Ley Duque: Chile daría permiso laboral y escolar por muerte de mascota

En el mundo, Duque es Firulais, Layla, Toby, Pelusa y todas aquellas mascotas que con cuatro patas abrazan las emociones de una familia. En Chile, Duque fue el perro-compañero de José Antonio Neme, un periodista televisivo que lamentó la pérdida de su bulldog francés y sugirió a los políticos vincular la legislatura con la sensibilidad que acarrea un duelo.

Hago un llamado al mundo político a impulsar un proyecto de ley que consagre el derecho de cualquier chileno a vivir un día de duelo por la partida de su mascota. Que por ley se tenga un día para honrar su memoria y poder vivir íntimamente el dolor. 

El mensaje que dejó en redes sociales hizo reaccionar a la Cámara de Diputados. Los miembros socialistas Daniella Cicardini y Daniel Manouchehri, junto a sus pares Pamela Jiles (IND) y Diego Schalper (RN) impulsan el proyecto que lleva el nombre del can: Ley Duque.

Esta propuesta busca, en caso de que fallezca una mascota, generar un permiso laboral especial y un permiso de ausencia por un día de clases para estudiantes. Cicardini indicó ante los medios de su país que vivir el dolor requiere de un tiempo en la agenda:

En cada uno de los hogares de Chile, la mascota es parte de la familia y, por eso, creemos que cuando hoy día existen los espacios, el respeto, cuando fallece un ser querido de vivir el duelo como corresponde, cuando fallece una mascota, ese cuidador o cuidadora también tiene ese mismo derecho de vivir ese impacto emocional. 

Su colega Manouchehri la secundó:

Cuando fallece la mascota de cualquier persona es un tremendo dolor para el alma, y nosotros lo que estamos haciendo hoy día es hacernos cargo de ese dolor de las personas cuando pierden a su mascota, facilitándole un día de permiso laboral para ese duelo y para los estudiantes, para los niños que son los que más sufren con la pérdida de su mascota, la posibilidad de tener un día de ausencia justificado en los colegios”. 

De ser aprobado, para que este planteamiento funcione, se deberá ejecutar una modificación en el Código del Trabajo y la Ley General de Educación. Asimismo, los dueños tendrán que inscribir a sus animales en el Registro Nacional de Mascotas.

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Antecedente

En julio de 2022, los senadores chilenos Karim Bianchi, Francisco Chahuán, Sebastián Keitel, Paulina Núñez y Claudia Pascual presentaron un proyecto similar: modificar el Código del Trabajo —añadir un inciso al artículo 66— para establecer un permiso laboral en caso la muerte de una mascota o animal de compañía.

Todo trabajador tendrá derecho al permiso en caso de muerte de una mascota o animal de compañía, el que deberá ser utilizado el día hábil inmediatamente siguiente al deceso. Para tales efectos, se considerará que son mascotas o animales de compañía aquellos animales domésticos, cualquiera sea su especie, que se encuentren debidamente inscritos en el Registro Nacional de Mascotas. Un reglamento fijará los requisitos para hacer valer este derecho.

Descargue aquí el proyecto de ley completo. 

¿Qué figura en el artículo 66?

A continuación, el artículo 66 del Código de Trabajo de Chile:

En el caso de muerte de un hijo así como en el de muerte del cónyuge o conviviente civil, todo trabajador tendrá derecho a siete días corridos de permiso pagado, adicional al feriado anual, independientemente del tiempo de servicio.

Igual permiso se aplicará por tres días hábiles en el caso de muerte de un hijo en período de gestación así como en el de muerte del padre o de la madre del trabajador. Estos permisos deberán hacerse efectivos a partir del día del respectivo fallecimiento.

No obstante, tratándose de una defunción fetal, el permiso se hará efectivo desde
el momento de acreditarse la muerte, con el respectivo certificado de defunción fetal. El trabajador al que se refiere el inciso primero gozará de fuero laboral por un mes, a contar del respectivo fallecimiento. Sin embargo, tratándose de trabajadores cuyos contratos de trabajo sean a plazo fijo o por obra o servicio determinado, el fuero los amparará sólo durante la vigencia del respectivo contrato si éste fuera menor a un mes, sin que se requiera solicitar su desafuero al término de cada uno de ellos.

Los días de permiso consagrados en este artículo no podrán ser compensados en dinero.

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