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CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS NO PERSONALES
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS NO PERSONALES […]
Conste por el presente documento, el contrato de locación de ser- vicios no personales, que celebran, por una parte, […], con RUC […], con domicilio legal en […], debidamente representada por el Sr. […], identificado con DNI […], en su calidad de […], designado mediante Re- solución […], a quien para estos efectos se le denominará «el comitente», y en aplicación de lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley 30225, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo 082-2019-EF (en adelante «la ley»), y el Reglamento aprobado por Decreto Supremo 344-2018-EF y sus modificaciones (en adelante «el reglamento»), y por otra parte, el Sr. […], identificado con DNI […], con RUC […], con domicilio legal en […], a quien en adelante se le denominara «el locador» en los términos y condiciones siguientes:
Cláusula primera: Antecedentes
El comitente es un organismo público […].
Cláusula segunda: Objeto
En virtud del presente proceso de [por ejemplo, Adjudicación de Menor Cuantía 0012-2007-SATH], constituye objeto del presente contrato, la prestación de los servicios no personales, por parte de el locador a el comitente por los servicios de […], establecidos en las funciones consistentes en:
- Apoyar […].
- Desarrollar […].
- Realizar […].
- Otras labores relacionadas que se le asigne.
Cláusula tercera: Plazo del contrato
El presente contrato entra en vigencia a partir del […] hasta el […] y de conformidad con las disposiciones de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo y podrá ser prorrogado por acuerdo de las partes y necesidades ineludibles de el comitente.
Cláusula cuarta: Monto del contrato
Queda entendido y aceptado por las partes que el costo total del ser- vicio, contratado bajo la modalidad de servicios no personales, es por el importe de S/ […], incluido todos los gastos por dicho servicio y el impuesto a la renta, de acuerdo a la propuesta económica aceptada por el locador.
Cláusula quinta: Forma de pago
El comitente pagará en forma mensual mediante emisión de un che- que a nombre de el locador o abonos en cuenta bancaria, previo informe de actividades y visación de conformidad por el jefe inmediato del área usuaria, adjuntando a esta el comprobante de pago de el locador.
Los pagos se efectuarán en moneda nacional dentro de los cinco (5) días hábiles de la presentación del comprobante de pago correspondiente.
Cláusula sexta: Penalidad por incumplimiento del contrato
Queda entendido y aceptado por las partes que el atraso injustificado del cumplimiento de obligaciones se sancionará con arreglo a la normatividad de contratación estatal. La liquidación de la sanción se aplicará con arreglo al informe que emita el funcionario que elabora y suscribe el reporte de conformidad.
Cláusula sétima: Resolución del contrato
Queda entendido y aceptado por las partes que:
a) El comitente tiene la opción de resolver el contrato sin expresión de causa en el momento que lo considere conveniente, por lo que el locador renuncia a cualquier reclamo o indemnización que pudiera generarse como consecuencia de haber operado la resolución contractual. También se podrá resolver el contrato por incumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud del mismo si previamente ha requerido su cumplimiento de acuerdo a las formalidades y requisitos establecidos en la ley y el reglamento, por lo que queda expedito el derecho de la parte afectada para demandar los daños y perjuicios a que hubiere lugar.
b) Asimismo, el comitente podrá resolver el contrato por los perjuicios materiales y económicos que le afecte por el deficiente servicio por parte de el locador sin perjuicio de las acciones penales y civiles que correspondan ejercer a el comitente.
Cláusula octava: Garantías
El locador declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones que se consignan en la cláusula tercera del presente contrato bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado.
Cláusula novena: Solución de controversias
Las partes acuerdan que cualquier controversia que surja desde la celebración del contrato será resuelta mediante el arbitraje, conforme a la ley y a el reglamento.
El laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva.
Cláusula décima: domicilios
Las partes han señalado sus domicilios en la introducción del presente contrato y queda aceptado y entendido por las mismas que el cambio de domicilio de una de ellas tendrá validez si este se ubica dentro de la ciudad de […] y fuera notificada por carta notarial; caso contrario, las notificaciones se cursarán al domicilio indicado en la parte introductoria del presente contrato.
Para los efectos de este contrato, ambas partes se someten a la jurisdicción de los jueces y Tribunales Civiles de […], por lo que hacen renuncia expresa del fuero de su domicilio.
Las partes declaran que en la celebración del presente contrato no media vacío alguno que pueda ser nulo o anulable. Leída la que fuera la presente y ratificándose en el contenido de todos sus extremos, suscriben por duplicado la presente en señal de conformidad en la ciudad de […] a los […] días del mes de […] de 2022.
[Colocar firma de las partes contractuales]
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Fuente: Pacori Cari, J.(2023). Curso de redacción administrativa. LP: Lima, pp. 120-123.

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