Mediante el Proyecto de Ley 4017/2022-CR, el congresista de la República Juan Bartolomé Burgos Oliveros propone otorgar licencia con goce de haber hasta por dos años a los servidores públicos de los regímenes laborales del decreto legislativo 276, 728 y 1057 que padezcan de enfermedades malignas, terminales y/o irrecuperables debidamente diagnosticadas.
Fórmula Legal
LEY QUE OTORGA LICENCIA CON GOCE DE HABER HASTA POR DOS AÑOS A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LOS REGÍMENES LABORALES DEL DECRETO LEGISLATIVO 276, 728 Y 1057 QUE PADEZCAN DE ENFERMEDADES MALIGNAS, TERMINALES Y/0 IRRECUPERABLES DEBIDAMENTE DISGNOSTICADAS
Artículo 1.- Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto otorgar licencia con goce de haber hasta por dos años a los servidores públicos de los regímenes labores del Decreto Legislativo 276, 728 y 1057 que padezcan enfermedades malignas, terminales y/o irrecuperables debidamente diagnosticadas.
Artículo 2.- Modificación del artículo 110° del Decreto Supremo 05-90-PCM, Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa, Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público.
Se modifica el artículo 110 del Decreto Supremo 05-90-PCM, Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa, Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de da Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, el mismo que quedará redactado con el siguiente texto:
«Artículo 110.- Las licencias a que tienen derecho los funcionarios y servidores son:
a) Con goce de remuneraciones:
— Por enfermedad. En caso de enfermedades malignas, terminales y/o irrecuperables debidamente diagnosticadas, la licencia será hasta por dos años; (. )»
Artículo 3.- Modificación del artículo 12′ del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral.
Se modifica el artículo 12° del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, el mismo que quedará redactado con el siguiente texto:
«Artículo 12.- Son causas de suspensión del contrato de trabajo:
(…)
b) La enfermedad y el accidente comprobados. En caso, de los servidores públicos con enfermedades malignas termínales y/o irrecuperables debidamente diagnosticadas, la licencia será hasta por dos años con goce de haber; (…)»
Artículo 4.- Modificación del artículo 06° de la Ley 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales
Se modifica el artículo 6 de la Ley 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales, el mismo que quedará redactado con el siguiente texto:
«Artículo 6°.- Contenido
El Contrato Administrativo de Servicios otorga al trabajador los siguientes derechos: (…) g) Licencias con goce de haber por maternidad, paternidad, y otras licencias a las que tienen derecho los trabajadores de los regímenes laborales generales. En caso de enfermedades malignas, terminales y/o irrecuperables debidamente diagnosticadas, la licencia será hasta por dos años; (.. .)»
Artículo 5.- Adecuación
El Poder Ejecutivo adecúa el Decreto Legislativo 276, 728 y 1057, sus reglamentos y otras normas conexas conforme a lo previsto en la presente ley, en un plazo máximo de 30 días calendario, contados a partir de su publicación en el diario oficial El Peruano, bajo responsabilidad.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
Única.- Queda derogada cualquier otra norma o disposición legal que se oponga o limite la aplicación de la presente ley.
![Homicidio culposo: No corresponde excluir la responsabilidad aplicando la imputación objetiva en la variante de «puesta autónoma en peligro de la víctima», pues, para ello, el agente debió actuar dentro de la normatividad debida, y es la víctima quien la contraviene [Apelación 313-2024, Lima, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)
![Aunque la investigación preparatoria sea una etapa progresiva, ello no impide que, desde el inicio, se pueda plantear una excepción de improcedencia de acción, para lo cual deben analizarse los hechos contenidos en la disposición de formalización [Casación 3734-2024, Nacional, ff. jj. 6.2-6.3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-escritura-publica-juez-jueza-justicia-sentencia-prueba-evidencia-LPDerecho-218x150.jpg)
![Peculado doloso por apropiación: No es posible atribuir, de forma conjunta, la ilegalidad de los actos administrativos a todos los funcionarios que intervinieron en el trámite, pues, al ser un delito de infracción de deber, la autoría es individual y recae en cada funcionario que incumple un deber específico [Casación 2160-2024, Huancavelica, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Declaran improcedente medida cautelar del juez Javier Arévalo Vela contra la JNJ [Expediente 04532-2024-36-1801-JR-DC-02]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/javier-arevalo-presidente-pj-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ministerio de la Mujer incurrió en especial agravio de adulta mayor —con deterioro cognitivo severo, en situación de abandono familiar y pobreza— al impedirle su ingreso oportuno a centro especializado, exponiéndola durante casi un año a enfermedades intrahospitalarias [Exp. 04158-2025-0, f. j. 5.13-5.15, 6.18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-2-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)















![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)



![El empleo de las contrataciones sujetas a procedimiento de selección no competitivo bajo la causal prevista en el literal k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley, se configura siempre y cuando se haya efectuado, de manera preliminar, la resolución o declaración de nulidad del contrato por las causales previstas en los literales a) y b) del literal 71.1 del artículo 71 de la Ley, siendo dicho estado jurídico un presupuesto habilitante para su aplicación; por lo que no resulta posible emplear el procedimiento de selección no competitivo previsto en esta causal antes de que se haya efectuado la resolución contractual o de la declaración de nulidad [Opinión D000065-2025-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Osiptel: Norma de las condiciones de uso de los servicios públicos de telecomunicaciones [Resolución 000132-2025-CD/Osiptel]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/osiptel-regulador-comunicaciones-LPDerecho-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)





![¿Servidores que estén próximos a jubilarse pueden solicitar teletrabajo? [Informe Técnico 002521-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/trabajadores-pareja-servidores-trabajo-LPDerecho-218x150.jpg)


![Modifican Reglamento de la Ley que regula el acceso a la función pública para cargos de libre designación y remoción [Decreto Supremo 145-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/negociacion-colectiva-trabajadores-empresa-oficina-LPDerecho-100x70.png)

![Declaran improcedente medida cautelar del juez Javier Arévalo Vela contra la JNJ [Expediente 04532-2024-36-1801-JR-DC-02]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/javier-arevalo-presidente-pj-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Homicidio culposo: No corresponde excluir la responsabilidad aplicando la imputación objetiva en la variante de «puesta autónoma en peligro de la víctima», pues, para ello, el agente debió actuar dentro de la normatividad debida, y es la víctima quien la contraviene [Apelación 313-2024, Lima, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-324x160.jpg)




![Homicidio culposo: No corresponde excluir la responsabilidad aplicando la imputación objetiva en la variante de «puesta autónoma en peligro de la víctima», pues, para ello, el agente debió actuar dentro de la normatividad debida, y es la víctima quien la contraviene [Apelación 313-2024, Lima, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-100x70.jpg)
![Pagos en exceso, ¿es necesario la autorización del trabajador para descontarlo de la liquidación? [Resolución 037-2021-Sunafil/TFL] Sunafil](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Sunafil-LPDerecho-4-324x160.png)