Poder Judicial suspende plazos procesales por problemas con el servicio WAN [RA 000017-2026-CE-PJ]

Publicado en el diario oficial El Peruano, el 23 de enero de 2026.

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la suspensión de los plazos procesales y administrativos en los órganos jurisdiccionales y administrativos de todas las sedes del país, debido a una incidencia masiva que afectó el servicio WAN, según la Resolución Administrativa 000017-2026-CE-PJ.

La medida tiene efectividad únicamente por el 14 de enero de 2026, en el tramo comprendido entre las 15:28 y las 21:05 horas, periodo durante el cual se reportó la interrupción que impactó el funcionamiento de servicios judiciales a nivel nacional. De acuerdo con el informe de la Gerencia de Tecnologías de la Información, tras ese lapso el servicio fue restablecido de manera parcial, permitiendo retomar las actividades institucionales con normalidad.

El Poder Judicial señaló que la decisión busca proteger los derechos de los justiciables, evitando que usuarios del sistema de justicia resulten perjudicados por hechos ajenos al trámite procesal.


Suspenden, con efectividad por el día 14 de enero de 2026, los plazos procesales y administrativos en los órganos jurisdiccionales y administrativos en todas las sedes del Poder Judicial, en atención a los problemas del servicio wan

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000017-2026-CE-PJ

Lima, 21 de enero del 2026

VISTO:

El Oficio Nº 000038-2026-GG-PJ, cursado por la señora Claudett Delgado Llanos, Gerente General del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, la señora Claudett Delgado Llanos, Gerente General del Poder Judicial, remite el Memorando Nº 000088-2026-GTI-GG-PJ emitido por la Gerencia de Tecnologías de la Información, quien pone en conocimiento la incidencia masiva que afectó el Servicio WAN en diversas sedes del Poder Judicial. Al respecto, de acuerdo a lo informado por la citada gerencia, la afectación de los servicios judiciales a nivel nacional, se produjo únicamente el 14 de enero de 2026, desde las 15:28 horas hasta las 21:05 horas tras lo cual el servicio fue restablecido de manera parcial, permitiendo la continuidad de las actividades institucionales con normalidad.

Segundo. Que, frente a los acontecimientos acaecidos, se requiere adoptar medidas que tutelen los derechos de los justiciables, quienes no pueden verse perjudicados por sucesos ajenos a la actividad procesal; en ese sentido, corresponde dictar disposiciones que regulen los procesos, que pudieran verse afectados por los hechos en referencia.

Tercero. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que, deviene en pertinente dictar las medidas necesarias, a fin de no afectar a los usuarios del servicio de justicia.

En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 063-2026 de la quinta sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, llevada a cabo en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, de fecha 19 de enero de 2026, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

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SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Suspender, con efectividad, por el día 14 de enero de 2026, desde las 15:28 horas hasta las 21:05 horas, los plazos procesales y administrativos en los órganos jurisdiccionales y administrativos en todas las sedes del Poder Judicial, en atención a los problemas del servicio wan.

Artículo Segundo.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Oficina de Administración y Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia de la República, Procuraduría Pública del Poder Judicial, Órgano de Control Institucional; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JANET TELLO GILARDI
Presidenta
Consejo Ejecutivo

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