Las grabaciones que involucran a César Hinostroza Pariachi, las cuales se registraron tras el levantamiento del secreto de sus comunicaciones telefónicas, permanecerán en la investigación del caso Los Cuellos Blancos del Puerto.
Así lo determinó el Poder Judicial al rechazar, en última instancia, el pedido que hizo el exjuez supremo: excluir estas difusiones como pruebas.
En detalle
El tribunal liderado por el juez supremo César San Martín determinó que los argumentos del exmagistrado no desmerecen los fundamentos de la resolución, la cual ya pasó por un proceso de sustentación y, «en consecuencia, debe confirmarse la decisión venida en grado».
Se refiere al veredicto del juez supremo Juan Carlos Checkley, quien había uniformizado la interpretación y aplicación de las normas penales relativas al reexamen judicial. Esto se podía leer en su resolución:
No se aprecia que el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria haya realizado una indebida interpretación de las normas procesales contenidas en los numerales 3 y 4 del artículo 231 del Código Procesal Penal en el auto impugnado, por lo que este agravio tampoco puede prosperar.
Antecedentes
El 14 de julio de 2023, el magistrado Checkley Soria declaró improcedente el recurso de apelación que emitió Hinostroza para que se considere un reexamen judicial acerca del levantamiento del secreto de sus comunicaciones telefónicas dentro de este caso.
El abogado demandaba la nulidad de tres resoluciones que emitió el primer Juzgado de investigación Preparatoria del Callao para avalar la intervención y el control de su número de celular:
- La del 22 de diciembre del 2017
- La del 31 de enero del 2018
- La del 6 de abril del 2018
Asimismo, solicitó la nulidad de las actas de recolección y control de las comunicaciones telefónicas que levantó la Fiscalía Provincial Especializada y la exclusión de lo que él calificó como prueba ilícita y prohibida.
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