FUNDAMENTO DESTACADO: Sexto.- También está probado en autos y conforme ha sido valorado por la Sala Superior, que con las actas de acuerdo, el acta de negociación de trato directo y el acta de conciliación, se advierte que el Asentamiento Humano Los Olivos de Pro Sector “C”, reconoce el derecho de propiedad de la demandada, Asociación de Trabajadores Adjudicatarios de la Hacienda Pro sobre los terrenos que invadieron los integrantes del referido Asentamiento Humano, entre los que se encuentra el lote de terreno sub materia, y respecto de los cuales existieron negociaciones para concretar la venta de estos a favor de los pobladores del Asentamiento Humano, y que si bien ello no se llegó a concretar, la demandada, defendiendo su condición de propietaria, la que conforme se aprecia del Acta de Entrega de fecha diez de abril de mil novecientos ochenta, obrante a fojas setenta y cinco, adquirió por parte de la empresa Urbanizadora Pro S.A. en calidad de indemnización, en su condición de trabajadora agrícola estable del Fundo Pro, ha venido requiriendo a la ahora demandante, Martha Teulinda Diaz Balbuena, la restitución de predio sub litis. De todo lo cual, se desprende que la demandante, siendo integrante del Asentamiento Humano Los Olivos de Pro Sector “C”, ha reconocido la propiedad de la demandada Asociación de Trabajadores Adjudicatarios de la Hacienda Pro, siendo entonces que su posesión sobre el bien sub litis, a partir del quince de noviembre de mil novecientos ochenta y nueve, no se ha dado a título de propietaria, pues el Asentamiento Humano, al que pertenece, ha buscado adquirir la propiedad por parte de la Asociación demandada, no habiendo la demandante acreditado haberse opuesto a estas negociaciones o a este reconocimiento de propiedad, lo que corrobora su anuencia con las tratativas incoadas por
el Asentamiento Humano del cual era parte.
Sumilla: Para poder adquirir por prescripción adquisitiva de dominio es necesario que la posesión cumpla con los presupuestos previstos en el artículo 950, del Código Civil y que ésta se dé como propietario. Cualquier reconocimiento expreso o tácito del derecho del dueño interrumpe la prescripción por faltar el título de dueño.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
SALA CIVIL PERMANENTE
CASACIÓN N.° 2602-2018, LIMA NORTE
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO
Lima, veinticinco de noviembre de dos mil veintidós
LA SALA CIVIL PERMANENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA: vista la causa número dos mil seiscientos dos del año dos mil dieciocho y el voto de la jueza suprema Echevarría Gaviria, quien se adhiere al voto de los jueces supremos Ordoñez Alcántara, Arriola Espino y Ruidias Farfán; se emite la presente sentencia.
I. ASUNTO
Se trata del recurso de casación interpuesto por la demandante, Martha Teulinda Díaz Balbuena, de fecha diez de mayo de dos mil dieciocho, obrante a fojas quinientos sesenta, contra la sentencia de vista de fecha veintitrés de marzo de dos mil dieciocho, obrante a fojas quinientos seis, que revocó la sentencia apelada de fecha dieciséis de junio de dos mil diecisiete, obrante a fojas trescientos noventa y ocho, que declaró fundada la demanda; y reformándola declararon infundada la demanda de prescripción adquisitiva de dominio.
II. ANTECEDENTES
1. Demanda Previamente a la absolución del recurso de casación sub examine es necesario hacer un breve recuento de lo acontecido en el proceso. En tal sentido se aprecia que mediante escrito de fecha tres de diciembre de dos mil catorce, obrante a fojas treinta y ocho, la demandante, Martha Teulinda Díaz Balbuena, interpuso demanda de prescripción adquisitiva de dominio, señalando las siguientes pretensiones:
– Pretensión principal: se le declare propietaria por prescripción adquisitiva, del inmueble ubicado en la manzana “P”, lote 08, del Asentamiento Humano Los Olivos de Pro, sector C, parcela C, distrito de San Martin de Porres, provincia y departamento de Lima, con un área de 120 metros cuadrados, perímetro 52.00 ml, inscrito en la Partida N.° P01173320 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima.
– Pretensión accesoria: la cancelación del asiento registral inscrito a favor de la demandada, disponiéndose la inscripción de su derecho de propiedad por prescripción.
[Continúa…]
![Tráfico de influencias en cadena: el Código Penal peruano no sanciona al que «influyere en otro funcionario prevaliéndose de su relación con este o con otro funcionario», a diferencia del Código Penal español (un funcionario invocó tener influencias para interceder ante la hija del presidente del JNE) [Casación 2661-2023, Lima, f. j. 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La mención pericial de una «tendencia a mentir» no desvirtúa la incriminación de la agraviada, pues fue objeto de confrontación pericial; su narración fue lógica y coherente y se ratificó tanto en su declaración preventiva como en el juicio oral [Exp. 04626-2024-PHC/TC, f. j. 17] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)


![TC: «La cantidad de preguntas realizadas o el tiempo que se hubiera extendido el examen oral de cada postulante a notario no constituyen indicadores idóneos para determinar la transgresión al derecho de acceso a la función pública en condiciones de igualdad» [Exp. 05013-2022-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Consumación en el delito de extorsión en cobro en cadena (coautoría ejecutiva) [Expediente 249-2025-26, f. j. 14-15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/GIAMMPOL-AUTO-REVOCATORIA-PERIODO-PRUEBA-LPDERECHO3-1-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











![La prueba de la propiedad no solo comprende el último título, toda vez que este depende directamente de la validez de los títulos anteriores [Casación 6468-2019, Puno, ff. jj. 7-11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-FIRMA-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Suprema interpreta artículo 37 del TUO 728: el despido no puede deducirse y la carga de la prueba corresponde al trabajador [Casación 15624-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadores-reunion-jefe-gritos-mal-ambiente-laboral-oficina-despido-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Puede un funcionario público patrocinar a particulares en procesos contra la misma entidad donde labora? [Informe Técnico 947-2025-Servir-GPGSC] Servir](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Autoridad-Nacional-del-Servicio-Civil-LP-Derecho-218x150.png)
![Suprema fija plazo de 20 días para impugnar laudos económicos que resuelven una negociación colectiva bajo la Ley 31188 [Apelacion 2510-2024, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Varias organizaciones sindicales pueden negociar en conjunto si ninguna alcanza el cincuenta por ciento más uno de afiliados? [Informe Técnico 1269-2025-Servir-GPGSC] sindicato licencia sindical](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/sindicato-licencia-sindical-LPDerecho-218x150.png)
![No existe limitación en la Constitución en relación con la legitimidad del fiscal de la Nación para interponer demandas de inconstitucionalidad [Exp. 0001-2012-PI/TC, f. j. 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/LIMITACION-CONSTITUCION-FISCAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Reglamento de faltas disciplinarias y graduación de sanciones para servidores del sistema penitenciario nacional [DS 020-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Guía de práctica clínica para el tamizaje y diagnóstico del cáncer de mama [RM 725-2025/Minsa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/08/Cancer-de-mama-LPDerecho-218x150.jpeg)
![Declaran la primera semana de noviembre de cada año Semana de Lucha contra el Dengue [RM 728-2025/Minsa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DENGUE-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Modifican el Reglamento del Código de Ejecución Penal para reforzar el régimen cerrado especial [DS 019-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/06/reo-encarcelado-esposado-detenido-penitenciario-carcel-LPDerecho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[VIDEO] Hay jueces que rechazan cautelares porque «el caso es complejo», advierte Giovanni Priori en LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/JUECES-RECHAZAN-CAUTELARES-GIOVANNI-LPDERECHO-218x150.jpg)




![URGENTE: Lea la resolución que condena a Guillermo Bermejo a 15 años de cárcel por «pertenencia» a Sendero Luminoso [Exp. 00059-2015-0-5001-JR-PE-01] Guillermo Bermejo-sentencia](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/Guillermo-Bermejo-sentencia-LP-Derecho-100x70.png)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Reglamento de faltas disciplinarias y graduación de sanciones para servidores del sistema penitenciario nacional [DS 020-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-4-LPDerecho-324x160.jpg)
![Guía de práctica clínica para el tamizaje y diagnóstico del cáncer de mama [RM 725-2025/Minsa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/08/Cancer-de-mama-LPDerecho-100x70.jpeg)

![TC: «La cantidad de preguntas realizadas o el tiempo que se hubiera extendido el examen oral de cada postulante a notario no constituyen indicadores idóneos para determinar la transgresión al derecho de acceso a la función pública en condiciones de igualdad» [Exp. 05013-2022-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-100x70.jpg)
![Declaran la primera semana de noviembre de cada año Semana de Lucha contra el Dengue [RM 728-2025/Minsa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DENGUE-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Reglamento de faltas disciplinarias y graduación de sanciones para servidores del sistema penitenciario nacional [DS 020-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-4-LPDerecho-100x70.jpg)
![Si el agraviado vio al acusado antes del reconocimiento en rueda, ello invalida su valor probatorio [Casación 1148-2018, Puno]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/06/robo-LPDerecho-5-324x160.png)