Si bien, el plazo para la reevaluación de los programas finaliza antes de concluir abril, algunas organizaciones ya han recibido notificaciones de sus donantes sobre la terminación definitiva de los proyectos, señala Eric Castro, socio de Miranda & Amado.
Lima, marzo de 2025.- El presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, emitió el 24 de enero último una orden ejecutiva de Reevaluación y Realineación de la Ayuda Exterior, la cual suspendió de manera inmediata y por un período de 90 días los programas de asistencia externa, muchos de los cuales se venían ejecutando en el país. La medida, como era de esperarse, ha tenido un impacto significativo en diversas organizaciones que dependen de estos fondos para llevar a cabo sus proyectos de desarrollo, muchas de las cuales operan en Perú.
Según Eric Castro, socio de Miranda & Amado, la decisión de suspender estos programas ha afectado de manera directa a las organizaciones receptoras de esta ayuda, ya que muchas de sus actividades no pueden continuar sin los recursos necesarios, en particular, los contratos de trabajo a plazo fijo, que se habían celebrado para atender estos programas, han quedado automáticamente en suspenso debido a la paralización de las actividades vinculadas a los mismos.
Aunque el plazo para la reevaluación de los programas finaliza antes de concluir abril, algunas organizaciones ya han recibido notificaciones de sus donantes sobre la terminación definitiva de los proyectos, señala el abogado. «Algunas organizaciones han enfrentado la cancelación inmediata de los programas, lo que obliga a revisar la situación laboral de sus trabajadores», explica. Esta suspensión ha dejado en una situación de incertidumbre a aquellos empleados contratados a plazo fijo, cuyos contratos han perdido la razón de ser.
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Ante esta situación, las organizaciones se han visto obligadas a evaluar y aplicar diversas medidas para hacer frente a la crisis.
Muchos empleadores han considerado la firma de acuerdos de suspensión perfecta de empleo, lo que precisamente permite suspender la relación laboral sin extinguir el contrato, evitando así despidos, mientras se resuelve el destino de los programadas afectados, indica Eric Castro.
En otros casos, la desaparición de la causa que justificaba la contratación de trabajadores a plazo fijo ha llevado a las empresas a tomar decisiones como la no renovación de estos contratos.
La suspensión de los programas y la pérdida de la causa objetiva para la contratación temporal obliga a las organizaciones a considerar otras alternativas, como la aplicación de causas resolutorias en los contratos de trabajo, añade.
Dado el impacto que esta situación está teniendo en las organizaciones y sus empleados, el especialista recomienda que todas las entidades afectadas consulten con expertos en derecho laboral.
Es fundamental que las organizaciones analicen detenidamente las opciones que la normativa laboral actual ofrece, para garantizar una correcta adaptación a este nuevo contexto y minimizar los efectos negativos tanto para los empleadores como para los trabajadores, puntualiza.
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