Las personas naturales o jurídicas pueden presentar petición o contradecir actos ante la autoridad administrativa competente, aduciendo el interés difuso de la sociedad. Comprende esta facultad la posibilidad de comunicar y obtener respuesta sobre la existencia de problemas, trabas u obstáculos normativos o provenientes de prácticas administrativas que afecten el acceso a las entidades, la relación con administrados o el cumplimiento de los principios procedimentales, así como a presentar alguna sugerencia o iniciativa dirigida a mejorar la calidad de los servicios, incrementar el rendimiento o cualquier otra medida que suponga un mejor nivel de satisfacción de la sociedad respecto a los servicios públicos (Cfr. Artículo 119, numeral 119.1 y 119.2 Decreto Supremo 004-2019-JUS, Perú).
Modelo de memorial a una autoridad política
Memorial
Señor:
Presidente Constitucional de la República
Los que suscriben la presente, en nuestra calidad de alcaldes de las provincias de […], nos dirigimos a usted para solicitarle tenga a bien disponer [indicar el pedido de interés colectivo, por ejemplo, la suspensión de la veda para la comercialización de árboles de pino…], por los siguientes motivos que pasamos a explicar:
Primero. Desde hace más de […] se ha aplicado sistemáticamente medidas de veda para la comercialización de árboles de pino, lo que ha generado un perjuicio económico a los microempresarios de nuestra jurisdicción que se dedicaban a esta comercialización.
Segundo. Esta veda ha motivado situaciones de informalidad en la venta de tales productos, situación que en algunos casos ha implicado sanciones administrativas y penales a los que han realizado ventas, las que se requerían para la subsistencia de familias dedicadas a esta actividad comercial.
Tercero. Asimismo, se ha producido el cierre de empresas de nuestra jurisdicción lo que ha implicado la reducción de pago de tributos por parte de estas empresas, lo que ha motivado el recorte en la realización de proyectos y obras de la localidad.
Por lo tanto, a usted Señor Presidente solicitamos de manera urgente la suspensión de la veda para la comercialización de árboles de pino en nuestras jurisdicciones y mayor presencia del gobierno central a través de los diferentes ministerios, aplicando un plan estratégico de desarrollo que permita la solución de problemas de matera integral, para lo cual señalamos domicilio común para notificaciones en […].
Ayacucho, 19 de noviembre de 2022.
[nombres y apellidos, números de documentos nacionales de identidad, firmas de los que suscriben la presente, de ser el caso, post firmas]
![Sentencia del TC que declaró la constitucionalidad de la Ley 32107 (que prescribe delitos de lesa humanidad) viola su propia jurisprudencia consolidada y vigente en el ordenamiento jurídico peruano durante más de catorce años y con ello genera riesgos de responsabilidad internacional para el Estado peruano (caso Esterilizaciones Forzadas) [RN 1684-2022, Nacional, ff. jj. 12.2-12.3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El estado laboral de vacaciones de un policía intervenido en flagrancia del delito de tráfico ilícito de drogas configura la circunstancia agravante específica cuando los actos de abuso funcional ocurrieron previamente [Casación 904-2022, Cusco, ff. jj. 24-26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/09/mininter-pnp-contra-el-crimen-LPDERECHO-218x150.jpg)


![No se puede asumir que, en ejercicio del derecho a la objeción de conciencia, al considerar que las resoluciones en otros procesos eran arbitrarias, se pueda justificar su conducta evasiva de la justicia al ocultarse de las autoridades (caso Cerrón Rojas) [Exp. 00062-2021-40-5002-JR-PE-02]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/VLADIMIR-CERRON-DOCUMENTO1-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Los jueces tienen la obligación de no asumir una acepción tácita del silencio, pero si a darle un sentido interpretativo del mismo que pueda ayudar a dilucidar la causa [Casación 2987-2022, Piura f. j. 6.11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






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![Si bien el art. VII del CPConst. establece que los jueces no pueden dejar de aplicar una norma cuya constitucionalidad fue confirmada por el TC, dicha disposición aplicada de forma sistemática con el art. VI del mismo cuerpo normativo, nos permite advertir que persiste la obligación que se estableció en el precedente vinculante recaído en el Exp. 00024-2010-PI/TC [RN 1684-2022, Nacional, f. j. 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)
![Sala prohíbe cautelarmente el uso de los caballos para reprimir multitudes [Expediente 00316-2018-86]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/01/policia-montada-peru-protesta-caballo-LPDerecho-218x150.png)
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![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)





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![¿La persona que no participó en el concurso público puede impugnar sus resultados? [Resolución 1317-2020-Servir]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/07/Resoluci%C3%B3n-1155-2020-Servir-LP-324x160.png)