El Ministerio Público expresó su rechazo al Proyecto de Ley 3577/2022-CR, aprobado en primera votación en el Congreso, por considerar que modifica la Ley de Extinción de Dominio (Decreto Legislativo 1373) en perjuicio de la lucha contra el crimen y la corrupción, al condicionar el inicio de investigaciones patrimoniales a una sentencia penal firme, lo que podría devolver bienes ilícitos a organizaciones criminales, archivar más de 5592 casos y debilitar la eficacia demostrada desde 2019, periodo en el que se han recuperado 551 millones de soles para el Estado mediante 1419 sentencias; además, exhortó al Congreso a priorizar los intereses de la sociedad y reafirmó su compromiso con la justicia.
MINISTERIO PÚBLICO REPÚBLICA DEL PER
PRONUNCIAMIENTO
Con relación al Proyecto de Ley n.o 3577/2022-CR aprobado en primera votación en el Congreso de la República, que pretende modificar la Ley de Extinción de Dominio, Decreto Legislativo 1373, el Ministerio Público expresa lo siguiente:
La propuesta legislativa colisiona con el orden constitucional y la política criminal que, desde el Estado, se ha venido siguiendo en la lucha contra la adquisición de bienes y fortunas producto de actividades ilícitas reprochables por el ordenamiento jurídico peruano. Dado que la Ley de Extinción de Dominio es una herramienta autónoma del proceso penal, acorde al compromiso de los diversos convenios internacionales asumidos por el Perú. Es, además, un instrumento eficaz para luchar contra el crimen y la corrupción, desmantelando con bastante éxito la criminalidad; por lo tanto:
1.- RECHAZAMOS dicha propuesta legislativa, en tanto que, desde la dación del Decreto Legislativo 1373, Ley de Extinción de Dominio, desde junio de 2019 hasta octubre de 2024, el subsistema de extinción de dominio ha evidenciado su efectividad en la recuperación de bienes y activos vinculados a las actividades ilícitas de tráfico ilícito de drogas, lavado de activos, contrabando, minería ilegal, trata de personas, organización criminal, corrupción de funcionarios y otros; logrando 1419 sentencias fundadas, lo que ha implicado la recuperación de 551 millones de soles, a favor del Estado y en beneficio de la sociedad; convirtiéndose así el Perú, en un referente de la región.
2.- RECHAZAMOS dicho proyecto, porque afecta la autonomía e independencia del proceso de extinción de dominio, condicionando y limitando el inicio de la indagación patrimonial a una sentencia penal firme o consentida; cuya consecuencia no solo sería la devolución de los bienes y activos ilícitos a las organizaciones criminales, sino que estos permanezcan e ingresen al mercado lícito, robusteciendo el capital de la criminalidad; permitiendo que se archiven más de 5592 carpetas fiscales que se encuentran en giro, en las fiscalías especializadas en Extinción de Dominio, a nivel nacional.
3.- RECHAZAMOS su aprobación, puesto que el Estado peruano estaría retrocediendo en la lucha firme y tenaz contra las ganancias, efectos, objeto e instrumento de las organizaciones criminales y transnacionales; retornando a la figura de pérdida de dominio o comiso penal, figuras ya superadas, al no haber obtenido resultados positivos en la lucha contra la criminalidad respecto a sus activos; ocasionado un detrimento para nuestro país.
4.- EXHORTAMOS a los representantes de todas las bancadas del Parlamento para que hagan tangibles y efectivos sus compromisos con la ciudadanía y la comunidad internacional, apartándose de las nefastas consecuencias que se pueden originar con la aprobación final del referido proyecto.
Desde el Ministerio Público hacemos votos para que el interés de la sociedad general prevalezca en nuestro país y reafirmamos nuestro compromiso de actuar con imparcialidad, autonomía y legalidad.
¡El Ministerio Público seguirá investigando y persiguiendo todas las formas de criminalidad!
Lima, 19 de diciembre de 2024