El procedimiento administrativo disciplinario (PAD) se divide en dos (2) etapas: instrucción y decisión. La primera etapa culmina con la remisión del órgano disciplinario instructor al órgano disciplinario sancionador del informe final de instrucción, lo que genera la obligación del órgano sancionador de notificar al servidor público con dicho informe, comunicándole que tiene derecho a pedir un informe oral en el plazo de tres (3) días hábiles a partir del día siguiente de notificado. Este es el modelo de solicitud de informe oral en PAD (autor José María Pacori Cari).
Modelo de solicitud de informe oral en procedimiento disciplinario
EXPEDIENTE Nro.: [identificar / número]
SUMILLA: Solicitud de informe oral ante el órgano sancionador
REFERENCIA: Informe Final de Instrucción N.° [identificar / número]
SEÑOR [indicar el cargo del órgano sancionador] – ÓRGANO SANCIONADOR DEL PAD
[nombres y apellidos del servidor investigado], identificado con DNI N.° [número], con dirección domiciliaria en [dónde vive]; a Ud., respetuosamente, digo:
I. ANTECEDENTE
Con fecha [fecha] se me notificó con el informe final de instrucción del presente PAD que recomienda la aplicación de la sanción de [indicar sanción] al servidor, comunicándome el derecho que me asiste a solicitar informe oral ante el órgano sancionador.
II. BASE LEGAL
1. El artículo 93.2 de la Ley 30057 – Ley del Servicio Civil – establece:
Previo al pronunciamiento de las autoridades del proceso administrativo disciplinario de primera instancia y luego de presentado los descargos, el servidor civil procesado puede ejercer su derecho de defensa a través de un informe oral, efectuado personalmente o por medio de un abogado, para lo cual se señala fecha y hora única.
2. El artículo 112 del Decreto Supremo 040-2014-PCM – Reglamento General de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil – indica:
Una vez que el órgano instructor haya presentado su informe al órgano sancionador, este último deberá comunicarlo al servidor civil a efectos de que el servidor civil pueda ejercer su derecho de defensa a través de un informe oral, ya sea personalmente o a través de su abogado. El servidor civil debe presentar la solicitud por escrito; por su parte, el órgano sancionador deberá pronunciarse sobre esta en un plazo máximo de dos (02) días hábiles, indicando el lugar, fecha u hora en que se realizará el informe oral.
3. El numeral 17.1 (Informe Oral) de la Versión Actualizada de la Directiva N.° 02-2015-SERVIR/GPGSC – Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil – se indica:
Una vez que el Órgano Sancionador recibe el informe del Órgano Instructor, el primero comunica tal hecho al servidor o ex servidor civil en un plazo máximo de dos (2) días hábiles, a efectos de que este pueda -de considerarlo necesario- solicitar un informe oral ante el Órgano Sancionador. La solicitud de informe oral debe ser presentada dentro del plazo de tres (3) días hábiles de notificado el servidor o ex servidor civil. El Órgano Sancionador atiende el pedido señalando lugar, fecha y hora, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Reglamento, debiendo tener en cuenta que el plazo para emitir pronunciamiento sobre la comisión de la falta es de diez (10) días hábiles, prorrogables por igual período de tiempo, debidamente sustentado.
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III. EXPRESIÓN CONCRETA DE LO PEDIDO
Dentro del plazo legal de tres (3) días hábiles de notificado con el informe final de instrucción, ejerzo mi derecho de defensa, solicitando se sirva fijar día y hora para la realización de informe oral en el presente procedimiento administrativo disciplinario (PAD).
POR LO EXPUESTO
Pido a usted tener por solicitado mi pedido de informe oral.
Ayacucho, 10 de febrero de 2026.
[Firma del servidor público investigado]
Sobre el autor: José María Pacori Cari, Maestro en Derecho Administrativo por la Universidad Nacional de San Agustín en el Perú. Miembro Honorario del Ilustre Colegio de Abogados del Cusco. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo




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