La reparación del daño ocasionado por la infracción de una obligación internacional requiere de la plena restitución, el restablecimiento de la situación anterior, la reparación de las consecuencias y el pago de una indemnización por el daño ocasionado [Ivcher Bronstein vs Perú, f. j. 178]

Fundamento jurídico: 178. La reparación del daño ocasionado por la infracción de una obligación internacional requiere la plena restitución (restitutio in integrum), que consiste en el restablecimiento de la situación anterior, y la reparación de las consecuencias que la infracción produjo, así como el pago de una indemnización como compensación por los daños ocasionados[109]


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