[Actualizado 14.2.2020]
Publicado el 14 de febrero de 2020, en el diario oficial El Peruano.
Nombran Ministro de Transportes y Comunicaciones
RESOLUCIÓN SUPREMA 016-2020-PCM
Lima, 13 de febrero de 2020
Vista la propuesta del señor Presidente del Consejo de Ministros;
De conformidad con el artículo 122 de la Constitución Política del Perú; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Transportes y Comunicaciones, al señor Carlos Eduardo Lozada Contreras.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS
Presidente del Consejo de Ministros
Nombran Ministra de Energía y Minas
RESOLUCIÓN SUPREMA 015-2020-PCM
Lima, 13 de febrero de 2020
Vista la propuesta del señor Presidente del Consejo de Ministros;
De conformidad con el artículo 122 de la Constitución Política del Perú; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Nombrar Ministra de Estado en el Despacho de Energía y Minas, a la señora Susana Gladis Vilca Achata.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS
Presidente del Consejo de Ministros
Nombran Ministro de Educación
RESOLUCIÓN SUPREMA 014-2020-PCM
Lima, 13 de febrero de 2020
Vista la propuesta del señor Presidente del Consejo de Ministros;
De conformidad con el artículo 122 de la Constitución Política del Perú; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Educación, al señor Carlos Martín Benavides Abanto.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS
Presidente del Consejo de Ministros
Nombran Ministro de Justicia y Derechos Humanos
RESOLUCIÓN SUPREMA 013-2020-PCM
Lima, 13 de febrero de 2020
Vista la propuesta del señor Presidente del Consejo de Ministros;
De conformidad con el artículo 122 de la Constitución Política del Perú; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Justicia y Derechos Humanos, al señor Fernando Rafael Castañeda Portocarrero.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS
Presidente del Consejo de Ministros
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[Nota Original 13.2.2020]
Cambios ministeriales. El día comenzó con la renuncia de la ministra de Justicia, Ana Teresa Revilla. Esta decisión se produjo luego de que el exprocurador Ramírez diera a conocer que ella coordinó las reuniones entre el entonces ministro de Energía y Minas, Liu Yonsen, y representantes de la empresa Odebrecht.
A pocas horas de esta salida, se conoció la renuncia formulada por el extitular de la cartera de Transportes y Comunicaciones, Edmer Trujillo. El sabor a crisis ministerial se agravaría cuando trascendió que el gobierno había aceptado la renuncia de la ministra de Educación, Flor Pablo.
Esta avalancha de renuncias hacían presagiar la crisis del gabinete ministerial, y la caída del premier Vicente Zeballos. Así se especuló durante las horas de la tarde e incluso se barajaron nombre que podrían sucederlo. Ello, finalmente, no ocurrió.
Entre tanta incertidumbre, una escueta nota de prensa de Palacio de Gobierno informaba e invitaba a la ceremonia de juramentación de los nuevos ministros. Así sucedió. En el acto protocolar se conocieron los nombres de los nuevos integrantes del Consejo de Ministros que continuará liderado por Vicente Zeballos.
Nuevos ministros
El sociólogo Martín Benavides Abanto juró hoy como el nuevo ministro de Educación, en reemplazo de la renunciante ministra Flor Pablo. Benavides se desempeñaba hasta este jueves como jefe de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).
Fernando Castañeda Portocarrero, quien se desempeña como viceministro de Justicia, reemplaza a Ana Teresa Revilla en la cartera de Justicia y Derechos Humanos.
Por su parte, Susana Vilca tomó el lugar de Juan Carlos Liu en el Ministerio de Energía y Minas.
Por último, Carlos Lozada juró como titular de Transportes y Comunicaciones en lugar de Edmer Trujillo.
![No es posible excluir la prueba por errores advertidos posteriormente en la justicia brasileña, máxime si no se acredita una actuación deliberadamente ilícita de la fiscalía en su obtención (caso Lavajato) [Exp 00017-2017-114, f. j. 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aun cuando la colusión es un delito de encuentro, ello no excluye la aplicación de la agravante por pluralidad de agentes; si participan más de dos personas [Casación 1379-2017, Nacional, f. j. 26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)


![TC: Entidades jurisdiccionales están obligadas únicamente a emitir y/o entregar información (en caso se solicite) o a facilitar la ruta de acceso a la información indicada respecto de dicha función (doctrina jurisprudencial vinculante) [Exp. 02506-2022]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tribunal-constitucional-tc-precedente-LPDerecho-218x150.png)
![Robo: El «lugar desolado» como agravante es un entorno apartado, poco vigilado, poco transitado o de difícil acceso, que aumenta el riesgo para la víctima y facilita la comisión del delito para el sujeto activo [RN 172-2025, Áncash]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/referencial-de-robo-a-vehiculo-con-mano-armada-PLDerecho_computadora_computadora-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











![El trabajador de dirección lleva implícita la calificación de confianza [Cas. Lab. 32954-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/contratacion-irregular-de-un-trabajador-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)
![Fundamento de voto: El art. VIII del NCPC ―sobre la interpretación conforme a las sentencias de los tribunales internacionales donde el Perú es parte― resulta inconstitucional, ya que contraviene la Cuarta D. F. T de la Constitución al reducir indebidamente el parámetro constitucional de interpretación del TC (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 5-6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/FUNDAMENTO-VOTO-ART-VIII-NCPC2-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Fundamento de voto: No se puede equiparar la finalidad política que tiene un partido político (participación electoral) con un propósito delictivo como promover, organizar, constituir o integrar una organización con fines ilícitos (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 25-26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/FUDAMENTO-VOTO-POLITICA-ELECTORAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
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![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








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