Multan a Walon con 150 UIT por usar marcas similares a Kipling sin autorización [Res. 0123-2025/TPI-Indecopi]

En noviembre de 2021, la empresa estadounidense Kipling Apparel Corp., reconocida por sus mochilas y bolsos, denunció ante Indecopi a Walon Sport S.A., firma peruana dedicada a la fabricación de ropa y accesorios deportivos.

Lee también:Multan con 51 UIT a Mr. Músculo por publicidad engañosa al afirmar que «mata el 99.9% de los gérmenes» [Res. 004-2025/CCD-Indecopi]

Kipling acusó a Walon de comercializar mochilas, carteras, canguros y loncheras con signos visualmente similares a sus marcas registradas, sin contar con su autorización. La denuncia incluyó no solo la venta en locales físicos de Walon, sino también en su tienda virtual.

La empresa solicitó inspecciones presenciales en varios puntos de venta, así como el cese inmediato de la comercialización de los productos cuestionados. Las medidas cautelares fueron concedidas por el Indecopi en noviembre de 2021.

Inscríbete aquí Más información

Indecopi halló infracción y multó a Walon con 150 UIT

Tras analizar el caso, la Comisión de Signos Distintivos del Indecopi emitió la Resolución 3900-2022/CSD-INDECOPI, en la que declaró fundada la denuncia por infracción a los derechos de propiedad industrial. Se concluyó que Walon usó signos visualmente similares a las marcas de Kipling, generando riesgo de confusión en el público.

Como consecuencia, se impuso una multa de 150 UIT (equivalente a S/ 690 000 en ese año) y se ordenó que Walon asuma el pago de costas (S/ 1 191.03) y costos del procedimiento (US$ 4 355.13).

Walon apeló alegando falta de motivación y exceso en los honorarios

La empresa sancionada apeló en julio de 2022, cuestionando principalmente el pago de los costos (honorarios de abogados) fijado por el Indecopi. Walon alegó que la resolución carecía de una motivación adecuada para justificar ese monto, que los comprobantes presentados no demostraban relación directa con el caso y que los honorarios excedían los parámetros establecidos por el Colegio de Abogados de Lima.

Sala del Indecopi confirmó la sanción en todos sus extremos

Mediante la Resolución 0123-2025/TPI-INDECOPI, emitida el 29 de enero de 2025, la Sala Especializada en Propiedad Intelectual declaró infundado el recurso de apelación de Walon y confirmó la resolución de primera instancia.

La Sala sostuvo que sí existía motivación suficiente: las boletas de pago detallaban claramente que los honorarios estaban vinculados al caso contra Walon; incluso una de ellas mencionaba el número de expediente. Además, Kipling acreditó el pago de tributos y el uso de medios bancarios, cumpliendo con los requisitos legales.

Lee también: Multan a Nestlé por sopa «de gallina» con nombre e imagen de gallina… pero sin carne de gallina (publicidad engañosa) [Res. 036-2025/CCD-Indecopi]

Caso cerrado en sede administrativa, pero aún impugnable en el Poder Judicial

La resolución es definitiva en la vía administrativa, por lo que solo podría ser cuestionada a través de una demanda contencioso-administrativa ante el Poder Judicial. A lo largo del procedimiento, Walon nunca reconoció la infracción y se mantuvo en desacuerdo con cada decisión del Indecopi.

LP Pasión por el Derecho fue el primer medio en acceder a la Resolución 0123-2025/TPI-Indecopi, que detalla las sanciones a Walon Sport. Se solicita que, al hacer uso de esta información, los medios citen adecuadamente a nuestra fuente.

Inscríbete aquí Más información


TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Sala Especializada en Propiedad Intelectual

RESOLUCIÓN N° 0123-2025/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 922497-2021/

DENUNCIANTE: KIPLING APPAREL CORP.
DENUNCIADA: WALON SPORT S.A.

Denuncia por infracción – Liquidación de costas y costos

Lima, veintinueve de enero de dos mil veinticinco.

I. ANTECEDENTES

A. Procedimiento de infracción

Con fecha 5 de noviembre de 2021, Kipling Apparel Corp. (Estados Unidos de América) interpuso denuncia por infracción a los derechos de Propiedad Industrial contra Walon Sport S.A. (Perú), al amparo de las siguientes marcas:

Señaló que Walon Sport S.A. viene comercializando y distribuyendo morrales, mochilas, bolsos, carteras, maletines, porta celulares, canguros y loncheras con signos sustancialmente similares a las marcas registradas a través de sus locales comerciales y su página web, sin contar con su autorización. Por lo anterior, solicitó -entre otros aspectos- que se pague a su favor las costas y costos del procedimiento.

Asimismo, solicitó lo siguiente:

– Que se realice una diligencia de inspección y con escrito de fecha 25 de noviembre de 2021, solicitó que se realice tres inspecciones adicionales en los locales de la denunciada.

– El dictado de medidas cautelares de cese de uso y comiso, las cuales fueron concedidas por la Primera Instancia mediante Resolución del 11 de noviembre de 2021. Con escrito de fecha 5 de enero de 2022, dichas medidas cautelares fueron apeladas por Walon Sport S.A.; asimismo, la referida apelación fue absuelta con escrito de fecha 14 de marzo de 2022 por Kipling Apparel Corp.

[Continúa …]

Descargue en PDF el documento completo

Inscríbete aquí Más información

Comentarios: