[Posición adoptada: Al revocarse la resolución que declara fundada en parte una solicitud de sobreseimiento y reformársela se declara infundada dicha solicitud, se ordena que se continúe con el proceso conforme a su estado (por el mismo Juzgado).]
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE JUNÍN
PLENO JURISDICCIONAL DISTRITAL DE DERECHO PENAL Y PROCESAL PENAL AÑO JUDICIAL 2021
CONCLUSIONES FINALES
El señor presidente de la Comisión de Actos Preparatorios y las juezas y jueces integrantes de la Sub comisión de Actos Preparatorios del Pleno Jurisdiccional Distrital de Penal y Procesal Penal de la Corte Superior de Justicia de Junín para el año 2021. Dejan constancia de la realización del Pleno Jurisdiccional Distrital de Derecho Penal y Procesal Penal, el día viernes 13 de agosto de 2021, con la concurrencia de los señores jueces superiores, jueces especializados y jueces mixtos, siendo el detalle el siguiente:
Se inició el evento con las palabras de bienvenida a cargo del Dr. Timoteo Cristobal De la Cruz, la inauguración a cargo del Dr. Luis Miguel Samaniego Conidio exposición de las partes metodológicas del Pleno Jurisdiccional Distrital de Penal Procesal Penal a cargo del Dr. Omar Atilio Quispe Cama.
[…]
TEMA N.° 03
Recusación del Juez de Investigación Preparatoria en la Etapa Intermedia
En la etapa intermedia ¿Puede recusarse o apartarse al Juez de Investigación Preparatoria de seguir conociendo una causa porque emitió una resolución contraria al requerimiento fiscal (de sobreseimiento o de acusación)?
Primera ponencia:
Debe apartarse del caso al Juez que emitió una resolución discrepando de la opinión del Ministerio Púbico y elevó en consulta un requerimiento de sobreseimiento, logrando que la Fiscalía Superior ordene que se formule un requerimiento acusatorio. Dicho Juez ya no debe conocer el nuevo requerimiento fiscal (acusatorio).
Segunda ponencia:
Al revocarse la resolución que declara fundada en parte una solicitud de sobreseimiento y reformársela se declara infundada dicha solicitud, se ordena que se continúe con el proceso conforme a su estado (por el mismo Juzgado).
VOTACIÓN:
Producida la votación de las posiciones arribadas, el cómputo es como sigue:
- Por la primera posición: Total de 1 voto
- Por la segunda posición: Total de 11 votos
- Abstenciones: Total de 6 votos
CONCLUSIÓN PLENARIA:
El Pleno adoptó por mayoría la segunda ponencia.
FUNDAMENTOS DE ACUERDO DE LAS ACTAS:
Grupo N.° 01: Los magistrados por mayoría refieren que. al revocarse la resolución que declara fundada en parte una solicitud de sobreseimiento y reformándola se declara infundada dicha solicitud, se ordena que se continúe con el proceso conforme a su estado (por el mismo juzgado).
Grupo N.° 02: La mayoría de los magistrados indican que la propia norma establece que el Juez puede elevar en consulta, no es un acto de propia decisión del juez, sino que la norma le permite. Además, el propio legislador ha considerado que solo al fiscal se aparta porque emite un pronunciamiento de fondo contrario a la primera pretensión de sobreseimiento -acusación, pero el juez sigue ejerciendo su labor que es controlar la etapa intermedia, por lo tanto no podría decirse que el Juez habría adelantado opinión.
Firman la presente acta el presidente de la comisión distrital de plenos, así como las secretarias técnicas de la misma comisión.
Continua…