El Poder Judicial tuvo como ponente en la conferencia “Simulación en actos jurídicos” al destacado doctor en derecho civil y comercial por la UNMSM, Fort Ninamancco Córdova. El evento tuvo lugar el martes 11 de diciembre del 2018, en la Corte Suprema.
En su exposición el doctor Ninamancco explica de manera didáctica que la simulación puede tener un fin lícito y cuando posee este carácter no implica nulidad. Asimismo, expone que en Perú las simulaciones lícitas son raras y que, por lo general, si alguien usa este recurso es para perjudicar el derecho de otro.
En este sentido, sostiene que es posible realizar simulaciones lícitas es posible, pero en la práctica estas importan un perjuicio o una afectación a un tercero.
A continuación, el ejemplo que brindó el ponente:
Supongamos que un empresario, una persona solvente, tiene un amorío con su nueva secretaria, estamos próximos a fiestas, entonces ella le dice a él: “tú crees que me puedas regalar ese departamento de soltero que tienes”, y él dice “yo encantado te regalaría, pero… mucho roche. Qué tal si lo hacemos parecer como una venta, porque si lo hacemos parecer como una venta como que ya puedo tener mejores elementos para ocultar lo nuestro. En cambio, si te regalo de la nada, todo el mundo va a sospechar” y ella le dice “oye, pero es un bien propio, es tu departamento de soltero porque te haces tanto problema”. “No, no, es que lo hago por una cuestión de apariencia, por una cuestión social, no legal”.
Posteriormente, celebran una donación por escritura pública, porque la donación de inmuebles tiene que ser por escritura pública, pero paralelamente fingen una compraventa y lo que se va a inscribir en el registro es la compraventa. De esta forma, el individuo ha vendido en inmueble, pero entre él y la secretaria, le ha vendido. […]
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