Fundamento destacado. 11. Dicho esto, también se aprecia que los actos cuestionados (notificaciones preventivas 0012522 y 0012492, y la medida complementaria de ejecución 0010016, de fecha 22 de noviembre de 2023, que dispuso la clausura temporal de su taller), en tanto son actos administrativos emitidos por una municipalidad a criterio de este Colegiado pueden ser impugnados en la vía ordinaria. En efecto, el proceso contencioso-administrativo cuenta con una estructura idónea para la revisión de la pretensión planteada por la parte demandante, pues se constituye en una vía célere y eficaz respecto del amparo, donde puede evaluarse si las citadas actuaciones administrativas fueron debidamente emitidas y si resultan contrarias a los derechos invocados por el demandante.