La congresista Isabel Cortez Aguirre (Podemos Perú) presentó el Proyecto de Ley 7232/2023-CR, que propone incorporar el numeral 49.5 al artículo 49 de la Ley 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, a fin de autorizar de manera excepcional el nombramiento del 100% del personal de salud contratado bajo el régimen CAS al 31 de julio de 2022.
Lea más l Aprueban expulsar a extranjeros tras el cumplimiento de sus condenas
La iniciativa legislativa plantea que el Ministerio de Salud, sus organismos públicos, los gobiernos regionales, unidades ejecutoras de salud, y el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN) puedan llevar a cabo el proceso de nombramiento del 100% del personal que, bajo el régimen CAS, haya laborado de forma continua o interrumpida hasta el 31 de julio de 2022.
Este proceso, de carácter excepcional, incluiría al personal administrativo, asistencial y profesional que cumpla con los requisitos mínimos establecidos para el cargo.
El texto propone añadir el numeral 49.5 al artículo 49 de la Ley de Presupuesto 2023 (Ley 31638), con el siguiente tenor:
Autorízase, de manera excepcional, el nombramiento del 100% del personal que, bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios – CAS, haya venido laborando de forma continua o interrumpida hasta el 31 de julio de 2022, en el Ministerio de Salud, sus organismos públicos, los gobiernos regionales, las unidades ejecutoras de salud, y el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas – INEN, en plazas de los grupos ocupacionales profesional, técnico y auxiliar asistencial y administrativo.
Asimismo, el financiamiento del nombramiento estaría a cargo del presupuesto institucional vigente de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.
«PROYECTO DE LEY QUE ASEGURA EL NOMBRAMIENTO DEL 100% DE LOS PROFESIONALES DE LA SALUD, TECNICOS Y AUXILIARES ASISTENCIALES CON CONTRATO CAS REGULAR EN EL MINSA, ORGANISMOS PUBLICOS Y UNIDADES EJECUTORAS DE LOS GOBIERNOS REGIONALES»
El Grupo Parlamentario Podemos, a propuesta de la Congresista de la República que suscribe Isabel Cortez Aguirre, en ejercicio de las facultades previstas en el artículo 107° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 75° y 76° del Reglamento del Congreso de la República, presenta el siguiente proyecto de ley:
FORMULA LEGAL:
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE ASEGURA EL NOMBRAMIENTO DEL 100% DE LOS PROFESIONALES DE LA SALUD, TECNICOS Y AUXILIARES ASISTENCIALES CONTRATADOS BAJO EL REGIMEN CAS REGULAR EN EL MINSA, SUS ORGANISMOS PUBLICOS Y LAS UNIDADES EJECUTORAS DE LOS GOBIERNOS REGIONALES
Artículo 1. – Del objeto de la Ley.
La presente ley tiene por objeto garantizar el nombramiento del 100% de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 1057 – CAS REGULAR del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales que se encuentran comprendidos en la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638 – Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año fiscal 2023, en el literal ñ) del numeral 8.1 del artículo 8º de la Ley N° 31953 – Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año Fiscal 2024, modificando el literal n) del numeral 8.1 del artículo 8° e incorporando el numeral 49.4 del artículo 49° de la Ley N° 32185 – Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año Fiscal 2025.
Artículo 2. – Modificación.
Se modifica el literal n) del numeral 8.1 del artículo 8° de la Ley N° 32185 – Ley
Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2025 de la siguiente manera:
Artículo 8. Medidas en materia de incorporación del personal
8.1 Se prohíbe la incorporación del personal en el Sector Público por servicios
personales y el nombramiento, salvo en los supuestos siguientes:
(…)
n) El nombramiento de hasta el setenta por ciento (100%) de los profesionales de la salud y de los técnicos y los auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, a los que hace referencia la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, contratados al 31 de julio de 2022 bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, que se encuentren registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) a entrada en vigencia de la Ley N° 31638. Dicho porcentaje incluye porcentaje autorizado en la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 y en el literal ñ) del numeral 8.1 del articulo 8 de la Ley 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024.
(…)
[Continúa…]
![Dadas las circunstancias excepcionales y la flagrancia, el Congreso puede levantar la prerrogativa de antejuicio y actuar con celeridad, sin seguir todo el procedimiento ordinario del artículo 89-A del Reglamento del Congreso, en defensa del orden constitucional —se ratifica lo resuelto en el Exp. 01803-2023-PHC/TC— (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, ff. jj. 8.6.2.3-8.6.2.5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/PEDRO-CASTILLO-1-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No es exigible que, en todas las actuaciones procedimentales contra altos funcionarios públicos, intervengan únicamente el fiscal supremo titular o el fiscal de la Nación, pues la actuación de los fiscales adjuntos supremos es legítima y se desarrolla en cumplimiento de la LOMP (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 8.6.2.8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CASTILLO-PODER-JUDICIAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La facultad de desvinculación comprende no solo la recalificación a un delito más grave, sino también a uno de menor gravedad cuando se presenta una degradación fáctica y jurídica, siempre que no se varie los hechos esenciales (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.4.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PEDRO-CASTILLO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![TC confirma constitucionalidad de la Ley 32107 que prescribe delitos de lesa humanidad [Exp. 00009-2024-PI/TC y Exp. 00023-2024-PI/TC (acumulados)]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/TC-documento-LPDerecho-218x150.jpg)

![Caso Ollanta Humala: Primera Sala Constitucional de Lima declara que privación de la libertad del actor sin mandato escrito fue inconstitucional [Exp. 07545-2025-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/ollanta-humala-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![El sexo biológico no es inalterable: el sexo se define legalmente por la anatomía genital y no por los cromosomas [Exp. 03308-2022-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-218x150.jpg)





![Existe una afectación al derecho a probar cuando en la disposición de no formalizar investigación preparatoria no valora la prueba ofrecida por las partes [Exp. 00534-2025-PA/TC, ff. jj. 13-16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Caso JNE: Resuelven en mayoría declarar improcedente participación de partido de Duberlí Rodríguez [Exp. 06374-2025-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/JNE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![OECE: directiva para el registro de valorizaciones de obra en el SEACE [Resolución D000083-2025-OECE-PRE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)




![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)













![¡Atención, sector público! Aprueban requisitos para la entrega del aguinaldo por Navidad [DS 283-2025-EF] Gratificación por Navidad: ¿cuánto recibiré si soy nuevo en la empresa?](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Gratificacion-navidad-aguinaldo-LPDerecho-100x70.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Dadas las circunstancias excepcionales y la flagrancia, el Congreso puede levantar la prerrogativa de antejuicio y actuar con celeridad, sin seguir todo el procedimiento ordinario del artículo 89-A del Reglamento del Congreso, en defensa del orden constitucional —se ratifica lo resuelto en el Exp. 01803-2023-PHC/TC— (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, ff. jj. 8.6.2.3-8.6.2.5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/PEDRO-CASTILLO-1-LPDERECHO-324x160.jpg)
![No es exigible que, en todas las actuaciones procedimentales contra altos funcionarios públicos, intervengan únicamente el fiscal supremo titular o el fiscal de la Nación, pues la actuación de los fiscales adjuntos supremos es legítima y se desarrolla en cumplimiento de la LOMP (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 8.6.2.8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CASTILLO-PODER-JUDICIAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![La facultad de desvinculación comprende no solo la recalificación a un delito más grave, sino también a uno de menor gravedad cuando se presenta una degradación fáctica y jurídica, siempre que no se varie los hechos esenciales (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.4.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PEDRO-CASTILLO-DOCUMENTO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![TC confirma constitucionalidad de la Ley 32107 que prescribe delitos de lesa humanidad [Exp. 00009-2024-PI/TC y Exp. 00023-2024-PI/TC (acumulados)]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/TC-documento-LPDerecho-100x70.jpg)


![Dadas las circunstancias excepcionales y la flagrancia, el Congreso puede levantar la prerrogativa de antejuicio y actuar con celeridad, sin seguir todo el procedimiento ordinario del artículo 89-A del Reglamento del Congreso, en defensa del orden constitucional —se ratifica lo resuelto en el Exp. 01803-2023-PHC/TC— (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, ff. jj. 8.6.2.3-8.6.2.5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/PEDRO-CASTILLO-1-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Multan a Claro por publicidad engañosa al afirmar que «es la red móvil más rápida del Perú» y «Cámbiate a la red móvil más rápida del Perú» [Res. 185-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-324x160.jpg)