Iniciado un procedimiento administrativo disciplinario en contra de un servidor público, este puede finalizar con la imposición de una sanción de destitución contenida en una resolución (acto administrativo), la que puede ser impugnada a través del recurso de apelación que se presenta ante la misma autoridad que resuelve la destitución, quien eleva el expediente al Tribunal del Servicio Civil para que lo resuelva. Este recurso debe cumplir con los requisitos previstos en el artículo 18 del Decreto Supremo 008-2010-PCM, Reglamento del Tribunal del Servicio Civil, que indica:
El recurso de apelación deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) Estar dirigido al órgano que emitió el acto administrativo que se desea impugnar; b) Identificación del impugnante, debiendo consignar su nombre y apellidos completos, domicilio, domicilio procesal, de preferencia se señalará domicilio procesal dentro del departamento en el que tiene su sede el Tribunal, y el número de documento nacional de identidad o carné de extranjería. En caso de actuación mediante representante, se acompañará el poder respectivo; c) El petitorio, que comprende la determinación clara y concreta de la pretensión; d) Los fundamentos de hecho y de derecho que sustentan su petitorio; e) Las pruebas instrumentales, de ser el caso, debiendo enumerarlas correlativamente; f) Copia del documento que contenga el acto administrativo que se impugna, de contar con éste, así como la documentación complementaria en la que se verifique la fecha de su notificación, de ser el caso; g) La firma del impugnante o de su representante; h) La firma de abogado habilitado por el colegio profesional al momento de ejercer la defensa, debiendo consignarse el registro correspondiente.
Asimismo, se debe de cumplir con adjuntar Formato 1, conforme al numeral 7.4 de la Directiva 001-2021-SERVIR-TSC, que indica:
La información detallada en el numeral precedente será registrada en el Formato Nº 1, que en Anexo Nº 1 forma parte de la presente Directiva. Los Administrados presentarán el Formato Nº 1 junto con su recurso de apelación a la Entidad para que sea remitido a la Secretaría Técnica del Tribunal y se genere el Usuario y Clave de Acceso correspondientes.
Modelo de recurso administrativo de apelación en contra de resolución que impone destitución al servidor público
EXPEDIENTE Nro.: (…de contar con número de expediente indicarlo…)
SUMILLA: Interpongo recurso administrativo de apelación
REFERENCIA: (…indicar la resolución que dispone la destitución…)
SEÑOR (…este recurso se dirige al órgano que emitió el acto administrativo que se impugna, por ejemplo, Alcalde de la Municipalidad, Gobernador Regional…)
(…nombres y apellidos del servidor público impugnante…), identificado con Documento Nacional de Identidad Nro. (…), con domicilio real en (…), con domicilio procesal en (…); a Ud., respetuosamente, digo:
Dentro del plazo legal de quince (15) días hábiles que se tiene para apelar,
I. PETITORIO
Como pretensión administrativa impugnatoria principal, interpongo recurso administrativo de apelación para que se declare la nulidad total y/o revoque y/o modifique la Resolución (…identificar la resolución que impone la sanción de destitución…) dejándose sin efecto la sanción de destitución impuesta por las siguientes causales (…puede indicar las siguientes causales, por ejemplo…):
-
- La contravención a la Constitución, a las leyes y/o a las normas reglamentarias (…esta causal implica: la inaplicación de normas materiales y/o procedimentales, la interpretación indebida de normas materiales y/o procedimentales, indebida aplicación de normas materiales y/o procedimentales y/o interpretación distinta de pruebas producidas…).
- El defecto o la omisión de alguno de los requisitos de validez del acto administrativo (…esta causal implica un defecto u omisión en los requisitos de validez: objeto, motivación, finalidad pública, competencia, procedimiento regular…)
- La prescripción de la acción administrativa disciplinaria (…)
- La caducidad del procedimiento administrativo (…)
- La eximente de responsabilidad consistente en (…incapacidad mental, caso fortuito o fuerza mayor, ejercicio de un deber legal, función, cargo o comisión encomendada, error inducido por la administración, actuación funcional en caso de catástrofe o desastres, naturales o inducidos, actuación funcional en privilegio de intereses superiores de carácter social…)
- La atenuante de responsabilidad consistente en (…por ejemplo, subsanación voluntaria…)
Como primera pretensión accesoria, se disponga la eliminación de la inscripción de la sanción de destitución en el registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido.
Como segunda pretensión accesoria, declarado fundado el recurso se disponga el reembolso de los costos del procedimiento administrativo disciplinario.
II. FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
II.1. ANTECEDENTES
- Con fecha (…) se cometió la presunta conducta faltosa.
- Con fecha (…) el jefe de Recursos Humanos tomó conocimiento de la presunta conducta faltosa.
- Con fecha (…) se me notifica el inicio del Procedimiento Administrativo Disciplinario en mi contra (…)
- Con fecha (…) presenté mis descargos ofreciendo como medios probatorios los siguientes (…)
- Con fecha (…) se emite el Informe Final de instrucción que opina (…)
- Con fecha (…) se realiza informe oral ante el órgano de decisión (…)
- Con fecha (…) se me notifica la Resolución que me impone sanción de destitución.
II.2. CUESTIONES DE PURO DERECHO
- Se ha inaplicado el artículo (…) de la (…) que indica (…)
- Se ha interpretado indebidamente el artículo (…) de la (…) que indica (…)
- Se ha aplicado indebidamente el artículo (…) de la (…) que indica (…)
II.3 INTERPRETACIÓN DISTINTA DE PRUEBAS
- Como prueba de cargo se ha actuado (…); sin embargo, esta prueba debe de interpretarse (…)
- Como prueba de descargo se ha actuado (…); sin embargo, esta prueba debe de interpretarse (…)
II.4. NUEVA PRUEBA INSTRUMENTAL
- Estando a la lectura de la resolución que me impone sanción de destitución, ofrezco como nuevo medio de prueba instrumental (…)
- (…)
II.5. PRESCRIPCIÓN
- El artículo 97 del Decreto Supremo 040-2014-PCM –Reglamento de la Ley del Servicio Civil– indica: “97.1. La facultad para determinar la existencia de faltas disciplinarias e iniciar el procedimiento disciplinario prescribe conforme a lo previsto en el artículo 94 de la Ley, a los tres (3) años calendario de cometida la falta, salvo que, durante ese período, la oficina de recursos humanos de la entidad, o la que haga su veces, hubiera tomado conocimiento de la misma. En este último supuesto, la prescripción operará un (01) año calendario después de esa toma de conocimiento por parte de dicha oficina, siempre que no hubiere transcurrido el plazo anterior. 97.2. Para el caso de los ex servidores civiles, el plazo de prescripción es de dos (2) años calendario, computados desde que la entidad conoció de la comisión de la infracción. 97.3. La prescripción será declarada por el titular de la entidad, de oficio o a pedido de parte, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa correspondiente”.
- (…describir las fechas, de acuerdo al plazo de prescripción alegado…)
II.6. CADUCIDAD
- El artículo 259 del Decreto Supremo 004-2019-JUS establece “El plazo para resolver los procedimientos sancionadores iniciados de oficio es de nueve (9) meses contado desde la fecha de notificación de la imputación de cargos. Este plazo puede ser ampliado de manera excepcional, como máximo por tres (3) meses, debiendo el órgano competente emitir una resolución debidamente sustentada, justificando la ampliación del plazo, previo a su vencimiento. La caducidad administrativa no aplica al procedimiento recursivo. Cuando conforme a ley las entidades cuenten con un plazo mayor para resolver la caducidad operará al vencimiento de este. Transcurrido el plazo máximo para resolver, sin que se notifique la resolución respectiva, se entiende automáticamente caducado administrativamente el procedimiento y se procederá a su archivo”.
- (…)
III. PRUEBAS INSTRUMENTALES
Como medios de prueba instrumentales ofrezco los siguientes:
- Sentencia Nro. (…), declarada firme y consentida, con la finalidad de acreditar que el órgano jurisdiccional tiene como hecho probado (…), esto conforme al artículo 254, inciso 2, del TUO de la Ley 27444, que indica: “Considerar que los hechos probados por resoluciones judiciales firmes vinculan a las entidades en sus procedimientos sancionadores”.
IV. ANEXOS
1-A Copia de la Resolución Nro. (…) que me impone sanción de destitución.
1-B Copia del Acto de Notificación de la Resolución Nro. (…) para la verificación de la fecha de su notificación.
1-C (…en caso de ofrecer pruebas instrumentales (documentos), deberá también adjuntarlos al recurso de apelación, por ejemplo, la Copia certificada de la Sentencia Nro. …)
1-D Constancia de Habilitación del Abogado que suscribe la presente
1-E Formato 1 conforme a la Directiva 001-2017-SERVIR/TSC
POR LO EXPUESTO
Pido a usted admitir a trámite el presente recurso y elevarlo al Tribunal del Servicio Civil.
Lima, 16 de junio de 2022
(…firma del servidor público impugnante…)
(…firma del abogado habilitado por el colegio profesional, consignar su registro…)



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