Mediante el Proyecto de Ley 3890/2022-CR, la congresista de la República Magaly R. Ruiz Rodriguez propone establecer el empleo de canes potencialmente peligrosos como agravante del delito de robo.
La exposición de motivos sostiene que el incremento de los índices de seguridad en el país muestran la evolución que tienen los delincuentes en las formas que ejecutan sus actos antisociales. Así, con la finalidad de facilitar su comisión, se valen de medios que, al no estar contemplados en la norma, evaden una sanción adecuada a la peligrosidad que generan.
En ese sentido, por ejemplo, dice la iniciativa, que en los últimos años se advierte que en la ejecución del delito de robo se está empleando animales como los canes de raza American Pitbull Terrier, sus híbridos o cruces, que tienen la capacidad física de infringir gran daño a la integridad personal e incluso provocar la muerte de una persona con la única intención de generar miedo en las víctimas y así facilitar la desposesión de sus bienes.
FÓRMULA LEGAL
LEY QUE ESTABLECE EL EMPLEO DE CANES POTENCIALMENTE PELIGROSOS COMO AGRAVANTE DEL DELITO DE ROBO
Artículo 1.- Objeto de la Ley
El objeto de la norma es modificar Código Penal, añadiendo como agravante del delito de Robo agravado, el empleo de canes potencialmente peligrosos.
Artículo 2.- Modificación
Modifíquese el numeral 3) del artículo 189 del Decreto Legislativo N° 635, Código Penal, bajo los siguientes términos:
«Artículo 189. Robo agravado.
La pena será no menor de doce ni mayor de veinte años si el robo es cometido
3) A mano armada, o con el empleo de canes potencialmente peligrosos.
…”
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![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

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![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Quien proporciona el DNI o la cuenta bancaria y cobra el dinero producto del fraude debe ser juzgado por el delito de fraude informático y no por hurto agravado mediante medios informáticos (norma posterior más favorable al procesado) [RN 1087-2025, Lima, ff. jj. 5-9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/tarjeta-fraude-robo-hurto-cuenta-bancaria-penal-LPDerecho-100x70.jpg)
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![Lineamientos para el seguimiento del plan nacional de seguridad ciudadana y lucha contra la criminalidad 2026–2028 [RM 358-2026-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-interior-Mininter-4-LPDerecho-100x70.jpg)

