
El lector (y asumo que el abogado y el estudiante de Derecho lo sean) enfrenta un dilema que se torna perentorio: la lectura de aquellos libros que conciernen in strictu al Derecho, en una línea un poco más amplia a más de una de sus ramas, de un lado; y del otro, a la lectura, sin perjuicio de los textos jurídicos, pero sí con su inevitable menoscabo, de libros de humanidades, letras, ciencias sociales, economía, arte, etc., ya sean de no ficción o de ficción.
¿Un jurista –empleo aquí el término «jurista» no en el sentido generoso y banal de nuestra prensa que endilga la expresión a cualquiera que posea título de abogado, sino a aquel que siéndolo es además capaz de producir teoría jurídica y divulgarla a través de sus escritos y disertaciones– podrá ser considerado tal si lee, aun cuando lo haga con sistemática, eficiencia e intensidad libros –legislación, doctrina y jurisprudencia– que son inherentes únicamente a su disciplina?
¿El jurista para ser tal, en el genuino sentido del término, como lo fueron Teixeira de Freitas, Andrés Bello, Manuel Lorenzo de Vidaurre, José León Barandiarán, Héctor Lafaille, Manuel Vicente Villarán, Pontes de Miranda (para hablar solo de los latinoamericanos), debe leer por encima de su limitada disciplina (el Derecho civil, penal, procesal, constitucional, etc.,), material asociado a otras ramas jurídicas? ¿Al civilista o al penalista lo enriquece la lectura de textos de otras ramas del Derecho? ¿Al jurista, comprometido con el Derecho vigente, le hace bien leer a juristas clásicos del pasado? ¿Al jurista partidario de un escuela le hace bien considerar a estudiosos de la escuela adversaria? ¿El jurista debe cerrar los ojos a las costumbres o a las prácticas sociales? ¿El jurista debe desentenderse de la economía o del acontecer político?
¿Debe restringirse acaso la formación del jurista, por acabada, actualizada, globalizada y completa que sea a los libros de Derecho? No se puede imaginar a un jurista carente de sensibilidad artística o literaria. Hasta podría decirse que tanto como el Derecho, las otras áreas del saber o, por lo menos, la tenencia (para hablar de un término técnico) de una pequeña dosis de aquellas, explican y retratan al jurista y, en verdad, hasta lo modelan.
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