El pasado 28 de junio, el Ejecutivo presentó al Parlamento el Proyecto de Ley 1625/2016-PE, en el que plantea aprobar una bonificación extraordinaria a favor de los pensionistas por viudez del régimen del Decreto Ley 19990.
De aprobarse el proyecto se otorgaría una bonificación mensual de S/ 100,00 a partir del último trimestre del presente año, a favor de los pensionistas por viudez del régimen del Decreto Ley 19990, que hayan adquirido dicha condición con carácter de definitiva y hayan cumplido 75 años o más de edad, a la fecha de vigencia de la norma.
Asimismo, se le otorgaría una bonificación mensual de S/ 50,00 a favor de los pensionistas por viudez que hayan adquirido dicha condición con carácter de definitiva, y tengan entre 70 y 74 años de edad, a la fecha de vigencia de la norma.
La medida beneficiaría a 98 782 pensionistas de viudez la cual tendría un costo de S/ 106,1 millones en la planilla de pagos y S/ 916,4 millones en la Reserva Actuarial y sería financiada con cargo al Presupuesto Institucional de la Oficina de Normalización Previsional.
LEY QUE OTORGA UNA BONIFICACIÓN EXTRAORDINARIA A FAVOR DE LOS PENSIONISTAS POR VIUDEZ DEL RÉGIMEN DEL DECRETO LEY N° 19990
Artículo 1.- Objeto
La presente norma tiene como objeto aprobar una bonificación extraordinaria a favor de los pensionistas por viudez del Régimen del Decreto Ley N° 19990, en el marco de las previsiones presupuestarias y de acuerdo a las posibilidades de la economía nacional.
Artículo 2.- Bonificación Extraordinaria a favor de los pensionistas por viudez ayores de 75 años del Régimen del Decreto Ley N° 19990
Otórguese una bonificación mensual de CIEN Y 00/100 SOLES (S/ 100,00) a partir del último trimestre del presente año, a favor de los pensionistas por viudez del Régimen del Decreto Ley N° 19990, que hayan adquirido dicha condición con carácter de definitiva y hayan cumplido 75 años o más de edad, a la fecha de vigencia de la presente norma.
Artículo 3.- Bonificación Extraordinaria a favor de los pensionistas por viudez mayores a los 70 años hasta los 74 años de edad del Régimen del Decreto Ley N° 19990
Otórguese una bonificación mensual de CINCUENTA Y 00/100 SOLES (S/ 50,00) a partir del último trimestre del presente año, a favor de los pensionistas por viudez del Régimen del Decreto Ley N° 19990, que hayan adquirido dicha condición con carácter de definitiva y tengan entre 70 y 74 años de edad, a la fecha de vigencia de la presente norma.
Artículo 4.- Naturaleza Jurídica de la Bonificación Extraordinaria
La Bonificación Extraordinaria que se otorga a los pensionistas por viudez del Régimen del Decreto Ley N° 19990, se paga con carácter extraordinario, por lo que no tiene la naturaleza de pensionable.
Para el otorgamiento de la bonificación extraordinaria a que se refiere la presente ley, se debe contar previamente con el registro en el “Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público – Aplicativo Informático” a cargo de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 6.- Financiamiento
dispuesto en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional de pliego Oficina de Normalización Previsional, en el marco de las Leyes Anuales de presupuesto.
Artículo 7.- Normas reglamentarias
Facúltese al Ministerio de Economía y Finanzas a dictar las normas reglamentarias que resulten necesarias para la mejor aplicación de la presente norma.
Artículo 8.- Vigencia
La presente Ley entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.



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