El juicio oral contra la exalcaldesa de Lima, Susana Villarán, por los aportes de Odebrecht y OAS a sus campañas políticas, avanza con el pedido de la Procuraduría ad hoc del caso Lava Jato, que planteó el pago de una reparación civil que supera los S/1000 millones en favor del Estado. El requerimiento se formula dentro del proceso que la exburgomaestre afronta junto a otros 20 acusados y 16 empresas vinculadas.
Lea más l Juicio oral contra Susana Villarán: alegatos de apertura de la Procuraduría
De acuerdo con información de El Comercio, la defensa del Estado presentó su solicitud en la tercera audiencia del juicio oral ante el Tercer Juzgado Colegiado de la Corte Superior Nacional. El procurador Carlos Fernández solicitó una reparación civil de $286 millones y S/24 millones, equivalentes a casi S/1000 millones, la cual se aplicará solo si el tribunal determina responsabilidad civil en los hechos. Según el medio, la Procuraduría ya gestionó embargos por S/140 millones a los procesados, incluidos bienes de Villarán, con el fin de asegurar el eventual pago.
La cifra total proviene de trece pretensiones económicas relacionadas con los cinco delitos imputados por la Fiscalía. En el caso de asociación ilícita para delinquir, se solicitó el pago de $11,2 millones a Villarán, a 19 coacusados y a 16 empresas, entre ellas Odebrecht, OAS, Línea Amarilla (Limex) y Rutas de Lima. El mayor monto, sin embargo, corresponde al presunto delito de colusión en los proyectos Rutas de Lima, Línea Amarilla y Vía Expresa Sur.
Inscríbete aquí Más información
Por el proyecto Rutas de Lima, ligado a Odebrecht y al financiamiento de la campaña del No a la revocatoria, la Procuraduría pidió $181 millones, además de un daño extrapatrimonial de $45 millones por afectar la «identidad institucional del Estado». En ese mismo caso, también se solicitó S/6.7 millones por el presunto aporte a la campaña de reelección de Villarán en 2014.
En relación con OAS y su presunta contribución a la campaña contra la revocatoria, se planteó una reparación civil de $6 millones, monto que duplica el valor de los aportes ilícitos atribuidos. Finalmente, por el caso Vía Expresa Sur, asociado a Graña y Montero, se requirió $19,6 millones.
Asimismo, las pretensiones por lavado de activos ascienden a $ 22.5 millones, considerando los aportes de Odebrecht, OAS y Graña y Montero a las campañas de 2013 y 2014. A ello se suman los pedidos por falsedad genérica y falsa declaración en procedimiento administrativo, calculados en más de S/17 millones. En total, las trece pretensiones de la Procuraduría ad hoc superan los $286 millones y S/23 millones, lo que equivale a más de S/1000 millones, que serán exigibles solo en caso de sentencia condenatoria.
Mira la intervención del procurador en el juicio oral a Susana Villarán aquí:


![Conspiración para una rebelión: El tenor del mensaje a la Nación —orientado a quebrar el orden constitucional—, los pedidos de apertura de rejas, el cambio del comandante general del Ejército, la comunicación insistente entre los coacusados y mandos policiales y la preparación de un decreto supremo para formalizar el atentado constitucional son circunstancias que denotan un acto de comunicación definitiva —seria, no algo improvisado— (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.4.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/Pedro-Castillo-juicio-oral-LPDERECHO-2-218x150.jpg)
![Aun teniendo un poder formal como presidente de la República, si no se aprecia una mínima organizatividad de un alzamiento en armas —con suficientes medios materiales y personales para levantarse en armas—, no se configura el delito de rebelión (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-pedro-castillo-LPDerecho-218x150.jpg)
![La facultad de desvinculación comprende no solo la recalificación a un delito más grave, sino también a uno de menor gravedad cuando se presenta una degradación fáctica y jurídica, siempre que no se varie los hechos esenciales (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.4.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PEDRO-CASTILLO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TC confirma constitucionalidad de la Ley 32107 que prescribe delitos de lesa humanidad [Exp. 00009-2024-PI/TC y Exp. 00023-2024-PI/TC (acumulados)]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/TC-documento-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![El sexo biológico no es inalterable: el sexo se define legalmente por la anatomía genital y no por los cromosomas [Exp. 03308-2022-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-218x150.jpg)






![Caso Ollanta Humala: Primera Sala Constitucional de Lima declara que privación de la libertad del actor sin mandato escrito fue inconstitucional [Exp. 07545-2025-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/ollanta-humala-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Existe una afectación al derecho a probar cuando en la disposición de no formalizar investigación preparatoria no valora la prueba ofrecida por las partes [Exp. 00534-2025-PA/TC, ff. jj. 13-16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)














![¡Atención, sector público! Aprueban requisitos para la entrega del aguinaldo por Navidad [DS 283-2025-EF] Gratificación por Navidad: ¿cuánto recibiré si soy nuevo en la empresa?](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Gratificacion-navidad-aguinaldo-LPDerecho-100x70.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)








![Indecopi multa a BCP por eliminar cuenta de cliente sin avisarle: deberá pagar casi S/60 000 [Resolución 1477-2024/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/Indecopi-bcp-adelante-el-senor-retirando-el-dinero-LPDERECHO-324x160.jpg)