Se ha publicado la Ley 31907, que declara el 23 de setiembre de cada año como el «Día de la Panela Orgánica».
LEY Nº 31907
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA EL 23 DE SETIEMBRE DE CADA AÑO DÍA NACIONAL DE LA PANELA ORGÁNICA Y ESTABLECE COMO SU CAPITAL EL DISTRITO DE MONTERO, PROVINCIA DE AYABACA, DEPARTAMENTO DE PIURA
Artículo único. Día Nacional de la Panela Orgánica
Se declara el 23 de setiembre de cada año Día Nacional de la Panela Orgánica y se establece como su capital el distrito de Montero, provincia de Ayabaca, departamento de Piura, con la finalidad de promover su producción e incentivar su consumo a nivel nacional e internacional para contribuir de manera directa al desarrollo económico de los productores agrarios de panela orgánica.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
ÚNICA. Acciones de implementación
Se encarga al Poder Ejecutivo, a través de los ministerios de Desarrollo Agrario y Riego y de la Producción, en coordinación con los gobiernos regionales y gobiernos locales de los departamentos donde se produce la panela orgánica, de acuerdo a sus competencias, realizar campañas de promoción y consumo de esta y a actualizar la base de datos de productores agrarios de panela orgánica, conforme a la Ley 30987, Ley que fortalece la planificación de la producción agraria.
Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
En Lima, a los cuatro días del mes de octubre de dos mil veintitrés.
ALEJANDRO SOTO REYES
Presidente del Congreso de la República
YESSICA ROSSELLI AMURUZ DULANTO
Tercera Vicepresidenta del Congreso de la República
A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil veintitrés.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Consejo de Ministros


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