Fundamento destacado: 8.- En este orden, mientras que la condición resolutoria consiste en un evento futuro e incierto, que puede establecerse en cualquier acto jurídico (unilateral o bilateral), que es independiete de las obligaciones impuestas a las aprtes por el acto jurídico, y que produce sus efectos ipso iure, la cláusula resolutoria tiene como presupuesto el incumplimiento de la obligación a cargo de una de las partes sólo cabe pactarlo expresamente en un contrato con prestaciones recíprocas y no opera de pleno derecho. En efecto la cláusula resolutoria expresa o «pacto comisorio» se define como el convenio por el cual los contratantes acuerdan que el contrato se resuelve si una de las partes incumple o no ejecuta una prestación a su cargo. La resolución no se produce si la parte fiel no comunica a la infiel que desea hacer efectiva la resolución […]
Lea también: Congreso de Jurisprudencia Civil: 40 años del Código Civil. Sábado, 4 de mayo
Sumilla: No debe confundirse cláusula resolutoria con condición resolutoria. La primera, también denominada pacto comisorio se define como el convenio por el cual los contratantes acuerdan que el contrato resuelve si una de las partes incumple o no ejecuta una prestación a su cargo. La resolución no se produce si la parte fiel no comunica a la infiel que desea hacer efectiva la resolución. Es propia de los contratos bilaterales o con prestaciones recíprocas. Es propia de la condición resolutoria cabe pactarla en cualquier tipo de acto jurídico y consiste en el cumplimiento en un hecho distinto al cumplimiento de una obligación contractual, pudiendo tratarse de un hecha natural o humano, sus efectos de producen de pleno derecho sin que ninguna de las partes deba desarrollar una conducta adicional.
SUNARP
TRIBUNAL REGISTRAL
Trujillo, dieciséis de febrero de dos mil cinco
APELANTE: EMILIO DAVID TOLEDO JARAMILLO
TÍTULO: 33475 del 21 de Octubre de 2005
RECURSO: 035-2005
REGISTRO: PREDIOS
ACRO: REVERSIÓN DE DONACIÓN
I. ACTO CUYA INSCRIPCIÓN SE SOLICITA Y DOCUMENTACIÓN PRESENTADA
Con el título de la introducción, la Municipalidad Provincial de Huamachuco solicitó la inscripción de la reversión del inmueble ubicado entre la Av. 10 de Julio Jr. Sánchez Carrión, Jr. Basurto y Jr. Ponce de León s/n de la caducidad de Huamachuco. Mediante escritura pública 16-12-1998 otorgada ante el notario Fernando Antonio Galarreta Paredes, la Municipalidad había donado el referido inmueble a favor del Ministerio de Pesquería con el fin de que sea utilizado exclusivamente como frigorífico pesquero.
Sin embargo mediante acta de constatación del 05-04-2004 se verificó que el inmueble se encontraba completamente abandonado y sin ningún mantenimiento lo que determinó que la Municipalidad, mediante Ordenanza Municipal 009-MPSC del 24-06-2004, inserta en el título.
Forma parte del título de la escritupa pública 15-09-2004, otorgada ante el notario Antonio de Gracia Vásquez, sobre reversión de donación. Obra inserta en ella el acta de constatación de hechos, la aprte pertinente del acta de sesión ordinaria de Concejo 36 del 14-04-2004, que acuerda disponer la reversión al municipio del terreno donado al Ministerio de Pesquería y la Ordenanza Municipal 009-MPSC del 24-06-2004 que revierte a favor de la Municipalidad el inmueble donado.
[Continúa…]
Descargue en PDF la resolución

![El fiscal superior no está obligado a notificar a las partes su avocamiento a la elevación de actuados [Queja NCPP 1367-2023, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El pago de la reparación civil se transmite a los herederos del causante, quienes asumen la responsabilidad bajo el principio «intra vires hereditatis» (hasta el límite del valor de los bienes efectivamente heredados) [Exp. 12-2021-10-5001-JS-PE-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La demora en rendir cuentas no equivale a la apropiación de caudales; de ahí que la jurisprudencia suprema le dé valor como indicio (ánimo de apropiación) y no como elemento de atribución directa [RN 1105-2024, Loreto, ff. jj. 16.6 y 16.7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Cuatro principales características del arbitraje: (i) autonomía (se despliega dentro del marco de la Constitución y la ley), (ii) solemnidad (se lleva a cabo de manera formal y ritualista), (iii) reserva (se desarrolla con sigilo y discreción) y (iv) vinculatoriedad (genera consecuencias jurídicas obligatorias para las partes sometidas al arbitraje) [Exp. 008-2005-Pl/TC, f. j. 38]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![La atención médica «culturalmente aceptable» implica que el personal de salud debe considerar las particularidades y necesidades del paciente al momento de brindarle información, entre ellas, su cultura, idioma, religión, estilo de vida así como nivel educativo [Ramos Durand y otros vs. Perú, f j. 129]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VIVO] Clase modelo sobre Prescripción adquisitiva seguida por asociaciones de vivienda y la prescripción adquisitiva en contra y a favor del Estado. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-MODELO-Juan-carlos-astuhuaman-valverde_Prescripcion-adquisitiva-seguida-por-asociaciones-de-vivienda_LP-218x150.jpg)




![Destituyen a secretario judicial por adulterar escritura pública de compraventa y cambiar monto del predio [Queja Odecma 419-2016-Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/Destituyen-a-servidor-judicial-sindicado-de-desviar-depositos-judiciales-ascendentes-a-S10-000-con-ayuda-de-sus-familiares-LPDERECHO-218x150.jpg)

![TUO de la Ley del Mercado de Valores (Decreto Supremo 020-2023-EF) (DL 861) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/TUO-de-la-Ley-del-Mercado-de-Valores-LPDerecho-218x150.png)
![Ley General del Sistema Concursal (Ley 27809) [actualizada 2026] Ley General del Sistema Concursal • Ley 27809](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/07/Ley-27809-LP-218x150.png)
![Ley General de Sociedades (Ley 26887) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-REGLAMENTO_ley-general-de-sociedades_derecho-societario-218x150.jpg)














![Para la independización de un predio sujeto a copropiedad se requiere la intervención de todos los copropietarios (conforme al inc. 1 del art. 971 CC); el bien se independiza a favor de todos los copropietarios, toda vez que la independización no pone fin a la copropiedad [Res. 2048-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/BANNER-SUNARP-LOGO-lp-derecho-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre Prescripción adquisitiva seguida por asociaciones de vivienda y la prescripción adquisitiva en contra y a favor del Estado. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-MODELO-Juan-carlos-astuhuaman-valverde_Prescripcion-adquisitiva-seguida-por-asociaciones-de-vivienda_LP-324x160.jpg)
![Para la independización de un predio sujeto a copropiedad se requiere la intervención de todos los copropietarios (conforme al inc. 1 del art. 971 CC); el bien se independiza a favor de todos los copropietarios, toda vez que la independización no pone fin a la copropiedad [Res. 2048-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/BANNER-SUNARP-LOGO-lp-derecho-100x70.jpg)
![TUO de la Ley del Mercado de Valores (Decreto Supremo 020-2023-EF) (DL 861) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/TUO-de-la-Ley-del-Mercado-de-Valores-LPDerecho-100x70.png)
![Cuatro principales características del arbitraje: (i) autonomía (se despliega dentro del marco de la Constitución y la ley), (ii) solemnidad (se lleva a cabo de manera formal y ritualista), (iii) reserva (se desarrolla con sigilo y discreción) y (iv) vinculatoriedad (genera consecuencias jurídicas obligatorias para las partes sometidas al arbitraje) [Exp. 008-2005-Pl/TC, f. j. 38]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-100x70.png)
![La atención médica «culturalmente aceptable» implica que el personal de salud debe considerar las particularidades y necesidades del paciente al momento de brindarle información, entre ellas, su cultura, idioma, religión, estilo de vida así como nivel educativo [Ramos Durand y otros vs. Perú, f j. 129]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-100x70.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre Prescripción adquisitiva seguida por asociaciones de vivienda y la prescripción adquisitiva en contra y a favor del Estado. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-MODELO-Juan-carlos-astuhuaman-valverde_Prescripcion-adquisitiva-seguida-por-asociaciones-de-vivienda_LP-100x70.jpg)