Se interpuso un amparo contra la Resolución Administrativa Número 0515 2024-P-CSJJU PJ en la Corte Superior de Justicia de Junín, que establece la obligación de presentar demandas y documentos en forma física a través de la Mesa de Partes Física, excluyendo aquellos que tienen Expediente Judicial Electrónico (EJE).
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA JUNIN
SEDE JUZGADOS CIVILES Y COMERCIAL (Prol. Cuzco 790)
Prol. Cuzco 790 – Huancayo
Cargo de Presentación de Demanda Electrónica
(Mesa de Partes Electrónica)
EXPEDIENTE: 00287-2024-0-1501-JR-DC-01
Org. Jurisdiccional: JUZGADO CONSTITUCIONAL – SEDE CENTRAL
Especialista: JARA SALAS ARTURO ANTONY
Motivo de Ingreso: DEMANDA Proceso: AMPARO
Materia: AMPARO
Fecha de Presentación: 27/05/2024 11:11:08
Cuantía: INDETERMINADO
Depósito Judicial: 0 SIN DEPÓSITO JUDICIAL
Arancel: 0 SIN ARANCEL
SUMILLA: INTERPONEMOS DEMANDA CONSTITUCIONAL DE AMPARO EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA NÚMERO 0515 2024-P-CSJJU PJ
Fec. Inicio 27/05/2024 11:11:08
Folios: 18
ANEXOS: SIN ANEXOS
OBSERVACIÓN: El usuario, no registró el arancel judicial-El usuario, no registró el depósito judicial
PARTES PROCESALES:
DEMANDADO: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE JUNÍN
DEMANDANTE: OLIVARES RAMON BRUNO GALENO
DEMANDANTE: OLIVARES RAMON FABIO BRANDON
DEMANDANTE: CACERES SAENZ JENNY MARISOL
Presentado electrónicamente por:BRUNO GALENO OLIVARES RAMON
Número de casilla: 138912
Cod. Digitalización. 0000309499-2024-EXP-JR-DC
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![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
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