Como se sabe, el aún titular del Ministerio Público, Pablo Sánchez Velarde, convocó para este viernes a las 8:30 de la mañana a una sesión extraordinaria de Junta de Fiscales Supremos, para evaluar la situación del próximo fiscal de la Nación Pedro Chávarry.
Tras el debate y deliberación, la Junta de Fiscales Supremos acordó por mayoría realizar hoy la ceremonia de transferencia de cargo y juramentación del fiscal de la Nación.
COMUNICADO
JUNTA FISCALES SUPREMOS
Junta de Fiscales Supremos, en sesión de 20 de julio de 2018, previo debate y deliberación, acordaron por mayoría: Realizar hoy la ceremonia de Transferencia de Cargo y Juramentación del Fiscal de la Nación, Dr. Pedro Gonzalo Chávarry Vallejos. pic.twitter.com/jXEiXgIZMs— Ministerio Público (@FiscaliaPeru) 20 de julio de 2018
Esta decisión fue tomada pese a que ayer IDL-Reporteros divulgara un nuevo audio que registra la conversación entre el juez supremo César Hinostroza y Pedro Chávarry. En dicha comunicación Hinostroza le pide como favor a Chavarry que le facillite una constancia de no tener procesos penales en curso.
El premier Villanueva se pronunció en contra de que Chavarry jure al cargo. «Lo más correcto para él mismo es dar un paso al costado. Es una decisión personal porque nada lo impide juramentar hoy por el lado del procedimiento administrativo; pero por el lado ético creo que es conveniente que por lo menos temporalmente no debería no asumir el cargo», señaló para Canal N.
![La calificación jurídica formulada en la acusación tiene carácter postulatorio o provisional, lo que permite su adecuación a través de la imputación alternativa, subsidiaria o la desvinculación procesal, mecanismo que faculta al juez a realizar una realineación de la calificación jurídica conforme a los hechos probados en el plenario [Casación 863-2022, Arequipa, f. j. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![El título de intervención delictiva forma parte fundamental en la construcción del principio de imputación necesaria y resulta trascendente para la evaluación de la tipicidad, tanto objetiva como subjetiva, pues de dicha atribución depende la definición del objeto del proceso y el debate [Casación 2179-2023, Moquegua, f. j. 2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/banner-audiencia-judicial-LPDerecho-218x150.jpg)

![El control de la acusación se estructura en dos niveles: un control formal, previo al análisis de mérito, orientado a verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 349.1 del NCPP; y un control sustancial, referido al análisis de fondo para determinar la viabilidad de la acusación respecto de los cargos objeto de investigación: elemento fáctico, elemento jurídico, elemento personal, presupuestos procesales vinculados a la vigencia de la acción penal y elementos de convicción suficientes (artículo 344.1 del NCPP) [Acuerdo Plenario 6-2009/CJ-116, f. j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan al BCP por incumplir con el beneficio «cashback» ofrecido a usuario de tarjeta de crédito [Res. Final 0014-2026/Indecopi-AQP]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/Indecopi-inicio-investigacion-preliminar-al-BCP-ante-reclamos-reportados-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)




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