Fundamentos destacados: Cuarto: De la glosa efectuada en el tercer considerando se tiene que estableciendo el Código Civil de manera textual que el hijo matrimonial (nacido durante el matrimonio o dentro de los 300 días siguientes a su disolución) debe llevar el primer apellido de su padre y el primer apellido de su madre; consecuentemente, la norma está impidiendo que el hijo tenga más de dos apellidos, evitando que se genere un apellido compuesto3 ; es decir, la norma no autoriza anexar el apellido materno de la línea paterna o materna al nombre de una persona. Por lo que el pedido de adición de nombre efectuado por los demandantes señores xxxx xxxx xxxx De la xxxx y xxxx xxxx xxxx, deviene en infundado.
Quinto: No está demás hacer mención de que argumentar el reconocimiento o prestigio nacional que pueda tener el apellido Paz De la Barra, no es razón justificante para efectuar la adición de nombre, esto es anexar el apellido materno de la línea paterna al primer apellido del titular registral, menor Boris Rodrigo Paz Zumaeta; conforme también lo establece el artículo 29 del Código Civil[4] . Toda vez de que, como se reitera, la norma sustantiva civil no lo autoriza.
1° JUZGADO CIVIL
EXPEDIENTE : 00368-2011-0-0501-JR-CI-01
MATERIA : ADICION DE NOMBRE
ESPECIALISTA : EFRAIN AYALA TUPIA
MINISTERIO PUBLICO : MINISTERIO PUBLICO CIVIL Y DE FAMILIA ,
DEMANDANTE : PAZ DE LA BARRA, BORIS MICHEEL y ZUMAETA COLLANTES, LIBANY
SENTENCIA
Resol. No. 07.-
Ayacucho, veinte de abril de dos mil doce.-
VISTOS: El proceso caratulado como Exp. No. 00513-2010-0-0501-JR-CI-1, seguido por xxxx xxxx xxxx De la xxxx y otra, sobre Adición de Nombre.
I.- PARTE EXPOSITIVA:
1.1 PETITORIO:
Los demandantes xxxx xxxx xxxx De la xxxx y xxxx xxxx xxxx, pretenden que el órgano jurisdiccional autorice la adición de apellido materno del progenitor, al primer apellido del titular registral, menor, xxxx xxxx xxxx xxxx. Esto es, se adicione a su primer apellido de Paz el apellido materno de su progenitor De la xxxx; para que de esta manera su primer apellido se genere en compuesto, respondiendo al de xxxx De la xxxx. Consecuentemente, de ser amparada la pretensión de los accionantes, la identidad definitiva de su menor hijo debe quedar registrado como xxxx xxxx xxxx DE LA xxxx xxxx.
1.2 FUNDAMENTOS DE HECHO DE LA DEMANDA
Expresan los demandantes que con fecha 12 de abril del 2011, inscribieron a su menor hijo, en el Registro Civil de la Municipalidad Provincial de Huamanga, con el nombre de Boris Rodrigo Paz Zumaeta. Añaden que el pedido de autorización judicial para la adición de nombre se sustenta en razón de que los apellidos del progenitor, xxxx xxxx xxxx De la xxxx, es un apellido de prestigio a nivel nacional; además resulta de conocimiento público que el progenitor del menor, es un abogado reconocido a nivel regional, por analizar los problemas coyunturales desde el punto de vista técnico jurídico, además de sus pronunciamientos contra la violación de derechos laborales y actos de corrupción, mediante conferencias y medios de comunicación. Asimismo señala que existe otros casos similares, como son los casos de sus sobrinos, que tienen los dos apellidos paternos de su progenitor xxxx xxxx De la xxxx; ello son xxxx xxxx y xxxx xxxx xxxx De la xxxx xxxx.
1.3 FUNDAMENTOS JURIDICOS DE LA DEMANDA:
El demandante como fundamentos jurídicos de la demanda hace mención a los artículo 29° y 30° del Código Civil.
1.4 ACTOS DEL PROCESO
Admitida la demanda mediante auto de fojas dieciocho, se dispuso el emplazamiento con la demanda al Representante legal del Ministerio Público, el mismo que mediante escrito de fojas veintiuno, dedujo la nulidad del emplazamiento y solicitó se excluya del proceso como parte al Ministerio Público, petición que fue resuelta mediante resolución número cuatro de fojas treinta y nueve, excluyéndose del presente proceso al Ministerio Público, la misma que ordenó integrar el auto admisorio y mandó publicar un extracto del referido acto procesal y señaló fecha para llevar a cabo la Audiencia de Saneamiento, Conciliación y/o Fijación de Puntos Controvertidos y Saneamiento Probatorio, acto procesal que se llevó a cabo conforme consta del acta inserta en autos, acto en el cual se ha declarado saneado el proceso así como válida la relación jurídica procesal, se ha admitido los medios probatorios y atendido a que los mismos son pruebas documentales se ha prescindido la audiencia de pruebas, quedando expedita la causa para ser resuelta.
[Continúa…]
![No se vulnera el derecho de defensa si la acusación contiene una calificación alternativa de un mismo delito en forma «dolosa» y «culposa» (Ministerio Público efectuó imputación principal por el delito de homicidio simple por dolo eventual y, como pretensión subsidiaria, por el delito de homicidio culposo contra el médico que inyectó aceite de silicona líquida en los glúteos de la agraviada, conociendo los efectos nocivos de esta sustancia) [Casación 82-2012, Moquegua, f. j. 6] Homicidio - cuchillo - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/04/Homicidio-cuchillo-LPDerecho-218x150.jpg)
![La acusación fiscal debe ser motivada e íntegra, pues exige una fundamentación suficiente, lógica e integral de la pretensión fiscal; además, debe satisfacer un estándar mínimo de suficiencia que permita a la defensa preparar su teoría del caso en juicio (doctrina jurisprudencial) (caso César Acuña) [Casación 760-2016, La Libertad, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/Instituto-Medico-Legal-Ministerio-Publico-Fiscalia-LP-Derecho-218x150.jpg)
![Si varias personas participaron en el robo, no es exigible que al único capturado se le encuentre en posesión del bien sustraído para que responda por el delito [RN 531-2025, Lima, f. j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)




![¿Cuál es la primera oportunidad que tiene el trabajador para rechazar la indemnización por despido arbitrario? [Cas. Lab. 41369-2022, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
![Para la configuración de una infracción insubsanable, el inspector debe demostrar que el incumplimiento ha generado un efecto irreversible [Resolución 0282-2026-SUNAFIL/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunafil-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)

![¿Es válido el despido del trabajador por miccionar en una bolsa dentro del área de trabajo y dejarla expuesta a la vista de sus compañeros? [Cas. Lab. 8119-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/Trabajandor-LPDerecho-218x150.png)



![Dos características definitorias del ejercicio del derecho de resistencia: su carácter no violento, y la necesidad de que pretenda la pública exaltación de principios constitucionales establecidos (Colombia) [Sentencia T-571/08, f. j.16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)
![Indecopi declara ilegales requisitos del MTC para centros de inspección vehicular [Res. 0068-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Sunarp aprueba la ampliación del servicio de certificado literal de título archivado vía SPRL [Resolución 00035-2026-Sunarp/SN] Cierres duplicidad partidas registrales](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/BANNER-SUNARP-PLATAFORMA-VIRTUAL-LP-DERECHO-218x150.jpg)
![Autorizan graduación anticipada de 5655 policías por razones de interés nacional [Decreto Supremo 002-2026-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/policia-nacional-peru-pnp-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Tienen carácter vinculante las opiniones del OSCE/OECE? [Opinión 211-2017/DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)












![Dos requisitos de forma de la acusación escrita: fundamentación fáctica (relación circunstancial, temporal y espacial de los hechos punibles); y la calificación jurídica (subsunción del hecho en un tipo delictivo y en las normas correspondientes del Código Penal, incluso el grado de consumación y el tipo de intervención delictiva) [Casación 862-2018, Lima, f. j. 3] Suprema explica qué es la «acusación fiscal», su naturaleza, requisitos y elementos](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/08/Casacion-862-2018-Lima-LP-218x150.png)



![Multan al BCP por incumplir con el beneficio «cashback» ofrecido a usuario de tarjeta de crédito [Res. Final 0014-2026/Indecopi-AQP]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/Indecopi-inicio-investigacion-preliminar-al-BCP-ante-reclamos-reportados-LPDERECHO-100x70.jpg)




![No se vulnera el derecho de defensa si la acusación contiene una calificación alternativa de un mismo delito en forma «dolosa» y «culposa» (Ministerio Público efectuó imputación principal por el delito de homicidio simple por dolo eventual y, como pretensión subsidiaria, por el delito de homicidio culposo contra el médico que inyectó aceite de silicona líquida en los glúteos de la agraviada, conociendo los efectos nocivos de esta sustancia) [Casación 82-2012, Moquegua, f. j. 6] Homicidio - cuchillo - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/04/Homicidio-cuchillo-LPDerecho-100x70.jpg)


![¿Qué debe hacer un copropietario para disponer de su cuota ideal del bien? [Casación 314-2018, Lima] copropietario-disponer-cuota-ideal-del-bien-casacion-314-2018-lima-LPDERECHO](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/05/copropietario-disponer-cuota-ideal-del-bien-casacion-314-2018-lima-LPDERECHO-324x160.jpg)