PJ aprueba desplazamiento temporal de trabajadores judiciales durante la emergencia sanitaria [RA 000316-2020-CE-PJ]

Publicado el 7 de noviembre de 2020, en el diario oficial el Peruano.

717
Resolucion Administrativa 000316-2020-ce-pj
Resolución administrativa 000316-2020-CE-PJ

Aprueban la Directiva N° 018-2020-CE-PJ, denominada “Desplazamiento de personal contratado bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, N° 728 y N° 1057 durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por el Covid-19 en el Poder Judicial”

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000316-2020-CE-PJ

Lima, 4 de noviembre del 2020

VISTO:

El Oficio N° 001803-2020-GG-PJ cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, por el cual remite el proyecto de Directiva denominada “Desplazamiento de personal contratado bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, N° 728 y N° 1057, durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por el Covid-19 en el Poder Judicial”.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 478-2019-CE-PJ, se aprobó la Directiva N° 010-2019-CE-PJ, “Disposiciones para el desarrollo de documentos normativos en el Poder Judicial”, la cual dispone en el numeral 6.4, que el “Informe de sustentación para la presentación del proyecto normativo constituye el documento que expresa las motivaciones de la propuesta normativa, describiendo: a. La situación problemática actual que se pretende resolver; b. La existencia de vacío en la normatividad vigente o la necesidad de regular una norma general para fines operativos; c. El sustento normativo, precisando de ser el caso, el documento normativo que se modificaría o derogaría; d. Los beneficios que generaría la implementación del documento normativo; y, e. Los costos que demandaría su implementación, de ser el caso. Su formulación estará a cargo de la dependencia que presente el proyecto normativo, para lo cual contará con el apoyo técnico de la Subgerencia de Racionalización, o de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, en el caso de las Cortes Superiores de Justicia, que operen como Unidades Ejecutoras. Debe presentarse de manera conjunta con el proyecto de documento normativo, para el adecuado análisis del mismo”.

Segundo. Que, con Informe N° 243-2020-GRHB-GG-PJ, la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial, en atención al Acuerdo N° 823-2020, presenta la propuesta de documento normativo a fin de regular el desplazamiento del personal contratado bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728 en el Poder Judicial. Asimismo, a través del Memorando N° 080-2020-GRHB-GG-PJ, la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar indica que se ha procedido a complementar el proyecto de Directiva incluyendo a los trabajadores sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276 y N° 1057 que laboran en el Poder Judicial, de modo que la Entidad cuente con un proyecto mejorado.

Tercero. Que, por su parte, la Subgerencia de Racionalización, unidad orgánica de la Gerencia de Planificación de la Gerencia General del Poder Judicial, mediante Informe N° 215-2020-SR-GP-GG-PJ, señala, con relación al nuevo proyecto que “se ratifica en el Informe N° 99-2020-SR-GP-GG-PJ, por el cual se otorga opinión técnica favorable al proyecto de Directiva en mención, la misma que se encuentra elaborada de acuerdo a la Directiva “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”, aprobada por Resolución Administrativa N.° 478-2019-CE-PJ”, al igual que la Gerencia de Planificación, a través del Memorando N° 1286-2020-GP-GG-PJ.

Cuarto. Que, contando con la opinión técnica favorable de la Subgerencia de Racionalización, el numeral 6.5 de la Directiva N° 010-2019-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N° 478-2019-CE-PJ, señala: “Los proyectos de documentos normativos y sus informes de sustentación, deben ser presentados a la Subgerencia de Racionalización de la Gerencia de Planificación, quien debe analizar y evaluar su contenido. Asimismo, debe revisar que el tipo de documento empleado corresponda con el propósito de su creación pudiendo efectuar los ajustes necesarios para su adecuación en coordinación con el área formuladora. Emitida la opinión favorable del órgano de Racionalización, se debe recibir la opinión de la Oficina de Asesoría Legal que corresponda, según el ámbito de aplicación del documento normativo, en relación a la consistencia de la base legal y contenido del proyecto, salvaguardando que se cumpla con la normatividad vigente e inherente a sus procesos.”

Quinto. Que, en ese sentido, la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial mediante Informe N° 1513-2020-OAL-GG-PJ, indica que si bien en el marco de la Resolución Corrida N° 2010-2020-CE-PJ se sostiene que se presentó un Proyecto de Directiva denominada “Normas que regulan el desplazamiento del personal contratado bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728 en el Poder Judicial”; el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial consideró conveniente, en razón a la coyuntura sanitaria que atraviesa el país, disponer que se presente propuesta de normas que regulen el desplazamiento del personal contratado bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728 en el Poder Judicial, durante el período de emergencia sanitaria; incluyendo a los trabajadores sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276 y N° 1057 que laboran en el Poder Judicial, de modo tal que dicha propuesta resulte mejorada.

Sexto. Que, el citado informe legal concluye que el nuevo proyecto normativo tiene como objetivo establecer normas para gestionar de manera eficaz la seguridad y la salud del personal contratado bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 276, N° 728 y N° 1057, formalizando su desplazamiento temporal, como medida momentánea durante la vigencia de la Declaratoria de Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19 en el Poder Judicial, cuyo alcance es de aplicación y cumplimiento obligatorio en todas las dependencias jurisdiccionales y administrativas de la institución.

Sétimo. Que, en ese sentido, se concluye que se cumple con la estructura prevista para este tipo de documentos conforme al “Anexo 01: Formato de Directiva”, según lo indica la Directiva N° 010-2019-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N° 478-2019-CE-PJ; asimismo, los conceptos contenidos en su estructura interna se encuentran desarrollados en forma clara y tienen un impacto administrativo favorable en la administración en términos de eficiencia y eficacia sobre el procedimiento que regula, por lo que procede a otorgar opinión técnica favorable para la prosecución del trámite.

Octavo. Que, en ese contexto, la Gerencia General del Poder Judicial mediante Oficio N° 001803-2020-GG-PJ, eleva a este Órgano de Gobierno el citado proyecto de Procedimiento Interno de Directiva denominada “Desplazamiento de personal contratado bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, N° 728 y N° 1057 durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por el Covid-19 en el Poder Judicial”; para su aprobación, el cual cuenta con los vistos de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, Gerencia de Planificación, Subgerencia de Racionalización; y la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial.

Noveno. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación de la propuesta presentada.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1308-2020 de la sexagésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 28 de octubre de 2020, realizada en forma virtual con la participación de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 018-2020-CE-PJ, denominada “Desplazamiento de personal contratado bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, N° 728 y N° 1057 durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por el Covid-19 en el Poder Judicial”, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier disposición que se oponga a la presente.

Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, realice las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución.

Artículo Cuarto.- Publicar la presente resolución y los documentos aprobados, en el Portal Institucional del Poder Judicial para su difusión y cumplimiento.

Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO
Presidente

Descargue el PDF de la norma

Comentarios: