Es posible impugnar la paternidad aunque haya vencido el plazo de 90 días del artículo 364 del Código Civil, pues prevalece el derecho a la identidad del menor [Consulta 2810-2006, Lima]
El Tercer Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima Este, a cargo del Fiscal Provincial...