Manual de operaciones del programa nacional de bienes incautados (Pronabi) [RM 0143-2021-JUS]

Publicado el 28 de julio de 2021, en el diario oficial El Peruano.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos mediante la Resolución Ministerial 0143-2021-JUS, aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Bienes Incautados – PRONABI.


Aprueban el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Bienes Incautados – PRONABI
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0143-2021-JUS

Lima, 26 de julio de 2021

VISTOS, el Oficio Nº 827-2021-JUS/PRONABI-C de la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Bienes Incautados – PRONABI; el Informe Nº 051-2021-OGPM-OOM de la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorando Nº 137-2021-JUS/OGPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 605-2021-JUS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2017-JUS se crea el Programa Nacional de Bienes Incautados – PRONABI, en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y se establece que tiene por objeto recibir, registrar, calificar, custodiar, asegurar, conservar, administrar, arrendar, asignar en uso temporal o definitiva, gestionar la disposición y venta en subasta pública, los objetos, instrumentos, efectos y ganancias generadas por la comisión de delitos en agravio del Estado a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 1104, que modifica la legislación sobre pérdida de dominio;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0148-2017-JUS se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Bienes Incautados, en el contexto del Decreto Legislativo Nº 1104, que modifica la legislación sobre pérdida de dominio;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1104 fue derogado por el Decreto Legislativo Nº 1373, Decreto Legislativo sobre extinción de dominio, el cual establece que el Programa Nacional de Bienes Incautados asume la administración de los bienes que se encuentran afectados con las medidas adoptadas en el marco de dicho dispositivo legal a nivel nacional, y los bienes sobre los cuales recaigan medidas cautelares y sentencias de extinción de dominio, así como respecto de activos repatriados al Estado peruano;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2021-JUS se aprueban los Lineamientos para la administración y disposición de bienes a cargo del Programa Nacional de Bienes Incautados, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1373, Decreto Legislativo sobre extinción de dominio, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2019-JUS, y dispone que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos apruebe el nuevo Manual de Operaciones del PRONABI, agregando que el PRONABI apruebe las normas complementarias que desarrollen los procedimientos específicos y otros aspectos complementarios al referido Decreto Supremo;

Que, el artículo 53 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y su modificatoria, establece que el Manual de Operaciones – MOP es el documento técnico normativo organizado que formaliza la estructura funcional de los programas y proyectos especiales,; en tanto que el artículo 54 del acotado dispositivo legal, señala que la estructura del Manual de Operaciones incluye: las disposiciones generales, la estructura, los procesos y el anexo que contiene el organigrama respectivo;

Que, asimismo, el numeral 55.1 del artículo 55 de los Lineamientos de Organización del Estado, dispone que la propuesta del Manual de Operaciones – MOP se sustenta en un informe técnico elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual justifica su estructura y los mecanismos de control y coordinación; y, en un informe legal elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces, que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas

Que, el trámite de aprobación del Manual de Operaciones encuentra regulación en lo señalado en el capítulo III de los Lineamientos Nº 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el Manual de Operaciones – MOP, aprobados mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM-SGP;

Que, mediante los documentos de vistos, la Coordinación Ejecutiva del PRONABI propone el Manual de Operaciones que desarrolla los aspectos necesarios acorde a las facultades señaladas en el Decreto Legislativo Nº 1373, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2019-JUS, así como respecto de sus Lineamientos para la administración y disposición de bienes, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2021-JUS; el cual cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Oficina General de Asesoría Jurídica;

Que, por las consideraciones expuestas, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Bienes Incautados-PRONABI;

Con las visaciones de la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Bienes Incautados, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Bienes Incautados – PRONABI, el cual consta de tres (03) Títulos y un (01) Anexo, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0148-2017-JUS.

Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución Ministerial, el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Bienes Incautados – PRONABI y su Anexo se publiquen en la página web del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO ERNESTO VEGA LUNA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos

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