un almacén del Callao.

La adquisición ha sido cuestionada por el mal estado visible de los vagones. Pero el problema podría ir más allá de lo superficial. Si ocurriera un accidente debido a la antigüedad o mal funcionamiento de los trenes al transportar personas, ¿Rafael López Aliaga podría afrontar responsabilidad penal?

LP consultó con dos abogados las eventuales responsabilidades de Rafael López Aliaga y la Municipalidad de Lima.


Felipe Salas Zegarra, abogado penalista

Sí cabría responsabilidad penal. Para el abogado penalista Felipe Salas Zegarra, si el alcalde conocía de forma previa las fallas mecánicas de los trenes y, aun así, procedió con su adquisición y puesta en marcha, podría enfrentar cargos penales.

Si el tren entra en funciones sin el mantenimiento debido, siendo el principal gestor de la adquisición de estos trenes, el alcalde Rafael López Aliaga, podría ser responsable penalmente por una conducta de dolo eventual, opinó para LP

Es importante recordar que el dolo eventual se configura cuando el autor de un delito prevé la posibilidad de que su acción cause un resultado lesivo (como un accidente), pero en lugar de evitarlo, acepta esa posibilidad de ese riesgo.

Según la Contraloría, el último mantenimiento de los trenes habría sido realizado en 2002. Sin embargo, el alcalde Rafael López Aliaga sostiene que ocurrió en 2020.

Si no logra acreditar dicha versión (o pretende hacerlo a través de un documento falso), podría configurarse el delito de falsedad ideológica, por insertar información falsa en un instrumento público como si fueran verdaderas.

Felipe Salas Zegarra también indicó que frente a un accidente provocado por los trenes se podrían iniciar acciones civiles para exigir el pago de una reparación por los daños ocasionados.

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Ivan Palacios Zorrilla, abogado civilista 

Sí cabría responsabilidad civil. Así lo sostuvo el abogado civilista Ivan Palacios Zorrilla, quien explicó que la Municipalidad de Lima podría ser demandada si ocurriera un accidente vinculado al funcionamiento de los trenes.

En este caso, se aplicaría la figura de la responsabilidad civil objetiva, contemplada en el artículo 1970 del Código Civil, que se activa cuando el daño proviene del uso de bienes considerados de naturaleza riesgosa, como un tren.

A diferencia de la responsabilidad subjetiva, la objetiva no requiere acreditar dolo, culpa leve ni inexcusable. Lo relevante es la peligrosidad inherente al bien que causa el daño: trenes en mal estado.  En ese sentido, el riesgo permanente del tren bastarían para exigir la reparación del daño.

El abogado Ivan Palacios Zorrilla agregó que los responsables serían, en primer término, la empresa concesionaria a cargo del funcionamiento del tren (responsabilidad directa) y, de forma indirecta, la Municipalidad de Lima

También advirtió que los vagones están siendo instalados sobre una vía ferroviaria que no fue diseñada para el transporte de pasajeros. Debido a su configuración original, esta vía no contaría con señalización adecuada ni con los estándares de seguridad requeridos, lo que incrementa notablemente los riesgos de operación.

Por esta razón, la Municipalidad de Lima no podría eximirse de una eventual responsabilidad civil si llegara a ocurrir un accidente.

En esa misma línea, el abogado civilista Iván Palacios Zorrilla alertó que si se produjera un siniestro y se activa la vía civil, Rafael López Aliaga podría trasladarle a la nueva administración municipal la carga económica por las indemnizaciones.

En este caso corresponde aplicar la responsabilidad civil objetiva, conforme al artículo 1970 del Código Civil. Esta modalidad de responsabilidad no requiere acreditar dolo, culpa leve ni inexcusable, ya que estos elementos quedan al margen. Lo determinante es el grado de lesividad del daño causado por el uso de un bien de naturaleza riesgosa y de riesgo permanente, como lo es un tren. La responsabilidad directa recaería sobre la empresa concesionaria encargada del funcionamiento del servicio, mientras que la Municipalidad de Lima asumiría una responsabilidad indirecta. La Municipalidad no podría eximirse de su responsabilidad civil en caso de un accidente. Además, si se activa la vía civil, Rafael López Aliaga podría dejarle a la nueva administración municipal la carga económica por concepto de indemnizaciones, opinó durante entrevista para LP.

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