Aprueban lineamientos para reconocer a los convivientes del mismo sexo como deudos del personal de salud

Publicado en el diario oficial El Peruano, el 22 de agosto de 2020.


Aprueban Lineamientos para el reconocimiento de convivientes del mismo sexo del personal de la salud fallecido a consecuencia del COVID-19, para el acceso a la entrega económica regulada por el D.U. N° 063-2020 y el D.S. N° 220-2020-EF

RESOLUCIÓN MINISTERIAL 220-2020-JUS

Lima, 21 de agosto de 2020

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto de Urgencia N° 063-2020, Decreto de Urgencia que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19, tiene por objeto reducir de manera temporal, por un periodo de tres (03) meses, la remuneración del Presidente de la República y los ingresos mensuales, provenientes de su cargo, de los funcionarios y servidores públicos del Estado del Poder Ejecutivo, destinando los ahorros derivados de dicha reducción a contribuir con el financiamiento de medidas que permitan mitigar el impacto de la propagación del Coronavirus (COVID-19);

Que, de acuerdo al numeral 6.1 del artículo 6 de la citada norma, se autoriza al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a efectuar entregas económicas a favor de los deudos del personal de la salud, que incluye profesionales de la salud, personal de la salud, técnico y auxiliar asistencial de la salud, fallecido como consecuencia del COVID-19, las cuales se otorgan a través de subvenciones que se aprueban mediante Resolución del Titular del pliego de dicho Ministerio;

Que, mediante Decreto Supremo N° 220-2020-EF, se aprueban Normas Complementarias para la aplicación del Decreto de Urgencia
N° 063-2020, Decreto de Urgencia que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19;

Que, en el numeral 2 del artículo 6 del Decreto Supremo N° 220-2020-EF, se considera como personas beneficiarias de la entrega económica, entre otros, a los y las convivientes del mismo sexo del personal de salud fallecido, conforme a los lineamientos que establece el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos mediante Resolución Ministerial, en un plazo de quince (15) días calendario contados desde la publicación de la referida norma;

Que, en atención al citado marco normativo, la Secretaría Técnica del Consejo de Reparaciones del Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, mediante Informe N° 11-2020-JUS-CR-ST, sustenta y propone la aprobación de Lineamientos para el reconocimiento de convivientes del mismo sexo del personal de la salud fallecido a consecuencia del COVID-19, para el acceso a la entrega económica regulada por el Decreto de Urgencia N° 063-2020 y el Decreto Supremo N° 220-2020-EF;

Que, atendiendo a lo expuesto, resulta necesaria la aprobación de los Lineamientos para el reconocimiento de convivientes del mismo sexo del personal de la salud fallecido a consecuencia del COVID-19, para el acceso a la entrega económica regulada por el Decreto de Urgencia N° 063-2020 y el Decreto Supremo N° 220-2020-EF;

Con el visado del Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y el Decreto Supremo N° 220-2020-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los Lineamientos para el reconocimiento de convivientes del mismo sexo del personal de la salud fallecido a consecuencia del COVID-19, para el acceso a la entrega económica regulada por el Decreto de Urgencia N° 063-2020 y el Decreto Supremo N° 220-2020-EF; los mismos que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”, y de su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA C. NEYRA ZEGARRA
Ministra de Justicia y Derechos Humanos

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