Procede embargar en forma de inscripción el inmueble del demandado cuyo derecho no se encuentra inscrito [Pleno Jurisdiccional Civil de Tacna, 2000]

Conclusión Plenaria:  EL PLENO ACUERDA: POR MAYORÍA (26 VOTOS) Que procede el embargo en forma de inscripción de un inmueble de propiedad del demandado.


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PODER JUDICIAL
SECRETARÍA EJECUTIVA
SECRETARÍA DE PROYECTOS JURISDICCIONALES

Lima, 27 de setiembre del 2000

OFICIO CIRCULAR N° 209-2000-PJ-SEISPJ

Señor doctor:
HÉCTOR LAMA MORE
Vocal de la Sala de Familia
Corte Superior de Justicia de Lima

PRESENTE.-

ASUNTO: CONCLUSIONES PLENO JURISDICCIONAL CIVIL 2000

Es grato dirigirme a usted, a fin de alcanzar copia de los Acuerdos relacionados con el Pleno Jurisdiccional Civil 2000. Agradeceremos se sirva evaluar el material correspondiente y hacemos llegar sus sugerencias y/o comentarios; las mismas que serán expuestas y debatidas en una próxima reunión, para la redacción final de acuerdos sin otro particular, hago propicia la oportunidad para reiterar a usted los sentimientos de mi especial consideración y estima personal.

Atentamente,

DRA. SUMAYA GIL .
Secretaria de Proyectos Jurisdiccionales

[…]

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MEDIDAS CAUTELARES.

¿Procede el embargo en forma de inscripción de un inmueble de propiedad del demandado cuyo derecho no se encuentra inscrito aún?

CONSIDERANDO:

Que las inscripciones en los Registros Públicos no son constitutivos de derecho; que siendo el bien de propiedad del ejecutado resulta válida la medida de embargo en forma de inscripción , no afectando tal medida a quien aparece en el Registro como propietario , desde que la transferencia en nuestro sistema civil es consensual, y si se encuentra acreditada la traslación de dominio del demandado, procede la inscripción provisional, hasta que se regularice el tracto sucesivo.

Sin embargo la posición minoritaria, considera la improcedencia del embargo, en observancia a los principios de la fe registral y del tracto sucesivo, estando a los artículos 2013 y 2017 del Código Civil, y por seguridad jurídica.

EL PLENO ACUERDA:

POR MAYORÍA (26 votos)

Que es procedente el embargo en forma de inscripción de un inmueble de propiedad del demandado.

POR MINORÍA ( 24 votos)

No es procedente el embargo en forma de inscripción de un inmueble de propiedad del demandado.

[…]

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