Pronunciamiento de jueza que habilitó a Orellana a instalar estudio de abogados en penal

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La noticia de que el reo Rodolfo Orellana Rengifo había montado su estudio de abogados en las intalaciones del penal de Challapalca gracias al hábeas corpus, que declaró fundado la jueza Indira Condori Cama, ha conmocionado a gran parte de la opinión pública; por eso la magistrada ha emitido un pronunciamiento que a continuación reproducimos íntegramente.

Como se sabe, la polémica decisión ya ha sido revocada por la Sala Penal de Apelaciones de Tacna.

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PRONUNCIAMIENTO

Indira Condori Cama, con DNI 00521841, Jueza del Distrito Judicial de Tacna, ante los agraviantes comentarios contra el Poder Judicial a raíz de la emisión de la Resolución N° 03 del 02 de abril del 2018, en el Expediente 259-2018-0 Proceso de Habeas Corpus presentado por Rodolfo Orellana Rengifo, me dirijo a la ciudadanía en los siguientes términos:

Niego tajantemente cualquier injerencia en la emisión de la resolución y niego las afirmaciones desinformadas de que se habilitó una caseta para que el interno Orellana ejerza su labor de abogado (en el considerando 21 de la sentencia, textualmente se dice “no se podrá permitir que el interno se encuentre en una oficina sentado a la espera de internos”). Es deber de todo ciudadano responsable informarse antes de juzgar y tirar la primera piedra.

Por otro lado, quiero resaltar que la sentencia es del dos de abril del dos mil dieciocho, es decir han transcurrido más de cuatro meses en que dictó. El INPE tiene conocimiento de la sentencia desde el 03 de abril del 2018, si le causó agravio ¿por qué no reclamó inmediatamente ante la prensa?; al modesto entender de este juzgado no lo hizo porque no se estaba ejecutando la sentencia. Resulta por decir lo menos, muy curioso que recién estalle la emisión de una resolución supuestamente irregular.

No es mi intención personalizar este pronunciamiento, pero considero que como ciudadana debo también ejercer mi derecho a exigir respeto hacia mi persona y hacia mi institución.

El Poder Judicial al igual que cualquier otra institución pública o privada es víctima de actos personales que afectan su buena marcha e impiden que nuestro país crezca, pero sin temor a equivocarme puedo afirmar que en esta institución tan maltratada, existimos personas honestas y que queremos administrar justicia libre de presiones, me considero una persona honesta, justa y jamás he cedido, cedo ni cederé ante alguna presión de cualquier tipo; cualquier ciudadano cuya causa se tramite en el despacho que me corresponda dirigir debe tener claro que lo tramitaré en forma imparcial (me equivocaré, claro que sí, el juez se equivoca pues es un ser humano, pero afirmar que todo está corrompido no es justo para quienes nos esforzamos en trabajar correctamente); y puedo asegurar que existen muchos magistrados y servidores honestos que tienen esa misma mística, pero no podemos luchar contra nuestros pares que no lo hacen, pues no somos investigadores de nuestros pares.

Administrar justicia no es tarea fácil, el juez debe resolver despojado de presiones; en el caso que me obliga a pronunciarme, ha existido un pedido múltiple del interno Orellana, el cual no ha sido atendido al 100%, y dicha persona ha impugnado el extremo denegado, tan igual como lo ha hecho la Procuraduría del INPE; el INPE tenía la posibilidad de negarse a cumplir la resolución, motivando el por qué se atentaba contra la seguridad, así se dejó sentado en la resolución (considerando 19 y 21). El interno Orellana forma parte de un pabellón satélite conjuntamente con las personas que algunos medios periodísticos afirman que son sus clientes; es decir no se ha fomentado que se le asigne una oficina, ni que a raíz de la resolución ha ganado clientes, los internos que comparten el pabellón ya venían presentando escritos de Hábeas Corpus firmado por Orellana y otros abogados, todos sus pedidos fueron denegados por el juzgado a mi cargo.

No es mi intención defender el derecho del interno, por lo que no considero necesario detallar los pormenores de la resolución; se emitió una resolución motivada, ponderando el riesgo y por ello no se fundó la demanda en su integridad; se valoró cuál sería el menor riesgo para el sistema.

Ante un pedido de una persona que reclama un derecho, el juzgado tenía que dar respuesta y se emitió la resolución cuestionada, en la idea que se emitía con un criterio de razonabilidad; y como un derecho de toda persona, quienes no estaban de acuerdo con la resolución podían impugnar como lo hicieron (el propio Orellana y el INPE).

Finalmente, para los escépticos, quienes quieren creer que no hay servidor o juez honesto y pretendan restar crédito a mi descargo, al existir un cuestionamiento contra mi persona por la emisión de una resolución en un caso de violación sexual, debo señalar que no me pronuncié en su oportunidad, soportando el gran peso de la crítica, porque se trataba de un caso reservado y la emisión de la resolución fue consecuencia del debate inmediato en audiencia, y no era intención del juzgado revictimizar a la agraviada ni mucho menos defender al imputado.

Tacna, 16 de agosto del 2018

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