Un hecho materia de debate se produjo el miércoles 10 de junio en una audiencia del juicio oral por el caso Cócteles.
La jueza Juana Mercedes Caballero García, quien preside el Tercer Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior Nacional, exhortó a la procuradora Soledad Camus Dávila a no exhibir los rostros de los procesados en un cuadro esquemático, durante su presentación, en diapositivas de Power Point.
Exhortación
En el transcurso de la exposición de la procuradora, la abogada de Keiko Fujimori en este caso, Giulliana Loza, solicitó a la jueza Caballero García exhortar a la Procuraduría a retirar las imágenes que se mostraban en una presentación de Powert Point:
Disculpando la interrupción a la Procuraduría, por garantía constitucional de la presunción de inocencia, esta defensa considera que la imagen que esta proyectando la Procuraduría no es de recibo. Esto va a generar estigmatización y cualquier tipo de discriminación.
Todos los aquí presentes estamos asistidos por la garantía de inocencia. Ruego a usted [jueza Mercedes Caballero, presidenta del colegiado], se sirva exhortar a la Procuraduría que haga sus alegaciones sin fotos que nos pudieran causar grave perjuicio.
La magistrada le dio la razón a la abogada defensora y, en consecuencia, realizó tal solicitud. El colegiado brindó cinco minutos para subsanar esta observación a pedido de la Procuraduría.
Posteriormente, Camus Dávila retomó la exposición de sus alegatos. La jueza recordó que durante el proceso “prima la presunción de inocencia y se ha colocado fotografías que no corresponden”.
Sin embargo, un nuevo y similar incidente se reportó durante la audiencia al mostrarse el esquema de una presunta organización criminal liderada por Fujimori Higuchi, lideresa del partido Fuerza Popular:
Réplicas
En respuesta, el colegiado volvió a solicitar el retiro de las fotografías de los procesados. El fiscal del caso, José Domingo Pérez, respondió lo siguiente:
Esa imagen es del requerimiento acusatorio, está reproducida en el auto de enjuiciamiento. No entiendo por qué se le está dando estas pautas a la Sra. Procuradora, cuando lo que está haciendo es trasladar lo que se encuentra en un documento tanto fiscal como judicial.
Espero que se pueda cumplir lo que establece la norma procesal penal y permitir que la Procuraduría ejerzca su derecho a presentar su alegato y no se le esté concediendo el uso de la palabra a las defensas y, sobre todo, de la defensa de la acusada Keiko Fujimori que no permite que se pueda desarrollar la exposición de la Procuraduría.
Los miembros restantes del Tercer Juzgado Penal también se pronunciaron. La magistrada Nayko Coronado Salazar se dirigió al fiscal y explicó que la presunción de inocencia “prima sobre todos los derechos”:
No es la primera vez que estamos ante un juicio de naturaleza compleja. Tenemos experiencia y hemos, a lo largo de ella, hecho siempre el mismo control. Evitamos, por ejemplo, que alguna defensa ponga los logos de su estudio y números telefónicos que se puedan pasar. Y si alguien lo está pensando, ya lo estamos señalando previamente.
Evitamos que en las imputaciones penales, planteadas por la Fiscalía y en algunos casos por la Procuraduría, se eviten colocar imágenes en fotografías. Incluso hemos visto grandes fotografías de Reniec, en círculos, de diversas formas. Más allá de donde esté contenido […] es el tema del respeto mutuo entre las partes.
Lo mismo se puede señalar poniendo un nombre, un recuadro. Evitamos eso, exponer a las personas porque, más allá del análisis y del ímpetu de plantear una pretensión, está el respeto. No necesariamente [deben usarse] temas de imagen, sobre todo porque estamos en un ámbito en el que prima, sobre todos los derechos, la presunción de inocencia.
A su vez, el magistrado Max Vengoa Valdiglesias coincidió con sus colegas y recordó que anteriormente, el primer día de la instalación del juicio oral, el colegiado solicitó usar el término “presunta” para referirse a una sindicada organización criminal:
Este colegiado ha cuidado, durante todos los procesos que lleva, en marcar el desarrollo del mismo dentro de los principios y garantías que conducen el debido proceso. Uno de estos es, justamente, la presunción de inocencia.
Esta no solamente como un tema a delimitar la descripción final, sino como regla de trato durante todo el desarrollo del proceso. Por eso, hemos exigido, en su momento, que se hable de una presunta organización criminal y no como un tema ya determinado porque si bien es cierto es un tema que para las partes puede estar claro, nosotros recién estamos en una etapa cognitiva, conociendo el caso, en algún momento ya tendremos la certeza judicial y no en esta etapa.
En el mismo sentido, en el caso de la Procuraduría cuidar este tema de las imágenes: que pueden ser estigmatizantes, que pueden llevar a otra connotación, y eso es lo que estamos cuidando.
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