El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) publicó la Resolución Ministerial N° 061-2024-TR, que establece los valores de cálculo para la compensación de los servicios de acceso a internet y del consumo de energía eléctrica para quienes realizan Teletrabajo, durante el año 2024.
La norma, publicada el pasado 17 de abril, establece que la compensación por el gasto de internet se realiza en función a los valores referenciales necesarios para la prestación del servicio: de acuerdo al operador, el plan que utiliza, la tecnología y velocidad contratada por el empleador.
Asimismo, en el caso de la energía eléctrica se utilizan valores referenciales de acuerdo al uso de una laptop o PC, los cuales consumen energía por uso de focos LED, ventiladores, monitores, routers, además de otros.
De esta manera, el MTPE publicó este dispositivo legal (elaborado por la Dirección de Normativa de Trabajo) que permitirá brindar facilidades tanto al empleado como al empleador para calcular compensaciones razonables por el uso de tecnologías digitales, durante las horas de trabajo establecidas mediante la modalidad. . del teletrabajo.
Se debe recordar que el 11 de septiembre de 2022, se publicó la (Ley del Teletrabajo 31572), que regula esta modalidad especial de prestación de laboral, la cual se caracteriza por el desempeño subordinado sin presencia física del trabajador en entidades públicas y privados, y se realizan a través de la utilización de las plataformas y tecnologías digitales.
El trabajador, al realizar sus labores desde casa, aumenta el consumo de internet y electricidad, provocando un gasto extra en el presupuesto mensual para el trabajador. Por ello, el MTPE inició la forma de cómo se determina y efectúan las compensaciones que el empleador debe otorgar por la provisión de equipos y gastos por el servicio de acceso a internet, así como del consumo de energía eléctrica, al empleado.
Fuente: El Peruano
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