El procurador del Congreso pide al Tribunal Constitucional que anule la resolución que ordenó la reposición de Inés Tello y Aldo Vásquez a la Junta Nacional de Justicia.
PROCURADURÍA PÚBLICA DEL CONGRESO
Expediente: 0003-2022-CC/TC
Secretario.: Reátegui Apaza
Cuaderno: Principal
Sumilla: COMUNICÓ EJECUCIÓN DE ACTOS DE CONTRAVENCIÓN A SENTENCIA EMITIDA EN PROCESO COMPETENCIAL. // SE DISPONGA EJECUCIÓN DE SENTENCIA Y OTROS.
SEÑOR PRESIDENTE DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL:
MANUEL EDUARDO PEÑA TAVERA, identificado con Documento Nacional de Identidad N.° 06654778, Procurador Público Encargado del Poder Legislativo, designado mediante Resolución del Procurador General del Estado N.° 41-2020-PGE/PG; en los seguidos por el CONGRESO DE LA REPÚBLICA contra el PODER JUDICIAL, sobre PROCESO DE. CONFLICTO DE COMPETENCIAS -EN PROCESO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA-; ante usted respetuosamente me presento y digo
I. PETITORIO.-
1.1. Con fecha 22 de marzo del presente año se notificó a la Procuraduría Pública del Congreso de la República el contenido de la Resolución N.o Uno, de fecha 22 de marzo de 2024, emitida en el incidente cautelar tramitado en el Expediente N.° 01034-2024-69-1801-SP-DC-01, en la que los magistrados integrantes de la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima han emitido el siguiente fallo:
«DECISIÓN:
Por los fundamentos expuestos, los Jueces Superiores de la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima.
RESUELVEN:
1. Declarar FUNDADA la solicitud cautelar interpuesta por Aldo Alejandro Vásquez Ríos y Luz Inés Tello Valcárcel de Ñecco; en consecuencia, dispusieron la suspensión provisional de los efectos de la Resoluciones Legislativas del Congreso 008-2023-2024-CR Y 009-2023-2024-CR, ambas emitidas el 8 de marzo de 2024, mediante las cuales el Pleno del Parlamento decidió inhabilitar por 10 años para ejercicio de la función pública a Luz Inés Tello Valcárcel de Ñecco y Aldo Alejandro Vásquez Ríos, en su condición de miembros de la Junta Nacional de Justicia; así como de los actos posteriores que se expidan para el cumplimiento de dichas resoluciones legislativas; por lo tanto, ordenaron la reposición inmediata de Aldo Alejandro Vásquez Ríos y Luz Inés Tello Valcárcel de Ñecco en sus cargos de miembros titulares de la Junta Nacional de Justicia, hasta se emita resolución definitiva en última instancia en el proceso principal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Nuevo Código Procesal Constitucional.
2. ORDENAR a la Secretaria de Sala que en el día y bajo responsabilidad comunique la presente resolución al Congreso de la República y a la Junta Nacional de Justicia.
3. Notifíquese».
[Continúa …]
![Sujeto que afirma tener la condición de fiscal mostrando un carnet no incurre en un delito de falsedad genérica ni en el de ostentación de distintivos de función pública, pues la resolución administrativa que lo nombra generó ipso iure dicha condición, sin que la juramentación posterior altere lo que ya había adquirido formalmente (acto jurídico constitutivo) [Exp. 06342-2023-4, ff. jj. 18-20]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-BALANZA-DOCUMENTOS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aunque las declaraciones previas conservan su valor probatorio, si el contenido no contribuye a esclarecer los hechos, juez debe agotar los mecanismos disponibles —como la notificación al domicilio Reniec y otros que haya proporcionado y, de ser necesario, la conducción compulsiva— para que los testigos comparezcan y aclaren la información brindada [RN 1260-2023, Puno ff. jj. 7.8, 7.10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-MAZO-ESPOSAS2-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Absuelven de violación sexual a sujeto acusado de introducir su dedo en el ano de la agraviada, cuando ejercía su oficio de curandero (conducta neutral), al intentar sanar un hueso de la columna que se le había movido según el resultado de la «limpia con cuy» practicado momentos antes [Exp. 49-2020-35]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/CURANDERO-PASANDO-CUY-DOC-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Actividades idóneas para generar ganancias ilícitas: a) De despojo (robo, extorsión, estafa). b) De abuso (peculado, colusión, enriquecimiento ilícito, administración fraudulenta). c) De producción (narcotráfico, tráfico de armas, trata de personas, minería ilegal) -— constituyen fuentes delictivas del lavado de activos [SPC 1-2017/CIJ-433, f. j. 14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/banner-pleno-congreso-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![El transfuguismo por su motivación se distingue entre: (i) transfuguismo legítimo, el cual responde a causas justificadas como el cambio de orientación ideológica del partido, mutación ideológica personal, crisis del partido, discrepancias con la dirección del partido; y (ii) transfuguismo ilegítimo el cual responde a causas reprochables éticamente como el oportunismo o la compensación económica [Exp. 0006-2017-PI/TC, f. j. 23]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/TRANSFUGUISMO-LEGITIMO-JUSTIFICADAS-IDEOLOGICA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El JNE vulneró el derecho a ser elegido y el principio de resocialización al denegar la inscripción de candidato condenado por peculado doloso, pese a encontrarse rehabilitado, pues incluso la “inhabilitación perpetua” puede ser revisable y revertida por lo que dicha restricción no resulta razonable [Exp. 01648-2023-AA/TC, ff. jj. 16-22]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/JNE-RESOCIALIZACION-CANDIDATO-CONDENADO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











![Indecopi: Inmobiliaria debe probar que el porcentaje pactado como penalidad correspondió al efectivo perjuicio por la frustración de la venta (cláusula penal abusiva) [Cas. 15070-2018, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El trabajador de dirección lleva implícita la calificación de confianza [Cas. Lab. 32954-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/contratacion-irregular-de-un-trabajador-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)

![TC: Entidades jurisdiccionales están obligadas únicamente a emitir y/o entregar información (en caso se solicite) o a facilitar la ruta de acceso a la información indicada respecto de dicha función (doctrina jurisprudencial vinculante) [Exp. 02506-2022]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tribunal-constitucional-tc-precedente-LPDerecho-218x150.png)

![Modifican Reglamento de empadronamiento y amnistía por tenencia de arma de fuego de uso civil [Decreto Supremo 013-2025-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tenencia-ilegal-armas-fuego-LPDerecho-218x150.png)
![Modifican reglamento para fortalecer funciones de la Autoridad Marítima Nacional [Decreto Supremo 014-2025-DE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/AUTORIDAD-MARITIMA-DOC-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)







![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)









![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)

![Aprueban nueva escala remunerativa para los servidores de apoyo a la función fiscal y administrativo del Ministerio Público [DS 241-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2019/09/trabajador-ministerio-publico-fiscal-intervencion-LPDerecho-100x70.png)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)



![El transfuguismo por su motivación se distingue entre: (i) transfuguismo legítimo, el cual responde a causas justificadas como el cambio de orientación ideológica del partido, mutación ideológica personal, crisis del partido, discrepancias con la dirección del partido; y (ii) transfuguismo ilegítimo el cual responde a causas reprochables éticamente como el oportunismo o la compensación económica [Exp. 0006-2017-PI/TC, f. j. 23]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/TRANSFUGUISMO-LEGITIMO-JUSTIFICADAS-IDEOLOGICA-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

