[Posición adoptada: POR UNANIMIDAD. Sustituir la pena de cadena perpetua por privativa de libertad de 25, 30 ó 35 años si se tiene la presencia de circunstancias atenuantes privilegiadas y/o bonificación procesal.]
ACTA DE SESIÓN DEL PLENO JURISDICCIONAL DISTRITAL PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL SANTA
[…]
SUBTEMA 2
Constitucionalidad de la cadena perpetua, principio de proporcionalidad, circunstancias atenuantes privilegiadas y/o bonificaciones procesales y determinación de la pena concreta en 35 años o por debajo de ese quantum inclusive.
Primera Posición: Aplicar la pena de cadena perpetua a secas aun cuando se tenga la presencia de circunstancias atenuantes privilegiadas y/o bonificación procesal.
Segunda Posición: Sustituir la pena de cadena perpetua por privativa de libertad de 25, 30 ó 35 años si se tiene la presencia de circunstancias atenuantes privilegiadas y/o bonificación procesal.
[Continúa…]
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