Sumario: 1. Introducción, 2. Desarrollo del tema, 3. ¿Cuáles son las características que debería reunir un buen juez para emitir una correcta decisión judicial?, 4. ¿Se equivocan los jueces?, 5. ¿Qué es lo que reclaman los operadores jurídicos de un juez?, 6. ¿Los jueces deben ir calculando sus decisiones judiciales?, 7. ¿Cuál es la finalidad de la judicatura nacional?, 8. A modo de conclusión.
1. Introducción
Diferentes estudiosos como Robert Alexy, Manuel Atienza, Ronald Dworkin, Jhon Rolws, Amartya Sem, Gustavo Zagrebelsky, Cheim Perelman y Stephen Toulmin[1], precisan que la argumentación jurídica, es el conjunto de razonamientos de índole jurídico que sirve para demostrar, justificar, persuadir o refutar alguna proposición que va encaminada a la obtención de un resultado favorable o no del litigante o para la resolución de un caso controvertido.
2. Desarrollo del tema
Es por esta razón, que los magistrados de la República, tienen como imperativo categórico el deber de motivar en forma oral, por escrito y adecuadamente sus resoluciones judiciales, a fin de que estas no respondan a criterios subjetivos y caprichosos.
La teoría de la argumentación jurídica, responde a un estudio interdisciplinario de la forma en la que se obtienen conclusiones a través de la lógica y además es una teoría prescriptiva que no solo describe proceso de justificación de la soluciones de los casos jurídicos que realizan los jueces, sino que también prescribe como debe realizarse dicho proceso de justificación.
Por esta razón, cada resolución judicial traducida en un auto o en una sentencia, debe contener el razonamiento y proceso mental que ha realizado el juez, para arribar a una decisión, pues ahora en pleno auge del Estado Constitucional de Derecho, se exige a los jueces el deber de explicar todas las pretensiones de las partes procesales y expliquen cuales son las razones a que han llegado para tomar esa decisión.
En otras palabras, significa que el magistrado debe explicar de manera lógica y sencilla, por qué absuelve o condena a un imputado y además saber las razones por las cuales le impone 5, 10, 15, 20 ó 30 años de pena privativa de la libertad y además justificar la determinación del pago de la reparación civil.
Pues ahora, el juez debe explicar de manera razonada, porque le impuso diez años de condena al imputado y porque no ordenó imponerle 15 ó 18 años de sanción, o también porque razón al acusado de homicidio culposo por ejemplo, se le impuso 20 000 soles por concepto de reparación civil y porque no le impusieron 30, 40 ó 50 000, es decir lo importante en un Estado Judicial de Derecho, es que los jueces tienen que realizar un mínimo análisis de los hechos probados y la correcta interpretación de las normas jurídicas.
Es relevante precisar, que si el juez no motiva su resolución, nos encontramos frente a una sentencia caprichosa y fruto de un decisionismo judicial y no la correcta aplicación de la justicia, de la lógica, de la razón y del derecho y en consecuencia tendremos una sentencia arbitraria y en tal sentido resulta inconstitucional.
Por ello, consideramos que el juez habla a través de sus sentencias, es decir debe tener en cuenta los hechos fácticos, la calificación jurídica y los medios de convicción y probatorios para tomar una correcta decisión.
Las decisiones judiciales emitidas por los jueces, responden a una teoría de la justicia y del derecho, así como también tienen un enorme impacto ante las partes procesales y desde luego también en la opinión pública.
La Dra. Elvia Barrios[2] presidenta del Poder Judicial, ha reafirmado el trabajo judicial y manifestó que el compromiso de todos los jueces y juezas del Perú es íntegro y célere en favor de la ciudadanía, en tal sentido ha manifestado que la Constitución les asigna deberes primordiales, permanentes e inexorables, a fin de coadyuvar al bienestar con justicia y hacer realidad un mayor acceso a la justicia a todos los peruanos.
3. ¿Cuáles son las características que debería reunir un buen juez para emitir una correcta decisión judicial?
Según la jueza española Paz Benito[3], el juez tiene que ser muy consciente que representa a un poder del Estado, que es el Judicial. Todas sus decisiones tienen consecuencias para la persona afectada y que interviene en un proceso, también para quienes le rodean y para la sociedad en general.
A decir del maestro Luiggi Ferrajoli[4], al referirse a la importante labor jurisdiccional de los jueces decía que:
El día en que los jueces resuelvan mirando titulares, sucumbiendo a la vanidad, a la presión o la simpatía de bando (…) en ese mismo momento estaremos debilitando el propio Estado de Derecho y ya no habrá más jueces, sino personas timoratas
Es que a decir verdad, el magistrado, en un Estado Constitucional de Derecho se convierte en el último reducto de las garantías constitucionales, pues cuando el Ministerio Público pida prisión preventiva, la prensa mediática pida la hoguera, la parte agraviada exija cadena perpetua y la opinión pública conmine que se le imponga 35 años de pena efectiva al acusado, allí estará el juez para resolver con serenidad y respetando los derechos procesales y convencionales que le asisten a las partes y no convertirse en verdugo, sino en una persona en donde realmente se encuentra justicia.
Pues la decisión judicial, no solo impacta y además beneficia o perjudica al imputado, sino también a su círculo más íntimo, como es su familia y sus amigos, pues el juez al momento de la emisión de su resolución, debe ser prudente, debe aplicar la ley, la Constitución y el derecho convencional a cada caso concreto y de la manera más justa posible.
También el juez debe ser una persona cercana, que no se le vea como un señor con una toga subido en un estrado, sino como alguien cercano, con empatía para impartir justicia.
4. ¿Se equivocan los jueces?
Por supuesto que sí, pues son seres humanos sujetos a la falibilidad, es por ello que cuando se firma una resolución judicial, el juez está convencido que ha tomado la decisión adecuada, pero tenemos un sistema en que las decisiones de un magistrado, pueden ser revisadas por un órgano superior.
Por tal razón, para nadie es novedad, que en un proceso judicial en sede penal y que está relacionado con una persona del ámbito político, jurídico, económico, empresarial, etc siempre será noticia y cualquiera sea la decisión judicial que se emita, las partes procesales están facultadas para cuestionarla y recurrir al órgano superior jerárquico.
5. ¿Qué es lo que reclaman los operadores jurídicos de un juez?
La respuesta es serenidad, probidad e independencia.
Así como se exige que la actuación de los abogados en los tribunales de justicia tenga, temperamento, talento y pasión en sus intervenciones para defender su teoría del caso, los abogados también reclaman de los magistrados al momento de conducir las audiencias virtuales y la mejor toma de decisiones, que el juez sea prudente y moderado, que escuche con cortesía, que responda sabiamente, que razone prudentemente y decidir imparcialmente y para ello debe aplicar la ley y la Constitución a cada caso concreto de la manera más justa posible.
Muchos estudiosos, coinciden en indicar que el juez debe ser una persona cercana, que no se le vea como un señor con una toga subido en un estrado, sino como alguien cercano, con empatía e interesado a resolver el conflicto jurídico, pues detrás del imputado hay todo un drama humano y además existen familiares, amigos, esposa, hijos, compañeros preocupados para que se resuelva cuanto antes la situación jurídica del propio imputado.
En tal sentido, un magistrado, cuando firma una resolución judicial, debe estar convencido que ha tomado la decisión adecuada, congruente, motivada y conforme a derecho, pero tenemos un sistema en que las decisiones de un magistrado, pueden ser revisada por un órgano superior.
Lo curioso del caso, es que ese cuestionamiento muchas veces no se hace al interior del proceso, sino ante los medios de comunicación social, es por ello que el juez en algunos casos a través de la autorización de la presidencia de la Corte Superior de Justicia, deben explicar ante los propios medios el sentido de su resolución, pero con mesura y en un lenguaje claro y sencillo, sin que ello signifique hacer un tours por todos los medios de comunicación social.
6. ¿Los jueces deben ir calculando sus decisiones judiciales?
Manuel Kant[5] decía que no. Los jueces no trabajan para la tribuna, pues muchas veces sus resoluciones judiciales puede que sean impopulares, pero justas y es allí donde radica la magna labor del juez, no apartarse del sentido de la justicia, que como valor supremo es más rica e importante que el propio derecho positivo.
El maestro Domingo García Rada, decía «el juez es menos que Dios, pero más que hombre», cuánta razón tenía y ahora que se trata de buscar mayor legalidad, legitimidad y neo constitucionalidad en la impartición de justicia, el juez debe hablar a través de sus sentencias, las mismas que deben ser suficientes, congruentes, motivadas y conforme a derecho.
7. ¿Cuál es la finalidad de la judicatura nacional?
- Garantizar la independencia, idoneidad, permanencia y especialización de los jueces y
- Optimizar el servicio de impartición de justicia.
Es posible, que no todo sea color de rosas en la judicatura nacional, pues como en toda institución hay buenas y malas personas y además no existe una buena percepción de la labor jurisdiccional de los jueces, pues la sociedad civil no tiene el mejor de los conceptos y probablemente se lo tengan bien merecido; sin embargo una golondrina no hace verano y porque algunos jueces y juezas han manchado con unas gotitas el océano, ello no significa que toda la judicatura se mala.
En tal sentido y a decir de un público pronunciamiento de los jueces y juezas de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla[6], se ha precisado que en este difícil momento de la covid-19, el trabajo jurisdiccional de los magistrados se adecuó poco a poco al trabajo remoto, y las labores judiciales no cesaron en ningún momento, para ello se tuvo que recurrir al uso de la tecnología y el desarrollo de las redes sociales.
Por lo que, los jueces y juezas del Poder Judicial se adaptaron a la nueva normalidad, sin que el trabajo jurisdiccional se vea afectado en su integridad y solo en determinados casos, por la naturaleza del proceso y por la urgencia, se han realizado diligencias de carácter presencial.
8. A modo de conclusión
Por tal razón, los jueces del bicentenario, en cada una de sus actuaciones judiciales, deben garantizar el absoluto respeto al orden constitucional, derecho convencional, a la preservación de la democracia, el respeto al principio de la separación de poderes, la independencia en la labor jurisdiccional y que cada uno de sus resoluciones judiciales hablen de su preparación, integridad y probidad.
[1] Estudiosos del derecho en temas de argumentación jurídica e interpretación de textos.
[2] Nota informativa, difundida a través de la página web del Poder Judicial. www.pj.gob.pe
[3] Paz Benito- Magistrada española y estudiosa e investigadora del derecho.
[4] Luiggi Ferrajoli -Jurista italiano y discípulo de Norberto Bobbio y uno de los grandes del garantismo jurídico.
[5] Manuel Kant. Filósofo y científico prusiano, considerado como uno de los pensadores más influyentes.
[6] Pronunciamiento de los jueces y juezas del Distrito Judicial de Ventanilla, a propósito del retorno parcial de manera presencial al centro de trabajo.