El expresidente Pedro Castillo anunció, este lunes 10, que realizará una huelga de hambre de cara al juicio oral que enfrenta, por los presuntos delitos de rebelión, abuso de autoridad y grave perturbación de la tranquilidad pública. Ante esta medida, el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) informó del inicio de un proceso disciplinario contra el exmandatario.
Asimismo, la entidad informó que cumpliendo con su protocolo, el área de salud evaluó a Castillo Terrones y determinó que se encuentra estable. Sin embargo, esta acción calificaría como una falta disciplinaria grave que conlleva el inicio del proceso sancionador.
El INPE señaló que comunicará el resultado de este procedimiento a la opinión pública. No obstante, el mismo proceso implica el aislamiento del interno y la suspensión de su visita.

Pedro Castillo: «He decidido acatar una huelga de hambre»
«Contra el politizado juicio oral y su anunciada condena en mi contra por delitos de rebelión y otros que no he cometido, me declaro en huelga de hambre», recalcó el exdirigente en la publicación que anunció su acción de protesta.
A través de una carta, el ex dirigente sindical recalcó que la jueza a cargo de su caso adelantó opinión en su contra y que se ha forzado el tipo penal de rebelión:
Yo, José Pedro Castillo Terrones, identificado con DNI 27427864, recluido injustamente en el penal de Barbadillo por actos que nunca cometí, ahora un Tribunal con una Jueza que ha adelantado opinión en mi contra, forzando el tipo penal de rebelión.
Pongo en conocimiento a mi familia, al pueblo peruano, que haciendo uso de mi derecho humano, he decidido acatar a partir de la fecha a una huelga de hambre; acto que me lleva a tomar por las injusticias que se vienen cometiendo conmigo.
Una postura que Castillo Terrones viene asumiendo de forma previa y durante el juicio oral. «Este juicio es una pantomima», señaló en la audiencia del último martes 5 de marzo. Asimismo, atribuyó a la jueza Norma Carbajal, directora de debates, adelantar opinión al confirmar su detención preliminar:
[…] Afirmó que el alzamiento en armas no requiere violencia física, sino que puede consistir en una violencia psíquica, el mismo argumento de los fiscales, procuradores y jueces que hasta aquí ilegalmente me trajeron.
Más información Inscríbete aquí
Asimismo, en su pronunciamiento difundido antes del inicio de su proceso, exculpó a sus coacusados de cualquier participación «directa o indirecta» en el golpe de Estado sindicado a su gestión. «Soy el único responsable de lo hecho y dicho en aquel discurso político del 7 de diciembre de 2022″:
Lo que leí el 7 de diciembre de 2022, no fue un mensaje a la Nación, porque no se dio en aplicación de los artículos 118 y 120 de la actual Constitución Política, porque no lo puse a consideración del consejo de ministros, no tuvo su aprobación, ni refrendo.
A su vez, señaló una distorsionando del artículo 346 del Código Penal, con el fin de que no se necesite la materialización para el alzamiento en armas. De acuerdo a su versión, no se levantó en armas ni coordinó «con alguien para un levantamiento armas». «La única forma de condenarme es falseando el tipo penal de rebelión», expresó.
«Lo que leí no fue materializable», precisó el exdirigente sindical. Por otro lado, atribuyó el rechazo a los hábeas corpus presentados a su favor a un Tribunal Constitucional «controlado políticamente por la derecha», así como a «decisiones políticas» de las salas constitucionales al no sentenciar la nulidad de su vacancia para evitar su libertad.

![Impedimento de salida: El patrimonio que acumuló la investigada en su cargo de expresidenta, así como los viajes internacionales realizados en el ejercicio de sus funciones y que su hijo trabaje para la ONU en EE. UU., no constituyen factores determinantes de un peligro de fuga (caso Dina Boluarte) [Exp. 00171-2025-5, ff. jj. 7.2.24-7.2.25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No hay vulneración del debido proceso ni de la tutela procesal efectiva si la denuncia fue admitida, se realizaron diligencias y la recurrente participó e incluso interpuso recurso de elevación [Exp. 00436-2025-PA/TC, f. j. 18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)

![Para la consumación del delito de estafa, no se requiere que el dinero se entregue directamente al estafador, pues puede efectuarse incluso a favor de un tercero [Exp. 01116-2024-PHC/TC, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-218x150.png)
![Derecho de defensa: Cada vez que haya una modificación en la acusación —por devolución—, debe habilitarse nuevamente el plazo de 10 días para que la defensa la absuelva, aun cuando repita sus fundamentos [Exp. 01385-2019-6, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)














![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Servidores que estén próximos a jubilarse pueden solicitar teletrabajo? [Informe Técnico 002521-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/trabajadores-pareja-servidores-trabajo-LPDerecho-218x150.jpg)

![Las boletas de pago de los servidores del Estado se encuentran exceptuados de difusión pública dado que, prima facie, contienen datos de la esfera privada; sin embargo, la remuneración global sí corresponde ser publicitada como parte de la transparencia de la entidades del Estado [Exp. 04880-2024-PHD/TC, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)

![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/2025-LEY-32069-LIBRO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Elecciones generales 2026: diseño y especificaciones técnicas de las cédulas de sufragio [Resolución Jefatural 000199-2025-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/Cedulas-de-sufragio-LPDerecho-218x150.png)
![Elecciones generales 2026: instrucciones de los sorteos de ubicación de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio [Resolución Jefatural 00198-2025-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/onpe-elecciones-votos-LPDerecho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)






![[Vídeo] César San Martín: «Me podrán decir de todo, menos que por odio he resuelto los casos»](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-GENERICO-CESAR-SAN-MARTIN-LPDERECHO1-218x150.jpg)



![Para la consumación del delito de estafa, no se requiere que el dinero se entregue directamente al estafador, pues puede efectuarse incluso a favor de un tercero [Exp. 01116-2024-PHC/TC, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-100x70.png)

![TC ordena al Reniec consignar, como apellido materno de una niña, el de la mujer que obtuvo el óvulo de una donante anónima y lo hizo implantar en el útero de otra mujer que dio a luz [Expediente 01367-2019-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/tc-y-embarazada-LPDERECHO-100x70.jpg)


![[Vídeo] César San Martín: «Me podrán decir de todo, menos que por odio he resuelto los casos»](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-GENERICO-CESAR-SAN-MARTIN-LPDERECHO1-100x70.jpg)

![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/2025-LEY-32069-LIBRO-LPDERECHO-100x70.jpg)


