Lo que debes saber sobre la casilla electrónica de Sunafil. Bien explicado por César Puntriano

Como sabemos, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral- Sunafil emplea la casilla electrónica como método de comunicación con los empleadores. Recordemos que el Decreto Supremo No. 003-2020-TR, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobó el uso obligatorio de la casilla electrónica a efectos de notificar los procedimientos administrativos y actuaciones.

Al respecto, conversamos con el abogado César Puntriano, experto en derecho laboral y socio del estudio Muñiz, quien nos explica los aspectos esenciales sobre el inicio de la inspección de trabajo por medio de la casilla electrónica y, en general, el uso de esta herramienta.

El uso de la casilla electrónica también implica la validez de las comunicaciones del proceso inspectivo, así, el especialista nos aclaró lo siguiente:

“[…] hay mucha polémica en relación a la casilla electrónica, me explico. Han habido más de una resolución del tribunal de fiscalización laboral (o tribunal de Sunafil como lo queramos llamar) anulando los procedimientos inspectivos y anulando las notificaciones de las resoluciones de multa que se habían impuesto a los empleadores, por no haber revisado la casilla. Es decir, llegó la resolución de multa el empleador no tenía ni idea; se declaró consentida la multa y, claro, el empleador luego se entera inicia un recurso de revisión o interpone un recurso de revisión”.

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En el siguiente video el profesor César Puntriano nos explica la nulidad de la comunicación realizada por la autoridad inspectiva; además, nos otorga sobre cómo contestar las solicitudes de requerimiento de Sunafil, entre otras.

Para poder acceder al vídeo, clic AQUÍ

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