Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1700-2013-MP-FN de fecha 14 de junio del 2013, se aprobó el «Manual para el desarrollo del plan de investigación», el mismo que es resultado de la suscripción del Convenio de Cooperación y Coordinación Interinstitucional celebrado entre el Ministerio Público y el Ministerio del Interior —Policía Nacional del Perú— y cuyo texto integra la presente resolución.
Resolución de la Fiscalía de la Nación
1700-2013-MP-FN
Lima, 14 de junio del 2013
VISTOS:
Que, mediante Oficio N° 342-2013-MP-FN-ETI-NCPP/ST, la Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación del nuevo Código Procesal Penal, eleva el texto definitivo del «Manual para el Desarrollo del Plan de Investigación», y,
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1517-2011-MP-FN de fecha 10 de agosto de 2011, se aprobó con eficacia anticipada, al 19 de julio de 2011, la suscripción del Convenio de Cooperación y Coordinación Interinstitucional entre el Ministerio Público y el Ministerio del Interior – Policía Nacional del Perú, con el fin de aprobar mediante los mecanismos pertinentes, un instrumento que constituya una herramienta de orientación para ambas instituciones, destinada a unificar una metodología acorde al nuevo Código Procesal Penal; asimismo, para promover y ejecutar programas para la implementación de las mejores prácticas de planeación de la investigación penal y programas de capacitación para Fiscales y personal policial a nivel nacional;
Que, en ese marco, por medio de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1590-2011-MP-FN de fecha 11 de agosto de 2011, se aprobó el «Manual para el Desarrollo del Plan de Investigación«, como una herramienta para fortalecer las relaciones y coordinaciones entre el Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú, con miras a la planificación y ejecución de una investigación eficiente y respetuosa de los derechos fundamentales;
Que, posteriormente, por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 740-2012-MP-FN de fecha 22 de marzo de 2012, se suspendieron los efectos del citado Manual, con el objeto de realizar una revisión integral del mismo y proceder luego a la aprobación del instrumento definitivo;
Que, es así que, mediante el documento de visto, el Secretario Técnico del Equipo Técnico institucional de Implementación del nuevo Código Procesal Penal, hace de conocimiento que luego de reuniones y acciones coordinadas entre representantes del Ministerio Público y del Ministerio del Interior, se ha logrado culminar con la labor encomendada; por consiguiente, el citado Manual se encuentra apto para su aprobación;
Que, el Fiscal de la Nación, como titular del Ministerio Público, es el responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, siendo además uno de sus principales objetivos, ofrecer a la sociedad un servicio fiscal eficiente y oportuno; en ese sentido, debe expedirse el resolutivo correspondiente;
Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el “Manual para el Desarrollo del Plan de Investigación”, el mismo que es resultado de la suscripción del Convenio de Cooperación y Coordinación Interinstitucional celebrado entre el Ministerio Público y el Ministerio del Interior – Policía Nacional del Perú, y cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Disponer que la Oficina Central de Tecnologías de la Información, difunda en los medios informáticos de la Institución, la resolución y el texto del «Manual para el Desarrollo del Plan de Investigación«, para conocimiento general.
Artículo Tercero.- Dejar sin efecto toda resolución que se oponga a lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución, al Ministerio del interior, a la Gerencia General, a la Jefatura Nacional del instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, a la Gerencia Central de la Escuela del Ministerio Público, a la Oficina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional, a la Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación del nuevo Código Procesal Penal, a la Oficina Central de Tecnologías de la Información, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
[Continúa…]
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