¡Lo último! Ayer 12 de diciembre de 2016 el «Colegiado D» de la Sala Penal Nacional, conformado por los jueces superiores Maria Luisa Apaza Panuera, Juan Carlos Santillán Tuesta y Francisco Celis Mendoza Ayma, dictó Auto de Enjuiciamiento en el caso Sánchez Paredes.
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En ese sentido dispuso haber mérito para pasar a juicio oral en el caso seguido en contra de Santos Orlando Sánchez Paredes, Segundo Manuel Sánchez Paredes, Fortunato Wilmer Sánchez Paredes, Fidel Ernesto Sánchez Alayo y Jesús Belisario Esteves Ostolaza, como autores del delito de Lavado de Activos, en la modalidad de actos de conversión y transferencia, así como ocultamiento y tenencia, previsto en los artículos 1 y 2 y último párrafo del artículo 3 de la Ley núm. 27765 en agravio del Estado.
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Así también señaló como fecha de inicio de juicio oral el 11 de enero de 2017 en la Sala de Audiencias de la Sala Penal Naconal, ubicada en la avenida Uruguay núm. 145.
Valga apuntar que en el Auto de Ejuiciamiento comienza con una interesante distinción conceptual entre caso difícil y caso fácil, que luego sirve para enfocar las dimensiones de este caso.
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