Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación 4933-2014-MP-FN, de fecha 21 de noviembre de 2014, se aprobó cuatro “Protocolos de Actuación Conjunta” de las medidas limitativas de derechos, de allanamiento, impedimento de salida, intervención de las comunicaciones telefónicas y levantamiento del secreto bancario, reserva tributaria y bursátil.
La elaboración de tales protocolos estuvo a cargo de los equipos técnicos institucionales del Ministerio Público, Ministerio del Interior, Poder Judicial y Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que forman parte integrante de la presente resolución.
Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 4933 -2014-MP-FN
Lima, 21 NOV 2014
VISTO:
El Oficio N° 836-2014-JUS/DM de fecha 20 de octubre de 2014, cursado por el doctor Daniel Figallo Rivadeneyra, Ministro de Justicia y Derechos Humanos, mediante el cual hace de conocimiento de la Fiscalía de la Nación la culminación de la revisión de los cuatro “Protocolos de Actuación Conjunta” referidos a las medidas limitativas de derechos, de allanamiento, impedimento de salida, intervención de las comunicaciones telefónicas y levantamiento del secreto bancario, reserva tributaria y bursátil, cuya revisión estuvo a cargo de los equipos técnicos institucionales del Ministerio Público, Ministerio del Interior, Poder Judicial y Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
CONSIDERANDO:
Mediante Resolución de Fiscalía de la Nación N° 1501-2014-MP- FN de fecha 25 de abril de 2014, se aprobó los “Protocolos de Actuación Conjunta” de las medidas limitativas de derechos de allanamiento, impedimento de salida, intervención de las comunicaciones telefónicas y levantamiento del secreto bancario, reserva tributaria y bursátil, así como la “Guía de Actuación Conjunta contra la Delincuencia y el Crimen Organizado”, que contemplan las pautas específicas a seguir por los operadores de justicia (policías, fiscales y jueces), en el desarrollo de las diversas formas de investigación criminal, entendidos como herramientas eficaces en la lucha contra la delincuencia y criminalidad organizada;
Mediante Oficio N° 633-2014-JUS/DM de fecha 21 de julio de 2014, el Ministerio de Justicia solicitó la designación de representantes del Ministerio Público para formar parte de un equipo de trabajo institucional a fin de efectuar la revisión de la problemática referida a la aplicación práctica y operativa de los “Protocolos de Actuación Conjunta contra la Delincuencia y el Crimen Organizado”, en el marco de la Resolución Administrativa N° 134-2014-CE-PJ de fecha 23 de abril de 2014.
Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3263-MP-FN de fecha 14 de agosto de 2014, se aprobó la conformación de la Comisión Técnica de Trabajo encargada de la revisión de los “Protocolos de Actuación Conjunta contra la Delincuencia y el Crimen Organizado”, la misma que estuvo conformada por Fiscales Especializados tomando en cuenta que las materias objeto del Crimen Organizado se encuentran vinculadas con otras especialidades como Lavado de Activos, Corrupción de Funcionarios, Medio Ambiente y Tráfico Ilícito de Drogas.
Teniendo en cuenta el resultado del trabajo efectuado por dicha Comisión Técnica de Trabajo, resulta de vital importancia para la mejor aplicación de las pautas específicas contempladas en los “Protocolos de Actuación Conjunta contra la Delincuencia y el Crimen Organizado”, dictar una nueva resolución institucional que apruebe y difunda a nivel nacional los mencionados protocolos, con el objeto de uniformizar y optimizar el manejo apropiado de los mismos;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar los cuatro “Protocolos de Actuación Conjunta” de las medidas limitativas de derechos, de allanamiento, impedimento de salida, intervención de las comunicaciones telefónicas y levantamiento del secreto bancario, reserva tributaria y bursátil, elaborado por los equipos técnicos institucionales del Ministerio Público, Ministerio del Interior, Poder Judicial y Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Encargar a la Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, la difusión de los Protocolos de Actuación Conjunta aprobados en el artículo primero de la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO.- Disponer que la Escuela del Ministerio Público, en coordinación con la Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, desarrolle programas de capacitación intensivos dirigidos a las diversas Fiscalías Especializadas, con la finalidad de desarrollar las competencias necesarias que requieren sus integrantes a efectos de dar cumplimiento eficaz y eficiente de los Protocolos de Actuación Conjunta aprobados en el artículo primero de la presente resolución.
ARTÍCULO CUARTO.- Encargar a la Secretaria General de la Fiscalía de la Nación, la remisión de la presente resolución al Ministerio del Interior, Poder Judicial y Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para los fines respectivos.
ARTÍCULO QUINTO.- Hacer de conocimiento la presente resolución, a las Presidencias de la Junta de Fiscales Superiores y Provinciales a nivel nacional, Fiscalías Superiores Coordinadoras Especializadas, Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Escuela del Ministerio Público, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese
Carlos Américo Ramos Heredia
Fiscal de la Nación
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